Cinco años y dos meses de cárcel

Imponen la pena más alta por trata registrada en Entre Ríos

Dos hombres fueron sentenciados a cinco años y dos meses de cárcel por explotar sexualmente a mujeres en un local en Gualeguaychú. Por el delito de regenteo los multaron con 35.000 pesos.juicio_trata.jpg_2069580699

Una dura condena recibieron dos hombres que manejaban un prostíbulo ubicado en Gualeguaychú. Antonio Ibelli, alias Tano, y Mario Ceballos, apodado Paisa, fueron sentenciados a cinco años y dos meses de prisión efectiva por “trata de personas con fines de explotación sexual, agravado por haber mediado abuso de las situaciones de vulnerabilidad de las víctimas y por resultar estas más de tres”. Es la pena más alta por este delito registrada en Entre Ríos. Además, los condenaron con una multa de 35.000 pesos por “regencia y administración de una casa de tolerancia”, algo que no es muy común en el país en las sentencias por estos hechos.

El fallo fue dado a conocer ayer por el Tribunal Oral Federal de Paraná, integrado por Noemí Berros -presidenta-, Lilia Carnero y Roberto López Arango. La semana pasada, el fiscal general José Ignacio Candioti llegó al acuerdo de juicio abreviado con los imputados y los defensores Alejandra Núñez y Félix Pérez.

La causa se inició a partir del llamado anónimo recibido en el Ministerio de Seguridad de la Nación en setiembre de 2012. Seis meses después se llevó adelante el allanamiento en el bar pool Encuentros, ubicado en la ruta provincial 16 (a metros de la ruta nacional 12) en la localidad de Enrique Carbó, Departamento Gualeguaychú. En el lugar estaban Ceballos como encargado, seis mujeres en situación de prostitución (oriundas de Santa Fe y Córdoba) y siete “parroquianos”.

El prostíbulo constaba de un gran salón con dos mesas de pool y una barra de tragos con un caño para shows de baile. Afuera había siete bungalows: tres de ellos estaban ocupados por mujeres y clientes del lugar, entre ellas la menor con un hombre de 44 años a punto de concretar un “pase”. En otra de las habitaciones encontraron a familiares de Ibelli. Se incautaron celulares y un cuaderno en el que se registraban los “copas” (a 50 pesos cada una) y “pases” a 100 pesos, de las víctimas con clientes.

En la sentencia, el tribunal sostuvo que quedó probada “la situación de vulnerabilidad preexistente en que se desenvuelve la vida de quienes resultaron víctimas, como de la actividad de alternadoras que desarrollaban en Encuentros. En todos los casos, se trata de jóvenes (una menor, de 17 años y las mayores, de entre 19 y 35 años) con escaso nivel de instrucción y de capacitación para proveerse de algún empleo formal o con remuneración aceptable, con hijos pequeños a su cargo y de nivel socio-económico humilde”.

Además, para los magistrados no quedaron dudas del “dominio conjunto de los hechos que ejercían Ceballos e Ibelli, tanto respecto del sostenimiento, regencia y administración del prostíbulo, como de la vinculación que desenvolvían respecto de las seis víctimas, a quienes habían reclutado en el local, con el provecho económico que tal comercio sexual les reportaba”.

Aunque no quedó comprometida la situación de los clientes del local, resultaron ridículas las explicaciones que dieron sobre su presencia allí, en particular la del hombre que estaba a punto de mantener una relación sexual con la menor: dijo que sabía del bar Encuentros “porque todo el mundo lo conoce” pero que era la primera vez que iba, que “sabía que había chicas pero no qué hacían”. Manifestó no tener idea de que allí se ofrecía y vendía sexo, y que aquella noche estaba en compañía de una chica que conoció en el lugar, y que antes de ir a bailar le pidió “que la acompañara al bungalow para arreglarse”. De todos modos, los clientes de los tratantes de personas aún no son sancionados por la legislación nacional.

Antonio Ibelli había logrado zafar de una causa por trata en 2011. El mismo tribunal que ayer lo condenó, en aquella oportunidad lo había absuelto por falta de pruebas que acreditaran la acusación sobre la explotación sexual de una adolescente misionera de 17 años, en otro prostíbulo de Gualeguaychú, ubicado en la ruta provincial 6.

Por aquella causa estuvo preso durante 10 meses, por lo que se acordó que este período que estuvo detenido por un delito del que resultó ser inocente, sea tenido en cuenta como parte de pena cumplida para la condena recibida ayer. “Se trata de dar cumplimiento a la obligación del Estado de reparar el daño causado por esa privación injusta de la libertad”, dijo el letrado. A su vez, esta condena la cumplirá en su casa, ya que por una enfermedad se le otorgó la prisión domiciliaria.

Por otro lado, el fiscal Candioti mantuvo su postura, tal como lo había planteado en un juicio anterior por trata de personas, de que este delito “es la moderna esclavitud”, que según sostiene un informe de Naciones Unidas, tiene como víctimas a 4 millones de personas en el mundo, de las cuales el 80% es con fines de explotación sexual, y de estas el 90% son mujeres.

Por último, se valoró la pena impuesta, ya que constituye la sanción penal más alta registrada en Entre Ríos para este delito. Los explotadores sexuales condenados hasta ahora recibieron penas de hasta cuatro años y algunos meses de prisión.

 

Imagen : Uno entre Ríos