LAS MUJERES Y EL BICENTENARIO

¿Qué derechos? ¿Qué ciudadanía? ¿Qué mujeres?1 (Participación política de las mujeres ? estructuras e historias)

?(en América Latina?) La democracia, disuelta en populismo, falló en
tanto principio de organización, no fue capaz de llevar a sus sociedades
por el camino del bienestar, como lo había hecho en Europa. . 3

I. Introducción

En el contexto de este ciclo, denominado ?Las Mujeres y el
Bicentenario?, desearíamos poder realizar un balance histórico delrecorrido de las mujeres en el ámbito del tema ?Derechos y
Participación Política de las Mujeres? en Argentina. Interesaría hacer
una evaluación en términos históricos y también estructurales de
la participación política femenina, y los resultados logrados de ella,
teniendo en cuenta que formalmente ellas entran en el mundo de
la política hace poco más de 60 años. Como es obvio, un tema tan
amplio nos excede, por lo que nos limitaremos a señalar algunos
hitos y formular preguntas e inquietudes con el objetivo de aportar
a la construcción de una sociedad menos injusta.

En este camino, hay dos supuestos que en general siempre hemos
admitido como ciertos: uno del orden de los principios, otro del
orden de los procesos y mecanismos. El primero es un tema de
Derechos Humanos: el legítimo derecho (como principio básico
de este campo) de las mujeres a participar de todos los ámbitos
y niveles políticos. Y mientras los estereotipos culturales de sexo/
género se mantengan patriarcales y sexistas tal como todavía
hoy lo son, la lucha por la mayor participación femenina es
legítima en todo momento y lugar, y legitima asimismo acciones
específicas a su favor. Si somos la mitad de la población, (o más),
podemos reclamar ?la mitad del poder?, si éste fuera tan
fácilmente divisible.

El segundo supuesto, más complejo, es del orden de los mecanismos
y procesos. Supone que una mayor participación política de las mujeres
contribuirá a una mayor equidad de género, a una mejor distribución
de los recursos (materiales y simbólicos), al cambio de los
estereotipos culturales que continúan oprimiendo a las mujeres
con motivo de su sexo/género y, en términos generales, a la
profundización de la democracia, que supone a su vez incorporar a
la dimensión de lo político en sentido amplio a sectores sociales
hoy excluidos de las decisiones.

Sin embargo, no será cómo, ni con qué mecanismos y procesos esto se
lograría o se ha logrado gracias a la mayor participación femenina en
la política que podemos constatar particularmente en los últimos 25
años. Este punto, por lo tanto, debería mantenerse como interrogante,
que a su vez se despliega en varios aspectos, algunos de los cuales
podemos enunciar aquí: la participación política femenina, ha podido
promover y/o implementar normativa y políticas públicas que
potencien el avance de las mujeres? Cómo se concibe este ?avance??
Ha incidido en el cambio de los estereotipos culturales sexistas? Ha
logrado incidir en mecanismos opresivos hacia las mujeres, que se
despliegan en ámbitos públicos y privados? Ha modificado el ámbito
de la política, sus contenidos ideológicos y sus formas de
funcionamiento? Ha logrado establecer puentes efectivos con las
mujeres a quienes representan? Se reconocen como parte de un
colectivo oprimido (sobre todo cuando acceden a su cargo como
producto de la lucha de las mujeres, por ejemplo por la Ley de Cupo
Femenino para cargos electivos legislativos? En qué medida las mujeres
implementan (en el campo de la política) una gestión verdaderamente
participativa? Como se ve, las preguntas son muchas y muy diversas,
y sólo aparecen aquí como disparador inicial de un debate que debe
atravesar y trascender este modesto artículo.

Como decíamos, a más de 60 años de derecho al voto y a más de
25 años de recuperación de la democracia, es necesario revisar qué
entendemos por mayor participación de las mujeres en política y
qué efectos se han derivado de ello hasta el momento; y plantear
propuestas para que el epígrafe no se verifique una vez más, en este
caso para los derechos de las mujeres. Si (como afirma Mascareño,
2009) la democracia en América Latina no fue capaz de llevar al
camino del bienestar, proponemos parafrasear la pregunta y pensar
en qué medida la participación política de las mujeres ha sido capaz
de aportar a los derechos de las mujeres, a una vida más plena para
mujeres y para varones, y a una mejor distribución de los bienes
sociales para todos y todas.

