A través de un proyecto de Resolución presentado al Parlamento, un grupo de diputad@s nacionales solicita al Poder Ejecutivo que reglamente la Ley 26485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, haciendo también hincapié en que la norma no dispone de un presupuesto para su aplicación. Asimismo, se advierte que una de las grandes falencias es ?que no se hable de sanciones ni penalizaciones contra el hombre violento?, lo que dificulta aun más su operatividad.
Un proyecto de Resolución que lleva la firma de la legisladora salteña Mónica Torfe y del diputado por la provincia de Chaco Antonio Morante, entre otros, llama la atención al Poder Ejecutivo sobre la falta de reglamentación de la Ley 26485, comúnmente conocida con el nombre de Ley de violencia de género, que ya tiene más de un año de aprobada. En sus fundamentos, el proyecto advierte que la sanción del decreto correspondiente, «daría comienzo a la instrumentación de políticas públicas para prevenir el maltrato contra las mujeres».
La iniciativa parlamentaria también hace notar que en la actualidad no existen fondos suficientes «para poner en marcha lo que dispone la norma, ya que dentro del Presupuesto 2010 no se han votado recursos para esta ley».
El proyecto recuerda además que la reglamentación debe ser llevada adelante por el Consejo Nacional de las Mujeres, que depende de la Presidencia de la Nación, y que si bien la normativa tiene plena vigencia en los hechos, «una de las grandes falencias es que no se hable de sanciones ni penalizaciones contra el hombre violento», destacándose asimismo que el resto del articulado resulta plenamente válido, «con la salvedad que hasta que no se la reglamente y se la dote de un presupuesto acorde, sólo se pueden aplicar un contado conjunto de artículos».
El proyecto destaca la importancia de esta reciente legislación, que apuntala la prevención de la violencia contra las mujeres «desde la escuela, haciendo modificaciones de fondo en el sistema educativo, tanto en textos escolares como en la currícula», y estableciendo además la multiplicidad de ámbitos en los que se ejerce la violencia de género (doméstico, laboral, institucional, contra la libertad reproductiva, obstétrica y mediática).
Asimismo, subraya el valor de la definición legal sobre los tipos de violencia: física, psicológica, económica, patrimonial, sexual y simbólica, de la que son víctima millones de mujeres en el país, lamentando que se produzcan ?estos dos grandes vacíos para su plena aplicación?.
Otra de las cuestiones mencionadas en el Proyecto, es la trascendencia que ha adquirido esta falta de reglamentación a nivel internacional, subrayando l@s autor@s que el Comité de Derechos Humanos de la ONU, hizo una profunda crítica que se plasmó en un documento sobre aborto y violencia de género, adonde además se señala que por ahora el acceso a la asistencia de las mujeres que sufren violencia machista es restringido, por cuanto la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia, limita sólo sus acciones a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ?con escasas réplicas en el resto del país?.
Recordamos que voceros del Ejecutivo, así como la misma titular del Consejo Nacional de las Mujeres, manifestaron públicamente que el proyecto de Reglamentación ?que fuera entregado hace más de un mes a Lidia Mondelo- sería sancionado en el presente mes de Mayo, cosa que hasta la fecha no ha ocurrido.
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