La Suprema Corte, al absolver a Cinthia Rojas, marcó el rumbo para interpretar lo que dice la Ley de Protección Integral. Antes, ante un homicidio, sólo se tomaban en cuenta los hechos específicos. Ahora se investiga el historial.
La Justicia mendocina avanza para incorporar en sus instituciones la perspectiva de género. Un gran paso en este sentido es que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza consideró que una joven de Las Heras obró en “legítima defensa” cuando mató a su concubino, porque éste la golpeó y maltrató a lo largo de dos años. Eso hizo que la figura penal que anteriormente sólo valoraba los hechos específicos sucedidos en el ataque letal, ahora pueda interpretarse en un proceso más largo: qué pasó en la vida de la acusada antes y después de cometer el delito.
“Esto no quiere decir que porque la imputada es mujer se le justificará un homicidio, pero sí deberán tenerse en cuenta las situaciones anteriores al hecho y cuál fue, en el mismo sentido, la reacción posterior de la acusada. Por ejemplo, si asistió a su pareja luego de reaccionar violentamente. Se trata de que al juzgarla se considere toda la película vivida por ella y no solo una foto instantánea del momento letal”, explicó Stella Spezia, coordinadora de la Oficina de Asistencia Jurídica de Violencia contra la Mujer (Ofavmu), que desde hace dos años funciona en la órbita judicial. Este organismo realiza seguimiento de casos, pero también gestiona medidas urgentes de protección para las víctimas.
Otras provincias como Tucumán, San Luis y Buenos Aires abrieron el mismo camino que en Mendoza fijó la Suprema Corte en los argumentos para absolver a Cinthia Yasmín Rojas (24), quien en 2012 fue condenada a 8 años de prisión por matar a su pareja, Osvaldo José González, cuando este permanecía sobre ella golpeándola, a pesar de que estaba embarazada. El máximo tribunal probó entre otras cosas, que los familiares de la joven habían denunciado la violencia a la que era sometida, pero que esto no había sido tenido en cuenta cuando se la juzgó.
Spezia argumentó que la Corte no amplía la “defensa propia”, sino que incorpora todo un cuerpo jurídico para interpretarla a la luz de la protección integral de las mujeres. No sólo toma la ley Nº26.485, sino los tratados internacionales incorporados en la Constitución Nacional como la Convención de Belém do Pará y la de la ONU sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
A pesar de que la Suprema Corte parece haber marcado el rumbo de los tribunales inferiores, los criterios todavía se contraponen y no todos los operadores de la Justicia incorporan la perspectiva de género.
Cinthia Rojas fue absuelta luego de que se valorara su historia de sometimiento y violencia. Pese a este antecedente, Claudia Vera (42), la mujer que mató de una puñalada a su esposo Miguel Aloise (42) -en Tunuyán el 26 de junio-, tuvo que atravesar diversos vericuetos para obtener la prisión domiciliaria y sigue acusada por el juez Oscar Balmes de homicidio agravado por el vínculo, en lugar de considerarse que actuó para defenderse. Y eso que se le constataron “golpes en distintas partes del cuerpo ocasionados por su marido, al que terminó clavándole un cuchillo en el pecho y provocándole la muerte inmediata”, y también a pesar de que esta mujer “ya lo había denunciado por maltrato físico, verbal y psicológico y había intentado en una oportunidad irse de su casa, junto a sus dos hijos de 16 y 19 años”, como resume una crónica de este diario.
“Todavía el sistema de Justicia no es confiable, sobre todo en materia de género”, deslizó la titular de la Ofavmu, detallando que una de las barreras con que se encuentran las víctimas (aunque estén imputadas) es una investigación preliminar o instrucción que no avanza sobre la búsqueda de pruebas.
“Si la instrucción está bien llevada va a obligar a la instancia superior en su decisión. Esto es, investigar si hay violencia de género, si se tomaron las medidas necesarias (como la evaluación ambiental que en el caso de Vera en un primer momento no se hizo porque el Organismo Técnico Criminológico no tenía recursos), para demostrar si la mujer vivió en un estado de sometimiento muchos años. Este proceso permitirá justificar la herida mortal de una mujer víctima a su agresor como un acto de legítima defensa”, cerró la especialista.
De 2014
Actuaciones. Más de 800 legajos con intervenciones en distintos casos, de enero a ahora, labró la Oficina de Asistencia Jurídica de Violencia contra la Mujer (Ofavmu).
Alcance. El organismo tiene una competencia administrativa, no toma decisiones judiciales, y garantiza mediante distintas gestiones el acceso de las mujeres a la información.
1.295 personas en todo el año pasado requirieron intervención: en la mayoría de los casos se habían hecho denuncias, pero por distintas causas fueron archivados.
26.485 es el número de la Ley de Protección Integral del Mujeres. Fue sancionada y promulgada en 2009.
Todavía no hay patrocinio gratuito
Un dato que aportó la coordinadora de la Oficina de Asistencia Jurídica de Violencia contra la Mujer (Ofavmu), Stella Spezia, es que desde enero a junio, este organismo abrió 900 legajos de víctimas de violencia, de las que el 98% son mujeres.
La perspectiva supera a lo que pasó en 2013, cuando hubo en todo el año 1.295 intervenciones. La Ofavmu duplicó su personal y ese es un punto positivo en el avance sobre la problemática, aunque aún el presupuesto es magro y siguen sin poder generar unidades específicas en los departamentos de la provincia. Respecto del patrocinio gratuito para las mujeres víctimas, todavía no hay novedades.
“Todos los días recibimos consultas y cuando tomamos conocimiento, si la mujer no ha dispuesto medidas urgentes, la acompañamos a hacer la denuncia. Si presenta lesiones va a la unidad fiscal que corresponde y si necesita una medida de exclusión del hombre hacemos los trámites en los juzgados de familia para que se dicte en las 24 horas”, sumó Spezia.
Para las imputadas que permanecen en prisión, se concreta un seguimiento con la Dirección de Derechos Humanos de la Corte, para arbitrar los medios necesarios para que la investigación penal aborde el contexto de violencia.