Hoy se vota la “adhesión” para habilitar un referéndum que permita decidir si se deroga o no la ley Nº 18.987 que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo.
Para habilitarlo hay que alcanzar 650.000 adhesiones, un cuarto del total del padrón electoral: 2.620.772 ciudadanos.
La jornada electoral comenzó a las 8 horas sin ningún inconveniente en Montevideo, según señaló el ministro de la Corte Electoral, Walter Pesqueira a radio Monte Carlo. En Salinas se sufrió un atraso en la apertura de los circuitos debido a que «se durmió» la funcionaria que tenía la llave para abrir la escuela donde deben votar 18.000 habilitados.
Las urnas cerrarán a las 19:30.
Esta votación es voluntaria para todos los ciudadanos habilitados a votar. La consulta popular fue aceptada por la Corte Electoral tras validar las 52.343 firmas entregadas por la comisión Pro Referéndum. En este caso se vota con una sola papeleta que posee la leyenda “interpongo el recurso de referéndum contra la ley Nº 18.987, de 22 de octubre de 2012 (interrupción voluntaria del embarazo)”.
En los circuitos urbanos y suburbanos solo pueden votar los electores comprendidos en el circuito, con las únicas excepciones de los miembros de la comisión receptora de votos, el custodia y los funcionarios electorales que asistan a la comisión receptora de votos, siempre que su inscripción pertenezca al departamento.
En los circuitos rurales pueden votar los electores comprendidos en el circuito, los miembros de la comisión receptora de votos, el custodia, los funcionarios electorales que asisten a la comisión receptora de votos, siempre que su inscripción corresponda al departamento, y los electores del departamento no comprendidos en el circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica.
La ley que está vigente desde el pasado 3 de diciembre despenalizó el aborto, aunque estableció una serie de condiciones: tiene que realizarse dentro de las primeras 12 semanas de gestación, se deben argumentar situaciones de “penuria económica, sociales, familiares o etarias que a su criterio le impiden continuar con el embarazo”. Si la mujer es menor de 18 años o declarada incapaz, se analizará la causa y requerirá la autorización judicial. En casos de violación, se podrá abortar durante las 14 semanas de gestación y ante “grave riesgo de salud de la mujer” o malformaciones, en cualquier momento del embarazo.
Imagen: El Observador