Susana Trimarco: ?Han puesto plata?

Tras la absolución de l@s 13 acusad@s, en el juicio que se llevó adelante en la ciudad de San Miguel de Tucumán, en la causa por sustracción, retención y ocultamiento agravado, en concurso con el delito de promoción de la prostitución, de María de los Ángeles Verón (Marita), la madre de la joven, Susana Trimarco, refirió que l@s imputad@s «han puesto plata» ante la Cámara que debía impartir justicia.

?Al grito de se siente, se siente, Marita está presente?, la gente reunida afuera del Tribunal, marchó en repudio el fallo de la Sala II de la Cámara en lo Penal.

A diez años y ocho meses de su secuestro, y ante la sentencia emitida por los jueces Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano, que demoró 4 horas más de lo previsto para dar a conocer la decisión, José Dantona, abogado de la familia Trimarco- Verón, dijo que el fallo fue «un acto de corrupción», al tiempo que solicitó a los medios que sigan acompañando a Susana Trimarco.

En la causa estaban implicad@s: María Azucena Márquez e Irma Medina, sus hijos José Fernando «Chenga» Gómez y Gonzalo «Chenguita» Gómez, Pascual Andrada, Humberto Derobertis, Carlos Luna, Mariana Bustos, Daniela Milhein, Alejandro González, Víctor Rivero, María Rivero y Cinthia Gaitán.

El fiscal Carlos Sale, al igual que la querella habían solicitado una pena de hasta 25 años de prisión para quiénes consideraba los principales responsables de la desaparición de Marita.

Una nueva etapa

Más tarde, en comunicación con TN desde la Fundación María de los Ángeles, Susana Trimarco manifestó: «Estoy más fuerte que nunca. Esta es una etapa que termina para mí. Mañana comienza otra. Estos tres jueces, estafadores deben ser destituidos de su cargo. Yo no voy a parar hasta pedir el juiciopolítico».

Trimarco resaltó también que la «Chancha» Ale sigue manejando la prostitución y esta provincia, en referencia a Tucumán.

La madre de Marita, contó además que hace días recibió una carta de un integrante del Poder Judicial diciéndole «que no espere justicia porque la «Chancha» Ale había puesto plata en esta causa.

Parte resolutoria del fallo

17.01. Por el resultado de la votación que antecede y por unanimidad, el Tribunal.

17.02. RESUELVE:

17.03. I) NO HACER LUGAR al planteo de nulidad y exclusión probatoria de las Actas judiciales de declaración como imputado de Gonzalo José Gómez de fs. 2113 a 2115, y su ampliación de fs. 2136 de la presente causa.
17.04. II) ABSOLVER a MARÍA JESÚS RIVERO, VÍCTOR ANGEL RIVERO, DANIELA NATALIA MILHEIN y ANDRÉS ALEJANDRO GONZALEZ, de las condiciones personales obrantes en autos, por el delito que vienen imputados.

17.05. III) ABSOLVER A DOMINGO PASCUAL ANDRADA, de las condiciones personales obrantes en autos, por el delito que viene imputado.

17.06. IV) ABSOLVER a HUMBERTO JUAN DEROBERTIS, JOSE FERNANDO GOMEZ, MARIA AZUCENA MARQUEZ, LIDIA IRMA MEDINA, MARIANA NATALIA BUSTOS, CARLOS ALBERTO LUNA, CYNTHIA PAOLA GAITAN y GONZALO JOSE GOMEZ, de las condiciones personales obrantes en autos, por el delito que vienen imputados.

17.07. V) NO HACER LUGAR A LA DEMANDA FORMULADA POR LA ACCION CIVIL conforme lo considerado.

17.08. VI) REMITIR LAS PIEZAS PROCESALES PERTINENTES de la presente sentencia a los fines de la correspondiente investigación de las eventuales conductas criminosas por parte de DANIELA NATALIA MILHEIN y ANDRES ALEJANDRO GONZALEZ, a la Fiscalìa de Instrucciòn en lo Penal correspondiente, conforme se considerò.

17.09. VII) REMITIR LAS PIEZAS PROCESALES PERTINENTES de la presente sentencia a los fines de la correspondiente investigación de las eventuales conductas criminosas por parte de LIDIA IRMA MEDINA, JOSE FERNANDO GOMEZ, GONZALO JOSE GOMEZ, MARIANA NATALIA BUSTOS, CARLOS ALBERTO LUNA, CYNTHIA PAOLA GAITAN, MARIA AZUCENA MARQUEZ y DOMINGO PASCUAL ANDRADA, al Juzgado de Instrucciòn en lo Criminal y Correccional Nº 3 de la Ciudad de La Rioja, conforme a lo considerado.

17.10. VIII) COSTAS por el orden causado, artículos 558, 559, 560 concordantes y subsiguientes del Código Procesal Penal de Tucumán.

17.11. IX) REGULACION DE HONORARIOS para su oportunidad, de acuerdo a lo considerado.

17.12 X) FIJASE para el dìa 18 del cte. Mes y año, a hs. 10.00 para la lectura integral del presente fallo, quedando en este acto las partes debidamente notificadas.

18. HAGASE SABER Y PROTOCOLICESE

DR. EDUARDO ROMERO LASCANO

DR. EMILIO A. HERRERA MOLINA DR. ALBERTO C. PIEDRABUENA

ANTE MI: DRA. NORMA DÍAZ VOLACHEC