Senado convirtió en ley la iniciativa que habilita el cambio de sexo

El Senado de la Nación, convirtió en ley esta noche el proyecto que permite el cambio de nombre y de sexo en el DNI, iniciativa largamente reclamada por la comunidad de travestis y trans. La senadora Sonia Escudero (Salta) anticipó su voto favorable y, en ese sentido, explicó que el proyecto busca ?reparar y restituir derechos a la comunidad trans en la Argentina?. Al respectó, señaló que este sector ?tiene una esperanza de vida de tan sólo 35 años, donde más del 60% no terminó sus estudios primarios, y más del 90% se encuentra en situación de prostitución como consecuencia de la escasa preparación y el abandono temprano de la escuela. A ello se suma que es una de las poblaciones más afectadas por el VIH SIDA?.

?Lo que hace esta iniciativa es garantizar el derecho a la identidad, que se materializa en la posibilidad de pedir el cambio de nombre de pila y de sexo en el documento de identidad y en la partida de nacimiento, mediante un trámite administrativo, en forma rápida, gratuita y personal, sin necesidad de asistencia de un abogado?, agregó la legisladora. Por otra parte, aclaró que estos cambios ?de ningún modo afectan los derechos y obligaciones legales de las personas, por cuanto se mantiene el mismo número de DNI?.

Asimismo, la legisladora resaltó la importancia de incorporar al Programa Médico Obligatorio las intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales, de modo que tanto el sistema de salud pública como las obras sociales y empresas de medicina prepaga deberán cubrir estos tratamientos. ?La verdad es que las cifras nos muestran que el 95% de estas personas ?que se calculan son 22 mil en todo el país- están fuera del acceso a los derechos humanos fundamentales, lo que indica que el impacto económico es ínfimo, y en término de acceso a los derechos el impacto es enorme?.

El proyecto de identidad de género contempla que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. En este sentido, toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, sin necesidad de ningún trámite judicial.

FOTO: sentidog.com
Por otro lado, la norma prevé que todas las personas mayores de 18 años de edad podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.