Salta,#8M

REPUDIO AL JUEZ FEDERICO DIEZ Y A LA CORPORACIÓN JUDICIAL QUE LO MANTIENE LIBRE Y EN SU CARGO

La Multisectorial de Mujeres de Salta y organizaciones firmantes repudiamos al juez Federico Diez y a lxs efectorxs de justicia que intervinieron en la causa radicada en su contra, para asegurar su impunidad y decimos:

Mediante acordada 12128 del mes de junio de 2016, La Corte de Justicia de Salta, resolvió adherir al Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, adoptado en la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana de 2006, modificado en 2014.

En uno de los párrafos se lee :’’ si bien los procedimientos y normas de actuación son relevantes para la consecución de los objetivos propios de una institución, mucho más importantes aún son sus funcionarios, por cuanto en ellos reposa el contenido ético y moral indispensable, para lograr el máximo grado de confianza ciudadana. Cualquier sistema, incluso el más perfectamente concebido, si carece de una idoneidad y sentido ético que lo lleve adelante, indefectiblemente se tornará imperfecto, deficiente y hasta perverso’’

‘’A confesión de parte, relevo de pruebas’’ expresa un viejo axioma jurídico de uso popular. El caso del Juez Federico Diez reúne todas las evidencias que colocan al todavía imputado juez, a la Defensoría, Procuración, Jueces y juezas de diversas instancias, Tribunal de Impugnación, Superintendencia, Corte de Justicia, en un contexto de falta de idoneidad y ética: lo que debió ser administración de justicia, se tornó en administración de poder contra la víctima y las abogadas de la querella.Por lo tanto, un accionar judicial imperfecto, deficiente y perverso.

La causa contra el juez Diez, :“Diez, Federico s/delitos de Lesiones agravadas por la relación preexistente y por constituir violencia de género; desobediencia judicial; amenazas con armas en perjuicio de G.A L.” Gar Nº 134818/16, AP Nº 4132/16 COMISARIA 1ª’’  lleva cinco largos años, sin que se resuelva.

Las anomalías, comenzaron cuando, en conocimiento de una denuncia en su contra, el juez Federico Diez, resuelve acudir a los servicios de una defensora oficial quien, además, no estaba de turno. Esa conducta, no configuró abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público ? A sus señorías, tan expeditivas para accionar contra integrantes de pueblos originarios, pobres y mujeres, quienes abren causas, por mucho menos, no les molestó. Ni siquiera, para una sanción administrativa.

Durante meses, el expediente permaneció caratulado y en el sistema informático a la inversa, con el nombre de la víctima como agresora y el del juez denunciado, como víctima. Rechazamos que este ‘’error’’, haya sido producto de la distracción de algunx empleadx administrativx.

Las abogadas de la querella, fueron permanentemente maltratadas por lxs efectorxs de justicia y hasta por los abogados de la defensa, en episodios inadmisibles de violencia de género y simbólica, en algunas oportunidades, delante de los jueces y juezas intervinientes, sin que se adviertiera esa vulneración descarada, a los derechos de dos profesionales mujeres.

Se citó a la víctima del juez Diez, para la realización de pericias psicológicas, en diferentes organismos del poder judicial,el mismo día y a la misma hora.

Los Juecxs de Corte de entonces, denegaron a la querella, la prueba de las filmaciones de las cámaras de seguridad del pasillo donde se encontraba el despacho del encartado, lugar, donde se prolongó la discusión que había comenzado en el despacho, según declaraciones de la víctima.

La orden de allanamiento a la casa del juez imputado, demoró convenientemente, en efectivizarse. En esa casa, se encontraron ‘’semillas sospechosas’’ de las cuales no se hizo pericia oficial y se determinó que la querella contratara peritos para su análisis. Se encontraron, además, algunas balas de arma de fuego. Para qué querría un juez, almacenar balas en su domicilio, si no disponía de un arma?

El expediente de la causa contra Federico Diez, debe haber sido, la documentación que más kilómetros recorrió dentro de las instalaciones judiciales. De un juzgado a otro, de un juzgado al Tribunal de Impugnación. del Tribunal de Impugnación a la Corte de Justicia, de la Corte de Justicia a otro juzgado, del juzgado a fiscalía, de fiscalía a otro juzgado, de otro juzgado a Superintendencia, mientras, se configuraba una irritante, evidente, dilación del proceso, mediante el uso excesivo de la litis temeraria o chicana judicial, de parte de la defensa. Hasta la persona más lega, habría impuesto sanciones por inconducta procesal. En cambio, el punitivismo de la estructura judicial, se aplicó sobre la denunciante y sus abogadas patrocinantes.

Las sanciones, por inconducta procesal de parte de la defensa del juez Diez, nunca llegaron.

La causa contra Diez, entró en la etapa más oscura, cuando asumió la defensa, el abogado Horacio Aguilar, amigo del ex gobernador Urtubey, abogado personal del hoy gobernador Sáenz y en la actualidad, integrante de la Corte de Justicia de Salta.

