El juez Roberto F. Lezcano, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó en proceso unipersonal a P.P.V. (63) a la pena de ocho años de prisión por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una menor.
También declaró al imputado reincidente por primera vez y dispuso que reciba tratamiento psicoterapéutco atento a la naturaleza del hecho por el que fue condenado.
En el mismo fallo, el magistrado declaró la inconstitucionalidad del artículo 360 del Código Procesal Penal en el párrafo concerniente al límite de pena de seis años de privación de libertad conminado en abstracto.
P.P.V. fue denunciado por la madre de la menor. La mujer, que dejaba a su hija en Las Lajitas al cuidado de su madre por razones de trabajo, narró que al regresar un fin de semana a su casa notó a su hija rara. Entonces la niña le contó que el imputado abusaba de ella cuando su abuela la mandaba de visita a la casa de P.P.V., quien era allegado a la familia.
Imagen : madres del dolor