25 de noviembre

Diputados recibieron un Petitorio en el Día Internacional de Lucha por la eliminación de la Violencia contra las Mujeres

El presidente de la Cámara Baja, Dr. Manuel Santiago Godoy y las diputadas que integran la Comisión Especial de la Mujer recibieron este martes a representantes de la Multisectorial de Mujeres de Salta, Cladem – Salta, Red Par Salta y Funif Filial Salta, con quienes profundizaron sobre las problemáticas de género y analizaron los avances en materia legislativa. En el encuentro se entregó un petitorio a los legisladores en el marco del «Día Internacional de Lucha por la Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres».Reunión_ComMujeres_Dips_MultisectorialMujeres

La reunión que se desarrolló en el Salón de Presidentes estuvo encabezada por el presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Santiago Godoy, y la diputada Emilia Figueroa presidenta de la Comisión Especial de la Mujer, quienes recibieron a   la Lic. Alicia Ramos, Melina Sola, Violeta Carrique,Marta César, María Pía Ceballos, Viviana Marton, Gabriela Gaspar, Irene Palacios, Julieta Rivera,María Enriqueta Silvera y Cristina Foffani.

En este sentido, el titular del Cuerpo, Dr. Santiago Godoy indicó que en materia legislativa se trabaja con diferentes sectores para generar e impulsar leyes que profundicen y garanticen la igualdad de derechos para las mujeres y promuevan la erradicación de la violencia contra las mismas. En tanto, la diputada Figueroa, destacó la importancia de debatir sobre las diferentes problemáticas que atraviesa el género femenino y consideró que se deben generar acciones de concientización en forma continua para erradicar la violencia contra las mujeres.

Por otra parte, las mujeres que integran las diferentes organizaciones presentaron un petitorio con el fin de erradicar la violencia contra las mujeres. La Lic. Alicia Ramos señaló que “este pedido refleja la lucha que llevan adelante todos los días para alcanzar la igualdad de derechos”.

Las referentes expresaron la necesidad de lograr la sanción definitiva por parte del Senado provincial, del proyecto de ley referente a la actuación judicial en la aplicación de la Ley Nacional N° 26.485 de Violencia contra las Mujeres. También, se solicitó un informe sobre los avances  en la aplicación de las cuestiones de género introducidas en la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia; Igualdad de género en la composición de la Corte de Justicia de la Provincia y la creación del Observatorio de Violencia de Género en nuestra provincia.

Por último, se pidió la aplicación de prácticas periodísticas con enfoque de derechos de las mujeres en la información oficial que brinda la oficina de prensa de la Policía de Salta, la creación del programa de salud sexual y derechos reproductivos, reglamentación de la Ley provincial de sexualidad responsable y sanción de la ley provincial de adhesión al protocolo nacional de atención de casos de abortos no punibles.

Estuvieron presentes el diputado Santiago Godoy (PJ), Emilia Figueroa (PJ), Silvia  Jarzún (FS),  Betty Gil (PJ), Matilde Balduzzi (PJ), Estela Crausaz (PRS), Francisca Jiménez (PJ), María López (PJ), Gabriela Martinich (PRS), Alejandra Navarro (FPV) , Irene Soler (FS), Gabriela Jorge (PO)

Imagen : Prensa Cámara de Diputados

Texto completo del Petitorio

PETITORIO DE LA COMISIÓN DE LA MUJER DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, MULTISECTORIAL DE MUJERES DE SALTA,  CLADEM – SALTA , RED PAR SALTA y FUNIF FILIAL SALTA, CON MOTIVO DE LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL DE LUCHA POR LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES – 2014
 
1.-Ley de actuación judicial en la aplicación de la ley nacional de violencia de género.
 
 Requerimos intermediación de la Cámara de Diputados para la sanción definitiva en el Senado del proyecto de ley referente a actuación judicial en la aplicación de la Ley Nacional Nº 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollaren sus relaciones interpersonales (Expte. 91-29.084/12).
 
