Senado aprobó la incorporación del femicidio en el Código Penal

El Senado de la Nación aprobó por unanimidad esta noche un proyecto, que fue girado en segunda revisión a la Cámara de Diputados, para incorporar el femicidio al Código Penal. El texto incorpora como artículo 80 bis el delito de femicidio que se castiga con prisión perpetua ?al hombre que matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género?.

La senadora Sonia Escudero (bloque justicialista 8 de octubre) definió el femicidio como ?la forma más extrema de violencia de género, que tiene como origen el resabio de una cultura machista, de subordinación de la mujer?.

?Este proyecto propone visibilizar un problema socio-cultural e histórico de maltrato. Es un primer paso de un cambio cultural trascendente para avanzar a una situación de auténtica igualdad. El bien jurídico que se busca proteger es la vida de las mujeres por no cumplir con las expectativas o los deseos de un hombre?.

La legisladora criticó la falta de estadísticas oficiales, y citó en su lugar las que provee el Observatorio de Femicidios en la Argentina, coordinado por La Casa del Encuentro. Según la citada ONG ?en 2010 se contabilizaron 126 femicidos; en 2011 fueron 152. En tanto que en los primeros seis meses de este año se registraron 119 homicidios de mujeres por violencia de género, si se mantiene esta tendencia este año serán asesinadas 238 mujeres?.

Los guarismos de este año señalan que ?cada tres días dos mujeres fueron asesinadas en el país por el hecho de ser mujeres. En siete de cada diez casos, el presunto agresor resultó el marido o ex pareja de la víctima. En al menos 16 casos, las víctimas habían llegado a hacer denuncias?, agregó Escudero.

La legisladora apeló, asimismo, a todos los jueces penales que deberán interpretar la ley en un futuro: ?les pidió que sean especialmente prudentes y restrictivos a la hora de aceptar la defensa de emoción violenta en los casos en los que un varón asesina a una mujer?.

La iniciativa incorpora, asimismo, ?como sujetos pasivos del delito de homicidio agravado por el vínculo al ex cónyuge, conviviente o ex conviviente, y se incorporan como ?modalidades de homicidio agravado aquel que es perpetrado por odio a la orientación sexual, a la identidad de género o su expresión por parte de la víctima?.

Por último, el proyecto establece que no podrán aplicarse atenuantes a aquellas personas que tengan antecedentes ?de violencia contra una mujer u otra persona que se autoperciba con identidad de género femenino.?

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