Las personas transgénero, travestis, transexuales, intersexuales o personas de género diverso conforman un grupo de situación de vulnerabilidad estructural, y hasta no hace mucho tiempo, sus demandas y el respeto por sus derechos fundamentales, permanecieron invisibilizados.
La Declaración sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, de la Asamblea de Naciones Unidas (2008), expresa que el principio de no discriminación exige que los derechos humanos se apliquen por igual a todos los seres humanos, independientemente de su orientación sexual o identidad de género. En el mismo año la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la Resolución “Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género”, la cual reconoce la grave situación de violaciones de derechos humanos que enfrentan las personas a causa de su orientación sexual e identidad de género. Así también la Observación General N° 20 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, menciona a la identidad de género como un factor de discriminación.
Hoy ya no basta con la igualdad formal reconocida en el orden jurídico, se hace imperioso trabajar sobre un derecho a la igualdad y no discriminación robusto1 que permita la creación de normas y políticas públicas inclusivas de las personas de la comunidad de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans con especial énfasis en las personas travestis, transgénero, transexuales e intersexuales, que tengan en cuenta medidas especiales de protección e inclusión.
No podemos negar la vulneración de derechos que viven estos grupos de personas que persisten y se perpetúan en los distintos ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales. Las limitaciones para acceder a los derechos básicos y fundamentales, como la baja escolaridad, el acceso a los servicios de salud, al trabajo y a los malos tratos y torturas cuando se encuentran en situación de privación de la libertad.
Para entender la situación de vulnerabilidad estructural en la que se encuentran las personas transgénero, travestis, transexuales e intersexuales basta con observar los pocos datos existentes respecto de indicadores como el índice de mortalidad, la violencia, la salud, la educación, la vivienda, entre otros, vinculados a este grupo de personas. Esto a su vez sirve de referencia sobre los derechos humanos que le son conculcados de forma cotidiana.
Entre la escasísima información disponible, cabe resaltar el “Informe Nacional sobre la Situación de Travestis, Transexuales y Transgénero”, elaborado por activistas en la materia. Este informe refleja con datos empíricos la realidad de urgencia económica y social de estas personas. Esta urgencia se observa de modo elocuente en los datos que muestran que este colectivo de gente sufre de muertes temprana producto de enfermedades y violencias prevenibles. Al respecto, el informe consigna que 592 personas travestis, transexuales y transgénero han fallecido entre el año 2001 y 2006. La principal causa de muerte es el VIH/Sida (54,7 %). La segunda es el asesinato (16,6 %). Respecto de la edad, el 43 % murió entre los 22 y 31 años y el 33 % entre los 32 y 41 años. El 9 % no había cumplido 21 años.2
En tal sentido se expresó la Corte Suprema de la Nación, sosteniendo que las personas travestis y transexuales, “no solo sufren discriminación social sino también han sido victimizadas de modo gravísimo, a través de malos tratos, apremios, violaciones y agresiones, e inclusive de homicidios. Como resultado de los prejuicios y discriminación que les priva de fuentes de trabajo, tales personas se encuentran prácticamente en condiciones de marginación, que se agravan en los números casos de pertenencia a los sectores más desfavorecidos de la población, con consecuencias nefastas para su calidad de vida y su salud, registrando alta tasas de mortalidad, todo lo cual se encuentra verificado en investigaciones de campo”. (Caso “ALITT,CSJN, Fallos: 329:5266,2006).
Existe una relación evidente entre la criminalización de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero y los delitos motivados por el odio, los abusos de la policía, la violencia familiar y comunitaria y la estigmatización de carácter lesbofóbico homofóbico y transfóbico (A/HRC/19/41). En muchos Estados se criminaliza a las personas transgénero con leyes que penalizan el travestismo, la “imitación del sexo opuesto” y el ejercicio de la prostitución.
Las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero son, a menudo, detenidas con arreglo a leyes que contienen conceptos vagos e indefinidos como “delitos contra la naturaleza”, “moralidad”, “libertinaje” y “escándalo grave”, como es el caso de la ciudad de Salta en que las fuerzas de seguridad persiguen a las mujeres trans en situación de prostitución, dejándolas en una situación de mayor vulnerabilidad y posibilidades de sufrir violaciones y tratos crueles .
En entornos sanitarios, a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales, con frecuencia, se les niega la asistencia médica y se las somete a agresiones verbales y humillaciones públicas, evaluaciones psiquiátricas, procedimientos involuntarios como la esterilización, terapias de conversión, tratamientos hormonales e intervenciones quirúrgicas de normalización genital bajo la apariencia de “tratamientos reparadores”. Desde el punto de vista médico, estos procedimientos rara vez son necesarios, por no decir nunca, y ocasionan un dolor y un sufrimiento físico y mental intenso y crónico que puede equivaler a tortura y malos tratos. Así la discriminación generalizada contra las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales conducen a la denegación de atención sanitaria, información y servicios conexos, lo que supone una evidente vulneración de las normas internacionales de derechos humanos, como los principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género.
Por ello, en el Día Internacional contra la lesbofobia, homofobia, transfobia y bifobia y el Día Municipal contra la discriminación por la orientación sexual e identidad de género, la Multisectorial de Mujeres de Salta, urge al gobierno provincial y municipal, a realizar todos los esfuerzos necesarios, para crear los espacios específicos de contención de la comunidad LGBTIQ, políticas públicas de inclusión, programas especiales de terminalidad educativa, soportes, asesoramiento técnico y sostén de cooperativas , campañas de concientización acerca de la no discriminación y de la igualdad de derechos reconocidos por nuestra Constitución, y el corpus normativo que tutelan esos derechos.
Exigimos a la Policía de Salta, que cese de inmediato, la persecución, y violencia que, con particular empecinamiento, ejerce sobre las personas trans.
Cuando todas las personas, podamos ejercer plenamente nuestra ciudadanía, más allá de nuestra identidad sexual o de género, podremos hablar recién de democracia, y de una sociedad pluralista y equitativa.
Notas :
1).- La Igualdad Robusta de las Personas de Genero Diversos, Laura Saldivia.
2).- Berkins, Lohana (coord.) Cumbia, Copeteo y Lágrimas. Informe Nacional sobre la situación de las Travestis, Transexuales y Transgénero.
Imagen : gabitos.com/ Logo Multisectorial de Mujeres de Salta