II. Política, ciudadanía, mujeres

En política lo importante no es tener razón, sino que se la den a uno
Konrad Adenauer

Ya hemos citado la tardía llegada a la política formal nacional, ya
en plena ?democracia moderna?, cuando el voto a las mujeres se
otorga en 1947. Como parte del proceso general hacia la
democracia, el derecho al sufragio debió recorrer un largo camino
hacia su ?universalización? ? entendida como que cada vez mayor
número de personas pudo elegir y ser elegida. Este largo camino,
liderado por las luchas populares que discutió el poder monárquico
y aristocrático, fue logrando ampliar de a poco los grupos a quienes
se les reconoció el derecho a elegir. En Argentina, la ley 8.871
?General de Elecciones?,(1) llamada Ley Sàenz Peña, fue sancionada
el 10 de febrero de 1912 y estableció el voto secreto y obligatorio
a través de la confección de un padrón electoral, eliminando
requisitos anteriores como no ser analfabeto, tener propiedades
o ser amigo de las cúpulas o grupos de poder. Sin embargo, en
esta ley el voto seguía siendo exclusivo para varones nativos argentinos,
?no pardos?, mayores a 18 años. Las mujeres debimos esperar 35
años más y es hoy aceptado que el derecho al voto ? demanda
central de la ?primera ola? del movimiento feminista (que se
expandió en la segunda mitad del siglo XIX y comienzos del XX)
-, es una condición necesaria pero no suficiente para lo que hoy
llamamos ciudadanía plena, en la medida en que habilita también
la posibilidad de ser elegida, es decir, ocupar cargos electivos.

Sin embargo, hoy el voto como principal expresión de la ciudadanía
en regímenes democráticos está cuestionado por considerarse
formal, parcial, no suficiente para el logro de la democracia buscada.
En la segunda mitad del siglo XX, la llamada ?segunda ola? del
feminismo ha señalado fuertemente esta falencia y utilizó términos
como ?ciudadanía plena?, ciudadanía real?, ?ciudadanía
participativa?, y también ?empowerment? para señalar la necesidad
de concebir nuevas formas de ciudadanía, más democrática, y que
distribuya/otorgue poder a los y las ciudadanos/as. Estos nuevos
conceptos interpelan y cuestionan la teoría liberal que se centra
en instituciones, votos e individuos, y propone crear mecanismos
e instituciones para una participación efectiva en el reparto del
poder tanto en el ámbito público como en el privado. La inclusión
de lo privado como parte significativamente importante del mundo
social, que también debe hacer parte de la democracia, es
específicamente una demanda feminista. Como decían el slogan
de las feministas chilenas en las luchas políticas de los 80,
?democracia en el Estado y en la casa?.

Hoy, la mayoría de las sociedades modernas se han estructurado en
democracias, más o menos formales, más o menos reales. En
sociedades complejas, las democracias son representativas: se supone
que los representantes del pueblo ponen en práctica lo que éste
quiere o necesita, y son elegidos por éste por medio del voto y la
mediación de los partidos políticos. Por eso, la posibilidad de votar,
y la de ocupar cargos jerárquicos o de decisión en partidos políticos,
sindicatos y otros ámbitos institucionales, en cualquiera de los tres
poderes de la estructura del estado, es un tema fundamental en la
política democrática. Por eso es importante que las mujeres
participen en política. Salvado el escollo fundamental, esto es, el
otorgamiento de los derechos civiles y políticos (derecho a elegir y
ser elegidas, básicamente), se abrió para las mujeres el amplio campo de la participación en las instituciones y niveles de decisión.

