Los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio rechazaron el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa del ex intendente de Iruya, Alfredo Daniel Soto.

La solicitud argumentaba que Soto debía ser beneficiado con arresto domiciliario debido a su estado de salud psíquica y a la necesidad de asistir a su esposa y a su nieto.
En su denegatoria de prisión domiciliaria, los jueces consideraron que las circunstancias presentadas por la defensa no justificaban la concesión de esa modalidad de arresto.
El tribunal también rechazó el pedido de cese de la prisión preventiva y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 574 del Código Procesal Penal planteadas por la defensa. Se reafirmó que la prisión preventiva es una medida respaldada constitucionalmente para asegurar la ejecución de la eventual condena y garantizar que el acusado no eluda la acción de la justicia.
La Otra Voz Digital Directora Marta César