Tal como expresáramos en la nota presentada en la Comisión de Legislación General con fecha 30 de junio del año en curso -en oportunidad de la sanción del proyecto de ley  de «Protección Integral contra la Violencia» por parte de la Cámara de Senadores- la sanción arriba mencionada parte del hecho que los derechos reconocidos a una vida libre de violencia y sus garantías ya están formulados y vigentes en toda la República Argentina, y que esa consideración no es materia sujeta a revisión por parte de las jurisdicciones locales, como consecuencia –precisamente- del carácter de obligatoriedad de la norma federal (art. 1º, Ley 26.485). Lo que necesitamos (quienes aplican la ley y quienes nos beneficiamos con su aplicación) es la existencia de procedimientos que no vulneren u obstaculicen esos derechos y garantías. Dicho en otras palabras, que queden plasmados en los procedimientos el espíritu y la letra de la Ley 26.485, pues si no caeríamos en la constante producción de derechos como letra muerta, o en avances y retrocesos continuos, y un permanente comenzar de nuevo, en contravención con el principio de rango supra legal de no regresividad.
 
2- Ley Orgánica de la Policía.
 
Demandamos la aplicación efectiva de la nueva Ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Salta en lo relativo a los avances de género incorporados. Y control legislativo de dicha aplicación.
La propuesta que realizamos en junio del 2012 -en oportunidad del tratamiento de una nueva ley orgánica de la policía- se fundamentó en lo preceptuado por el Artículo 75, Inc. 23, Constitución Nacional: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. [1]
Entonces propusimos:
                                      < garantizar “la igualdad real de oportunidades y de trato” en el acceso y promoción en carrera policial, conforme establece la Constitución Nacional (Art. 75 Inc. 23);
                             <el cambio a funciones administrativas con retiro inmediato del arma reglamentaria de aquellos/as policías que ejercieran violencia sobre su cónyuge;
                               <la creación de un régimen y escalafón especial para agentes de policía con funciones en violencia familiar y la optimización de disponibilidad edilicia en las dependencias policiales para estas funciones;
                                       <la jerarquización de la Dirección de Orientación y Prevención Comunitaria de la Policía de la Provincia.
  Transcurrido un año aprox. de la sanción, seguimos insistiendo con algunos aspectos no contemplados en la oportunidad, y sobre todo con la necesidad de seguimiento de las normas establecidas con relación a la igualdad de género. A saber,
 
 *Con respecto a la garantía de igualdad real de oportunidades y de trato, se incluyó su observancia en el Art. 32, Inc. g), Capítulo III. de atribuciones del Jefe de Policía, que dice: Proponer al Poder Ejecutivo los ascensos del personal Superior y del personal Subalterno, los que deberán tener la experiencia profesional, formación académica terciaria o universitaria, observándose la igualdad real de oportunidades y de trato.
 
*En cuanto al cambio a funciones administrativas con retiro inmediato del arma reglamentaria de aquellos/as policías que ejercieran violencia sobre su cónyuge, si bien la jefatura de policía ha manifestado que es una disposición existente, no figura en la normativa.  Debería normarse: …. De aquellos policías que ejercieran violencia contra persona con quien convive o convivió en relación de pareja o noviazgo.
*Respecto de la creación de un régimen y escalafón especial para agentes de policía con funciones en violencia familiar y la optimización de disponibilidad edilicia en las dependencias policiales para estas funciones, el inc. m) del art. 32 antes citado, dice: Disponer cursos obligatorios para la formación, capacitación, actualización y especialización del Recurso Humano de la Institución, capacitación y régimen especial para el personal de la policía con funciones en violencia de género.
 
 Dicho régimen no figura normativamente en el anexo de estructura orgánica y funcional ni tenemos noticia de su implementación. Es absolutamente necesario el control del cumplimiento de esta inclusión en la ley y si fuera necesario, la difusión de su existencia.
 
 *Tampoco tuvimos conocimiento de una revalorización para la prevención y asistencia en violencia de género de la policía comunitaria cuya actuación sí conocemos como muy positiva en numerosos casos.
 
 Por ello insistimos en la consideración de un monitoreo a través de una Comisión de seguimiento de la Legislatura de la aplicación de la ley y que viabilice la difusión entre los/as integrantes de la policía, de lo establecido en el art. 32, inc. g) y m) de la Ley Orgánica de la Policía, como asimismo la consideración de sanciones a policías y comisarías que se niegan a recibir denuncias por violencia contra efectivos de las fuerzas de seguridad.
 
3.- Aplicación de prácticas periodísticas con enfoque de derechos de las mujeres en la información oficial que brinda la oficina de prensa de la Policía de Salta; y de los/as funcionarios/as policiales que actúan de voceros/as informativos/as de la temática.
 
