Tucumán

Operativo Independencia: dos genocidas absueltos bajo un criterio de obediencia debida

La sentencia dejó un sabor amargo. De los 17 imputados, sólo seis recibieron condena a prisión perpetua y siete fueron absueltos. Al resto se les redujo considerablemente las condenas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal. El 8 de noviembre a las 12 se leerán los fundamentos de la sentencia.

Imagen :APA

La particularidad de la sentencia estuvo en dos absoluciones. En los casos de José Ernesto Cuesta y Ramón César Jodar se aplicó el criterio de “error de prohibición”. En este sentido, Patricio Rovira, quien trabaja en la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, explicó que el error de prohibición se da en el último carácter de culpabilidad, donde la persona entiende lo que está haciendo pero no sabe que eso está prohibido. “Es inadmisible en estas condiciones aplicar el error de prohibición en delitos de lesa humanidad. Si vos estás aplicando corriente eléctrica, o estás violando a una persona, o la estás matando, es inadmisible considerar que esa persona no entendía que eso está prohibido. Aplicar el error de prohibición en estos casos es tremendo, lo que están haciendo es aplicar la obediencia debida de forma encubierta”, sentenció.

Condenas con gusto a derrota

A las 14:20 la sala del Tribunal Oral Federal de Tucumán estaba prácticamente llena. A un costado, justo debajo de la pecera donde se ubicaba la prensa, una decena de familiares de genocidas sostenían carteles con la leyenda ‘gloria y honor a los combatientes del Operativo independencia’. Del lado de los familiares de las víctimas, Francisco Rafael Díaz esperaba la sentencia en la misma silla que ocupó durante todas las audiencias del juicio, que comenzó el 5 de mayo del año pasado. Minutos antes de la lectura, que arrancó a las 15 puntual,  Don Díaz se levantó de su silla y agitó el puño ante una sala repleta que lo aplaudía.

Afuera del tribunal, militantes de organizaciones políticas, sociales y de Derechos Humanos escucharon la sentencia desde parlantes montados en la esquina de Chacabuco y Crisóstomo Álvarez.

El tribunal, integrado por los jueces Gabriel CasasCarlos Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga, dio a conocer la sentencia contra 17 imputados por crímenes de lesa humanidad cometidos entre febrero de 1975 y marzo de 1976 contra 266 víctimas. Del total, sólo seis obtuvieron condena de prisión perpetua y siete fueron absueltos. El resto de los imputados recibieron penas de 18, 16, 10 y 4 años.

Varios de los imputados fueron condenados por delitos de violación sexual y homicidio calificado y triplemente agravado.

Ante cada sentencia favorable a los genocidas, los familiares de las víctimas sufrieron la provocación y la burla de las familias de los imputados, quienes agitaban banderas argentinas y sonreían en señal de triunfo. Al finalizar la lectura del fallo, los genocidas absueltos esperaron a que no quedaran militantes en la calle y salieron acompañados por sus familias. Roberto Heriberto ‘El tuerto’ Albornoz, acompañado por sus nietas, tomó un taxi y se marchó a su casa. El multicondenado y responsable de 1.000 delitos se fue sin custodia policial.