Otros cinco imputados, entre ellos dos exagentes de inteligencia, también recibieron penas. El juicio, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°8, duró 22 meses e involucró a 106 testigos y 30 teras de información digital. La organización extorsionaba y coaccionaba a las víctimas exigiendo dinero a cambio de no ser mencionados en causas judiciales o en medios de comunicación

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°8 condenó hoy al falso abogado Marcelo Sebastián D’Alessio a 13 años y 6 meses de prisión, como miembro de dos asociaciones ilícitas que operaron entre mediados de 2016 y febrero de 2019, una de de las cuales realizaba acciones de inteligencia ilegal y extorsiones -entre otros delitos- y otra cuyo objetivo era llevar a cabo operaciones internacionales de lavado de activos por sumas millonarias. También fueron condenados otros cinco imputados, entre ellos dos exagentes de inteligencia, a penas de entre 9 años de prisión efectiva y 3 años en suspenso.
En sintonía con el pedido del MPF, el TOCF 8 condenó al principal imputado, D’Alessio (55), a 13 años y 6 meses de prisión por los delitos de asociación ilícita (en calidad de miembro) y violación a la Ley de Inteligencia Nacional (participe primario). Además, como miembro de otra asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito; extorsión (coautor); cuatro hechos reiterados de extorsión (en grado de tentativa); coacción (coautor) y tenencia ilegal de armas de guerra (como autor, por el secuestro de un revólver marca Smith & Wesson calibre Magnum .357 en su domicilio).
Por el único delito por el que el falso abogado fue absuelto, fue el de encubrimiento, por prescripción de la acción penal. D’Alessio, para quien la fiscalía había pedido una pena de 15 años de prisión y que se encuentra detenido en el Complejo Penitenciario Fedeal I de Ezeiza, ya había sido condenado en 2021 por el TOCF N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la pena de 4 años de prisión por tentativa de extorsión en perjuicio del empresario Gabriel Traficante.
En tanto, los exagentes de inteligencia R.O.B y R.H.B. (sus identidades están resguardadas por la Ley de Inteligencia), recibieron penas de 9 años y 6 meses y 6 años de prisión, respectivamente. Ambos fueron considerados coautores penalmente responsables del delito asociación ilícita en calidad de miembros y de violación de la Ley de Inteligencia Nacional, en calidad de autores. Además, a R.O.B se lo condenó como miembro de la segunda asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito, por extorsión (coautor) y coacción (coautor), y a R.H.B se le probó el delito de extorsión en calidad de coautor, en grado de tentativa, reiterado en dos oportunidades.
A su vez, el licenciado en sistemas Pablo Leonardo Bloise (58), el comerciante Marcelo Patricio González Carthy de Gorriti (60) y el empresario Aldo Eduardo Sánchez (54) recibieron la pena de 3 años de prisión en suspenso, por ser considerados coautores penalmente responsables del delito de asociación ilícita conformada para realizar maniobras de lavados de activo de origen ilícito en calidad de miembro.
Para todos los condenados, el tribunal también dispuso el pago del máximo de la multa del artículo 22 bis de Código Penal.
Por último, resultaron absueltos el excomisario de la policía bonaerense Aníbal Degastaldi (70), el oficial de la Prefectura Naval Argentina Franco Leandro Pini (45) y el boxeador Mariano Rubén Díaz (43).
El TOF dispuso que el próximo 15 de septiembre del 2025 se conocerán los fundamentos de la resolución.
Espionaje ilegal y extorsión
Según lo acreditado en el juicio, la primera asociación ilícita se dedicaba a realizar inteligencia ilegal, en clara violación a la Ley de Inteligencia Nacional. Las maniobras criminales consistían, en la mayoría de los casos, en la obtención, producción y/o almacenamiento de información sobre la vida de diversas personas, a través de fuentes públicas y abiertas como de bases datos de acceso restringido que franqueaban gracias a la colaboración de agentes estatales de diversas reparticiones.
Para alcanzar sus propósitos, la organización mantenía una red de vínculos con funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal y de las fuerzas de seguridad, así como con periodistas y empresarios. Muchas veces ostentaban esos contactos frente a las víctimas como mecanismo de credibilidad sobre su capacidad de daño y/o influencia.
Mediante esa misma modalidad y con D’Alessio como conductor de las maniobras, el tribunal dio por acreditados trece casos que incluyeron la comisión de diversos delitos (inteligencia ilegal, extorsiones, coacción y tenencia ilegal de arma de guerra, entre otros).
El fiscal general Marcelo Colombo, el auxiliar fiscal Miguel Yivoff y la secretaria Agustina D’Angelo, durante el alegato. Foto: captura de YouTube
El alegato: “Un binomio de espionaje y extorsión”
En la primera audiencia de su alegato, realizada el 8 de octubre pasado, el fiscal general Colombo describió el mecanismo de esta asociación ilícita «como un binomio de espionaje ilegal y extorsión» y explicó que para ello contaron “con socios voluntarios” pero también con otros “involuntarios, concentrados en los medios de prensa y en la justicia federal”.
Colombo afirmó que «había validación de Marcelo D’Alessio en los medios de prensa» y que esa injerencia del falso abogado en el plano mediático «fue funcional para sus extorsiones”.
El Grupo Buenos Aires
En paralelo a las actividades de espionaje ilegal, la investigación acreditó la existencia de una segunda asociación ilícita, denominada como el “Grupo Buenos Aires” – de esa forma se llamaba el chat de la aplicación WhatsApp donde se comunicaban-, conformada por D’Alessio, R.O.B., Bloise, González Carthy de Gorriti y Sánchez, que funcionó, al menos, entre el 20 de marzo y el 11 de diciembre de 2018.
En su alegato, Colombo afirmó que sus miembros generaron “una ingeniería financiera a los efectos de que un dinero espurio, de fondos ilegales, podría ser trasladado de jurisdicción en jurisdicción a través de un sistema bancario y de una generación de contactos de oficiales de cuentas sin los necesarios controles y sin las alarmas” que detectan ese tipo de maniobras.
El volumen de la prueba
En relación con esa documentación, en 2024 el debate fue interrumpido durante tres meses para realizar un estudio pericial sobre las extracciones forenses de los teléfonos celulares secuestrados a D’Alessio, a pedido de las defensas. Finalizado ese peritaje -en el que intervino la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) del MPF-, se determinó, entre otras cuestiones, que la evidencia digital obtenida de los dispositivos del ahora condenado no había sido adulterada.
El inicio de la investigación
Las maniobras intimidatorias hicieron que Etchebest entregue 14.700 dólares en dos locales gastronómicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suma -o su equivalente en moneda nacional-, que el tribunal hoy ordenó restituirle a la víctima, en otro de los puntos dispositivos de la sentencia.