Detectamos que la información oficial que emite dicha oficina de prensa en relación a los casos de violencia de género -o violencia machista- no se encuentran abordados con un enfoque de derechos de las mujeres, conforme lo estipulan las Leyes Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual en su artículo 3, inciso m) para “Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual; y la 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en su artículo 2, inciso e) para “La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres”.
Tal como lo informáramos a la Defensoría del Público en la Audiencia Pública realizada en Salta el 31 de mayo de 2013, “…las fuentes informativas de las noticias vinculadas a la violencia de género son pocas para los informativos y periodistas locales. Existen las fuentes oficiales, como la de la Policía de la Provincia, que utiliza el soporte digital para la difusión de las noticias, la web, o bien los/as voceros/as o funcionarios/as policiales, que abordan la violencia hacia las mujeres solamente como “abuso sexual”, “la violación”, “la violación seguida de muerte”, “mujer muerta”. Los contenidos son abordados sin la mirada de los derechos de las mujeres, no se utilizan términos como violencia machista para describir o relatar los hechos, tampoco catalogan la información como un delito que deba prevenirse o una problemática social naturalizada en el norte argentino; no se agrega mayor información sobre el contexto en el que se genera la situación de violencia; o datos estadísticos, datos de prevención, datos informativos que ayuden para acudir en caso de ocurrir una situación similar; se utilizan informaciones extras como los apodos de las víctimas; y se buscan motivos que justifican el accionar de la violencia a la que fue sometida la mujer”.
Es de tener en cuenta que la oficina de prensa de la Policía de Salta funciona como fuente informativa de los medios de comunicación de TODA la provincia, con lo cual el abordaje informativo con un enfoque de derechos sobre la problemáticas de las mujeres promoverá el uso de información correcta, veraz y principalmente de buenas prácticas periodísticas y con enfoque de derechos de las mujeres; con la única finalidad de evitar se discriminen, estigmaticen, estereotipen, revictimicen, criminalicen a las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia de género. Como así también instará a que el público y/ o audiencia comprenda que la violencia de género es una problemática social y no policial y se comprometa con el efectivo cumplimiento de los derechos de las mujeres.
 
4- Derechos Sexuales y Reproductivos:
 
 *Creación del programa de salud sexual y derechos reproductivos –actualmente un eje de trabajo dentro del programa de materno infancia- con asignación presupuestaria y políticas públicas con enfoque de género.
 *Reglamentación de la Ley Nº 7311 sobre Sexualidad Responsable superando el enfoque biomédico y sobre la base de los derechos de las mujeres.
 *Aprobación por ley del Protocolo para la realización de abortos no punibles –ANP- que contemple todas las causales del art. 86 del Código Penal Argentino, siguiendo la Guía Técnica de la Nación (2007) en su versión actualizada (2010), la Resolución Nº 989/2005 del Ministerio de Salud de la Nación y el Protocolo para la atención de víctimas de violaciones sexuales (2001) y el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso “F.A.L. s/ Medida Autosatisfactiva”.
 
5. Paridad de género en la composición de la Corte de Justicia de la Provincia.
 
*Tratamiento del proyecto de ley referente a modificar los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tendientes a honrar la vigencia del Art. 13 de la Constitución Provincial según texto ordenado por la reforma constitucional del año 1986, que estatuye el principio de igualdad de género y suprime los títulos y tratamientos honoríficos o de excepción. Por ello se establece un tratamiento de conformidad al género y con indicación de la función, y una mayor inclusión de mujeres en la integración de la Corte de Justicia de la Provincia. La iniciativa ingresó por Mesa Gral. de Entradas bajo Nº 114 a/14 y cuenta con estado parlamentario.
 
6. Creación del observatorio de violencia de género en nuestra provincia.
 
Urgente tratamiento del proyecto de ley referente a la creación del observatorio de violencia de género, en el marco de lo prescripto por la ley nacional 26485, de modo que una instancia de personas idóneas y representativas por su accionar en la problemática, observen, recolecten datos y los sistematicen, en suma ofrezcan insumos confiables para diseñar e implementar políticas públicas eficaces y eficientes. En suma, propongan las reformas institucionales y normativas en orden a la prevención y asistencia de víctimas de esta violencia y capaciten a los/as involucrados/as en el tema de manera pertinente y oportuna.
 
Salta, 25 de noviembre de 2014