
Según la propuesta impulsada por el sector empresarial, los vales alimentarios serían considerados nuevamente como beneficios sociales no remunerativos, es decir, quedarían exentos del pago de cargas sociales y no se integrarían al salario. Estos beneficios podrían representar hasta un 20% del sueldo, al igual que ocurría con los antiguos sistemas de tickets.
El texto de la reforma modificaría el artículo 103 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, ampliando el concepto de beneficios sociales. Entre los nuevos ítems se incluirían la provisión de almuerzo, refrigerio o cena, así como la entrega de bonos o vouchers destinados a esos fines.
«Este inciso amplía notablemente los beneficios actuales, ya que hasta ahora solo se contemplaba el comedor de empresa», explicó Daniel Pérez, de la Comisión de Política Tributaria de la UIA, al mismo medio.
Pérez también señaló que los empresarios proponen incorporar otros reintegros no remunerativos, como los de planes de medicina privada, guarderías, cuidadores para personas con discapacidad, tecnología y conectividad, o incluso cuotas de gimnasios y clubes.
Desde el estudio Bruchou & Funes de Rioja, el abogado Ignacio Funes de Rioja consideró que hay «margen para que vuelvan algunas de esas figuras», aunque subrayó que «cualquier esquema debería tener un fin social, como una alimentación sana o una mejora de la calidad de vida».
La Otra Voz Digital Directora Marta César