Sin embargo, este proceso ha sido lento y jalonado de resistencias,
ya que si nuestras sociedades fueron construidas bajo la óptica del
patriarca, las esferas del poder ? y el poder se relaciona con la
política ? esto ha sido aún más evidente. Vale la pena recordar que
no sólo los aspectos formales del ámbito político fueron vedados
explícitamente a las mujeres; también fueron excluidas de escuelas,
universidades, lugares de decisión, estado, política y ?mientras no
tuvo el derecho al voto- de los partidos políticos. Esto continúa
hoy con vetos implícitos. Tampoco los sindicatos fueron amigables
con las mujeres; es conocida la resistencia de las trade union
británicas a aceptar a las mujeres como compañeras trabajadoras,
en la segunda mitad del siglo XX. Todavía hoy, muchos de estos
mecanismos antes explícitos se transformaron en implícitos: baste
mencionar los fenómenos de techo de cristal, acoso sexual en los
ámbitos laborales, brecha salarial, etc.

III. Mujeres en el campo político público y en cargos de
decisión hoy

Cuando se analiza la participación política de las mujeres, se suele
utilizar un enfoque cuantitativo (cantidad de mujeres en relación a
los varones) y, sobre todo, el ámbito parlamentario nacional. Quizás
esto se deba a la mayor facilidad para obtener estos datos. Haremos
un esfuerzo para incluir otros ámbitos y niveles para Argentina.

Ámbito parlamentario nacional. La ley de voto femenino
permitió que en 1951 accedieran un 17% de mujeres a la Cámara
de Diputados Nacional, sobre un total de 109 escaños. A partir de
ese momento, se produce una importante y sostenida disminución
de la participación femenina en el parlamento. Es posible que los
reiterados períodos de dictadura militar hayan incidido en la
exclusión de las mujeres de estos cargos. Cuando se reinstala el sistema democrático a partir de 1983 el promedio de mujeres en
el Parlamento (1983-1989) fue entre el 5% y el 8% de las bancas de
ambas cámaras. Es recién a partir de la sanción y puesta en práctica
de la Ley de cupos, sancionada en 19914, que las cifras se revierten
(a partir de las elecciones de 1993). En ella fueron elegidas 27
diputadas que se sumaron a las que ya estaban en ejercicio,
totalizando 34 sobre 257 diputados5. Por su parte, en el Senado
hubo hasta 2002 una sola mujer sobre 72 miembros. En ese año se
reformó la elección de senadores por mandato de la reforma
constitucional de 1994, por la cual se aplicó la ley de cupos sobre
tres cargos por cada provincia (antes de 1994 eran dos). El número
fue aumentando y en 2009 existe un 46% de mujeres en las bancas
del Senado. En el período 2003-2007 una de las vice presidencias
fue ejercida por una mujer.

Pero esto no siempre significó mayor poder para las mujeres a la
hora de sancionar legislación que proteja sus derechos Aunque,
tomado en conjunto y como veremos más adelante, existieron logros
que seguramente no se habrían conseguido sin esta presencia
femenina, hubo otros casos en los que esto no fue posible. Existe
una cantidad de problemas que atañen a la presencia femenina en
el ámbito parlamentario. En primer lugar, debemos señalar que
lentamente se va revirtiendo un fenómeno que inicialmente apareció
cuando se comenzó a implementar la Ley de Cupo: mujeres que accedían a bancas nominadas por un varón6, un patriarca que seguía
manteniendo el poder de decisión a través del puesto ocupado
por la mujer. Se falseaba así el sentido de la Ley de cupos.

