Salta

Ordenan reemplazar los términos insan@ e incapaz por el nombre de la persona

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó una sentencia de primera instancia ordenando la adecuación de la terminología empleada reemplazando los términos incapaz e insan@ por el nombre de la persona, una joven con síndrome de Down con un retraso mental moderado.down discriminación

La curadora provisoria apeló la sentencia respecto de los alcances de la incapacidad y el uso de la terminología jurídica empleada: “incapaz por demencia” e “incapaz e insan@” porque resultaban “adecuada a la mirada de los derechos humanos con la connotación que tal nominación implica y conlleva en la vida social, comunitaria y familiar”.

Apuntaron las juezas que “si bien en la sentencia se valora y encuadra la cuestión en las nuevas normativas que rigen la materia (leyes 26.657, 25.280, 26.378 y 26.657) y utiliza el lenguaje legal del Código Civil, lo cierto es que a partir de la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, como lo dice la apelante, se consagra un nuevo paradigma de capacidad y de igualdad de trato, por los cuales la restricción debe afectar lo menos posible la autonomía de la persona con discapacidad, máxime cuando no se trata el caso de una incapacidad absoluta, pues la señorita M. M., además de ser una persona admirable, puede valerse por si misma en su vida cotidiana y debe utilizarse terminología armónica con la nuevas normas, que tampoco resulte ofensiva.”

Es así que la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial dispuso modificar la sentencia de primera instancia y modificar la terminología disponiendo que en los puntos donde se mencione incapaz o insano, se lea el nombre de la joven M.M.

Imagen :www.downmx.com