La Jueza de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial, Liliana Loutayf Ranea, rechazó una acción de amparo promovida contra la Provincia para que construya defensas sobre la margen izquierda del río Lorohuasi, en Cafayate. El amparista pretendía que se construyeran defensas afianzadas con gaviones reforzados y fundados.
El amparo, sostuvo la Jueza de Cámara al resolver, es ?un proceso destinado a brindar una respuesta judicial imediata ante la infracción a un derecho constitucional, legal o emergente de un tratado?.
En tal sentido la magistrada apuntó que en la materia ?no se advierte que exista una conculcación a los derechos fundamentales del acto. El hecho de que tenga legitimación para el planteo, no justifica que lo encauce a través de una acción de amparo como la deducida, sino que debe acudir a las vías legales adecuadas?, por donde debiera haberse canalizado el conflicto.
?Toda controversia relacionada con las aguas del dominio público y las obras necesarias para evitar inundaciones, cambios o alteraciones de cauces, corrección de torrentes, encauzamiento o eliminación de obstáculos en cauces públicos y los vinculados con los requisitos para la construcción de obras hidráulicas deben ser resueltas por el tribunal técnico especialista en la materia?, afirmó la magistrada.