A pesar que la causa contra el juez contaba con requerimiento de elevación a juicio, esto no se llevó a cabo, pues ,  luego de dos años de litigio, Federico Diez ‘’recordó’’ que su ex pareja, quien lo había denunciado por violencia de género, desobediencia judicial ( esto es, violar las medidas cautelares) y amenazas con arma de fuego ,lo había ‘’agredido’’, e interpuso contradenuncia por “Lesiones Leves agravado por la Relación de Pareja”, mientras, se citaba a la víctima del juez, a una Mediación por ‘’Daños y Perjuicios’’

En esta oportunidad, no hubo dilaciones, la fiscal actuante, realizó las valoraciones en tiempo récord y la víctima de Diez, fue citada a una audiencia de imputación, en menos de 15 días. La víctima, se convirtió en victimaria.

La Corte de Justicia demoró más de dos años en expedirse en un incidente, por lo cual, las sucesivas apelaciones- chicanas jurídicas- presentadas por la defensa del juez, permanecieron en suspensión, mientras se dilataba el tiempo.

El Tribunal de Impugnación resolvió a favor del juez, dictó un sobreseimiento parcial en el delito de desobediencia judicial y anuló la causa por amenazas con arma de fuego. Antes, ese mismo Tribunal, se tomó todo el tiempo posible para informar al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados la resolución tomada, a fin de que el Jurado aplicara las medidas pertinentes, que resolvió con el allanamiento de la inmunidad del juez, suspensión provisoria en su cargo y un embargo del 30% en sus haberes.

Tras la inhibición de cuatro jueces, la jueza de Sala II del Tribunal de Juicio, resolvió declarar la nulidad de la resolución de la Jueza de Garantías 1 que dispuso la elevación a juicio.

Dice el artículo 30 de la Ley 7138, que la suspensión dispuesta por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, cesará si el magistrado sometido a proceso es sobreseído o absuelto y por el contrario, se transformará en definitiva si es condenado.

El juicio contra Federico Diez, continúa, no obstante, regresó a   su puesto, cobra su abultado sueldo, continúa emitiendo fallos por violencia de género, mientras, su víctima, vio alterada su vida, por completo.

El mensaje de disciplinamiento de la estructura judicial, no puede ser más amoral y perverso. Los pueblos originarios, mujeres, lesbianas, travestis, trans, migrantes, pobres, no son objeto de justicia, son invisibles para el derecho que ejercen las clases dominantes. En este caso paradigmático, en que se rompieron todas las convenciones éticas de la justicia justa, quedó en evidencia, cómo se mueve el engranaje, judicial y político, para triturar las posibilidades de protección de derechos de una mujer, víctima de violencia de género, de parte de un juez.

Repudiamos al Juez Federico Diez y a todxs lxs actorxs judiciales que trabajaron en la causa, violando el corpus normativo de defensa y promoción de los derechos de las mujeres del cual dispone nuestro país, como la Ley 26485, Ley 7888, Convencion de Belem do Pará, Cedaw ,Ley 26743,Ley 26750,Ley 27610, entre otrxs.

Repudiamos la posibilidad que el imputado juez Federico Diez, forme parte del Tribunal Colegiado que juzgará el caso del crimen de Jimena Salas, caratulado como homicidio, que bien podría devenir en femicidio, en virtud del supuesto encubrimiento del viudo. Las deformaciones de un sistema judicial- con funcionarixs sin idoneidad ni sentido ético- que tornó al sistema, imperfecto, deficiente y perverso, podrían permitir, una vez más, que un  juez imputado por violencia de género, juzgue y emita sentencia, en un caso de violencia de género. Muy lejos, de las altisonantes prescripciones del Código de Ética adoptado por la Corte de Justicia de Salta.

Es imperativa una Reforma Judicial, con perspectiva popular y feminista. Es por esta estructura judicial, machista y patriarcal, que seguimos lamentando, violencias de todo tipo, contra niñas, mujeres, lesbianas, travestis, trans, no binarias, originarias, migrantes. Esta estructura judicial vetusta, cuando no, corrupta, que no aporta, ni aportará al desarrollo armónico social, sino a los intereses de la élite.

Sus señorías: las mujeres de pie y unidas, gritamos ¡NO NOS CALLAMOS MÁS!

Por la absolución de Yolanda Vargas!

Basta de femicidios,  lesbofemicidios, travesticidios, transfemicidios!

Basta de crímenes de odio!

Basta de violencia machista!

#NiUnaMenosSinTecho

EL ESTADO ES RESPONSABLE!

MULTISECTORIAL DE MUJERES DE SALTA

ABOGADXS DEL INSTITUTO JURÍDICO CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

MUJERES TRANS ARGENTINA

CLADEM

GEMA GÉNERO Y MASCULINIDADES

AGRUPACIÓN BEATRIZ PEROSIO

AGRUPACIÓN LA COMPAÑERA SALTA

MALA JUNTA SALTA

ASAMBLEA PERMANENTE