Imputaron a una mujer por distribución de pornografía infantil

Es oriunda de Lavalle. En el material que se encuentra en manos del fiscal Garay se observa a lo largo de aproximadamente 4 minutos a dos pequeños –un varón y una nena de entre 4 y 6 años– quienes están haciendo actividades sexuales.

El fiscal de Delitos Complejos Santiago Garay imputó tras un allanamiento en Lavalle a una mujer de 40 años debido a que se encuentra sospechada por la distribución de un video de pornografía infantil.

En el material que se encuentra en manos de Garay se observa a lo largo de aproximadamente 4 minutos a dos pequeños –un varón y una nena de entre 4 y 6 años– quienes están haciendo actividades sexuales delante de una cámara web.

La mujer fue liberada a las pocas horas porque se trata de un delito excarcelable y se le secuestraron su celular y otros elementos electrónicos aptos para reenviar el contenido de pornografía infantil.

La investigación de Garay comenzó en una denuncia hecha ante la Fiscalía de Delitos Complejos por un hombre que manifestó que había recibido dicho material en su celular por WhatsApp de un número que no le resultaba familiar. También remarcó que al no saber quién era el destinatario y después de haber visto las imágenes decidió presentarse ante la fiscalía para hacer la denuncia.

De inmediato Garay comenzó la investigación utilizando tecnología de ultima generación que le indica de qué teléfono se está haciendo la llamada o se envía algún mensaje de texto.

Esta tarea de los expertos fue lo que permitió la localización del número de donde provenía el material pornográfico.

Con un dato tan determinante pudieron llegar hasta la vivienda de Lavalle, donde encontraron que la titular del celular era nada menos que una mujer.

Sin perder tiempo comunicaron la novedad al fiscal, quien ordenó que fuera trasladada hasta la oficina fiscal, donde el funcionario le informó sobre la acusación que pesa en su contra y ella se abstuvo de declarar, en un caso inédito en Mendoza.

La mujer no quedó detenida porque el delito que se le endilga es excarcelable, ya que tiene una pena que va de los seis meses a 4 años de prisión. El artículo en cuestión que se habría violado es el 128 del Código Penal que dice que una persona será condenada si “produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores”.