Tucumán

Exigen la libertad para “Belén” en Tucumán

Este martes, Soledad Deza, la abogada que lleva a cabo la defensa técnica de la imputada, presentó un pedido de “inmediato cese de prisión” mientras espera la firmeza de la condena. En paralelo, los jueces de la Sala III  de la Cámara Penal de Tucumán hicieron públicos los argumentos del fallo que condenó a “Belén” a ocho años de prisión por un supuesto aborto.belen libertad tucuman

Dentro de los justificativos del juzgado para condenar a la joven plantearon, a raíz de las inconsistencias expresadas por la abogada y el movimiento de mujeres, que “hay tantas pruebas que no hace falta ADN”, en relación al feto encontrado y adjudicado a “Belén”. Además, que su defensa original nunca planteó que no era culpable, sino que tenía un trastorno mental transitorio.

Otro de los argumentos utilizados por la Justicia, contra los reclamos de que los médicos rompieron el secreto profesional al denunciar a la joven, es que tal secreto cede cuando está en peligro una vida. Y, por último, afirmaron que el estado puerperal justifica la acusación.

Para “Belén”, la libertad

Soledad Deza, que en las últimas semanas tomó la defensa técnica de la joven, argumentó, en el pedido de libertad, que la prisión preventiva “no ha residido en el fundamento de peligro de fuga o de que se obstaculice la averiguación de la verdad”, el único válido para una coerción

“La investigación contiene graves y serias irregularidades”, explicó Deza, “que además de violar el debido proceso, han consolidado un proceso sin garantías y han favorecido una condena sin pruebas”.

En la presentación judicial, Deza se explaya: “Se intima primero, se imputa después y luego se enjuicia a mi defendida por un hecho sobre el cual no hay pruebas”. “De hecho”, continúa, “no solo no hay constancia de que el hecho sea imputable a mi defendida, sino que no hay constancias fehacientes ni siquiera de que el hecho ocurrió”.

El caso está plagado de irregularidades. “Desconocemos de donde trajo la partera ese feto y también por qué motivo intentó ‘plantárselo’ a mi defendida”, dice la abogada e integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, “pero está claro que participaron necesariamente todo el equipo de salud, el personal policial y el poder judicial”.

La abogada, en el material presentado en el juzgado, se pregunta también: “¿Qué mala praxis estarán tratando de cubrir usando el cuadro clínico de una paciente que aborta? ¿Qué otros abusos de poder ejercerán sobre sus pacientes solamente porque tienen el poder de hacerlo? ¿Por qué el Poder Judicial los deja hacer?”

En paralelo, Deza reflexiona y cuestiona: “Lamentablemente la etiqueta de ‘asesina’ estaba moralmente puesta en la paciente por el equipo de salud y la Policía al inicio de la atención sanitaria, pero –agrega- mucho más lamentable es que el Poder Judicial consolide esta tríada criminalizadora sin ni si quiera interiorizarse acerca del contexto, el espacio y las probabilidades de certeza de las acusaciones, sobre todo en vista a las pobrísimas pruebas recolectadas”.

Además de la nulidad que genera en toda la causa la violación del secreto profesional (art. 156 Código Penal), lo cual será motivo del Recurso de Casación, según informó la abogada, hay muchos elementos en el proceso que evidencian “una maquinaria simbólica al servicio de criminalizar a quien arriba a un hospital con un aborto”.

¿Por qué es un caso de violencia institucional?

Desde la Convención Internacional para la Eliminación de todas las formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW), de carácter constitucional, hasta las 100 Reglas de Brasilia, elaboradas por la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, la argumentación de Deza explica con precisión los motivos por los que la condena y encarcelación preventiva de “Belén” son tanto un ataque a los derechos de las mujeres como un caso de violencia institucional.

En ese sentido, propone: “Un poder Judicial con Jueces/zas y Fiscales/as especializados/as en la materia y avocados/as a la materia, es lo que permitirá incorporar la perspectiva de género en la resolución de conflictos e impartir justicia a la vida de las víctimas que denuncian”.

La abogada sintetiza:

–        “Belén” está presa por ser mujer.

–        Nunca contó con el principio de inocencia de su lado, por el contrario, fue culpable desde que abortó. Primero de abortar y luego presuntamente matar. Y luego finalmente de matar a su hijo, aún sin pruebas de que lo fuera. Su condena fue antes moral, luego sanitaria, luego policial y finalmente judicial.

–        Fue identificada como “homicida” a los pocos minutos de que su médico ginecólogo constate el “aborto espontáneo incompleto sin complicaciones”.

–        “Belén” con etiqueta de “asesina” tuvo custodia policial desde que despertó de su legrado.

–        Fue imputada de matar a su hijo por la Fiscalía, incluso antes de que estuviera la autopsia confeccionada. Incluso llegó a ser requerida para declarar como imputada, estando internada convaleciente en el Hospital donde yacía con custodia policial en una Sala Comunitaria.

–        Hasta la defensora oficial halló culpable a Belén, y jamás se atrevió a afirmar que no la imputada no había cometido ningún delito.

–        Siempre vincularon moralmente a la joven a un “feto encontrado”, sin importar que hubiera sido encontrado antes de que ella ingrese al Hospital (3 am) y pese a que hay confusión en el expediente acerca de si ese famoso “feto encontrado” fue uno solo o más, si era femenino o masculino, si era de una mujer de 35 años o si es de alguien más. Esa vinculación moral se convirtió en sospecha médica primero, acusación policial después, vinculación forense a posteriori, luego registral y finalmente jurídica, todo sin ninguna prueba.

–        “Belén” nunca contó con el principio “in dubio pro reo” de su lado. El Presidente del Tribunal al momento de decidir su condena dijo “que este había sido el caso más complejo que le tocó resolver al Tribunal, pero que valoraron la vida del NN hijo de la imputada” (sic del 19/04/2014).

–        No tuvo un Poder Judicial que incorpore una perspectiva de género en la investigación de su causa, por ello, está privada de la libertad desde hace 25 meses. Está presa por abortar y por ser mujer.

 

Imagen : Notas