Afortunadamente, esta tendencia se fue revirtiendo en estos casi
20 años. Hoy, la mayoría de las mujeres que acceden a las bancas
lo hacen por méritos e historia política. Otro problema es que los
cargos directivos al interior del parlamento, tanto en Diputados
como en Senadores nacionales, han estado siempre compuestas
casi exclusivamente por varones. A 2009, en la Cámara de
Diputados existen 43 bloques (se encuentran incluidos partidos
locales con representación parlamentaria): de ellos, 13 son dirigidos
por mujeres. Pero es importante señalar que de estos 13, más de
la mitad (7) son uninominales, es decir, está compuesto por una
sola persona, que – obviamente ? es su presidenta7. Señalaremos
un último problema, sin ánimo de agotarlos: en comunicaciones
personales y en seminarios destinados a mujeres, las legisladoras
suelen comentar que las pautas de funcionamiento continúan
siendo patriarcales y, a la hora de las decisiones fundamentales,
los varones se unen para recortar o desautorizar el accionar de
las legisladoras mujeres. Como es obvio aunque parezca paradojal,
esta denuncia puede ser un arma de doble filo: en la lucha por el
poder, el reconocimiento de estar debilitado/a puede significar
perder la mitad de la batalla. Pero queremos señalarlo aquí, porque
se trata de crear normativa con perspectiva de género.

Este es el panorama general del parlamento nacional. En los
parlamentos provinciales el panorama es, en términos generales,
similar. En los ámbitos municipales, se calcula que existen alrededor de3000 concejalas8 dado que es un campo muy extendido y
heterogéneo; pero quisiéramos señalar que no debe ser desdeñada
su importancia, toda vez que las relaciones de poder se despliegan
en la vida cotidiana,y que dado que Argentina es un país
predominantemente urbano (95% de la población vive en ciudades
de más de 5000 personas), las ciudades son un importante lugar
para dirimir derechos.

Poder ejecutivo. Este es un ámbito en el cual, al no tener un
equivalente de la Ley de Cupos mencionada anteriormente, la
presencia femenina es mucho menor, tanto a nivel nacional como
provincial y local. Según una reciente investigación de Jutta Marx,
se calcula una presencia femenina, en promedio, del 17% de los
cargos ejecutivos a nivel nacional9. Entre los principales cargos,
podemos mencionar que Argentina tiene una presidenta mujer
(y que en América Latina son dos), elegida por voto popular
directo por primera vez en la historia nacional. Existen tres
ministras sobre 13 ministerios: una de ellas, en un ámbito
claramente masculino como el Ministerio de Defensa10,11. En
cuanto a los cargos siguientes, contabilizamos: 8 secretarias de
Estado12 nacionales (sobre un total de 49) y 14 subsecretarias
(sobre un total de 83). En suma, de los 151 cargos más importantes del país, sólo 26 los ocupan mujeres13. Por el contrario, las mujeres ocupan muchos cargos no políticos, como direcciones. En el Poder ejecutivo provincial, encontramos sólo una gobernadora mujer sobre 24 distritos14, y dos vicegobernadoras. En el poder ejecutivo municipal, sobre 2171 municipios, sólo 221 están a cargo de mujeres; intendentas sobre (aproximadamente el 10%). En el 80% de los casos, en intendencias pequeñas, de menos de 5000 habitantes. La totalidad de estos municipios regidos por mujeres suman una población de alrededor
de 1.700.000 personas, sobre 40 millones de habitantes de
Argentina.15

Poder Judicial. A nivel nacional, tenemos el orgullo de tener dos
mujeres integrantes de la Corte Suprema de Justicia, en julio de
2004 por primera vez en la historia argentina, y elegidas con una
metodología que incluyó audiencias públicas y participación de la
sociedad civil. Una sola dama había llegado antes a la Corte,
Margarita Argúas, (1970-1973). Desde 1853, año en que la nueva y
actual Constitución nombró al primer juez, tuvieron que
transcurrir algo más de 100 años hasta que una mujer fuera jueza16,
en 1957. Hoy, la CSJN tiene una Oficina contra la Violencia hacia
la Mujer que es muy activa y ha establecido convenios con las
cortes supremas de 13 provincias. En la actualidad, se calcula que
en la totalidad de Cortes Supremas (sumando la nacional y las
provinciales) existen un 20% de juezas, pero hay siete provincias
donde no hay ninguna mujer en este superior organismo de justicia.

Si bien en instancias inferiores (primera y segunda) este porcentaje
aumenta, nunca llega a ser representativo de la cantidad que egresa
de las carreras de derecho, donde desde al menos dos décadas la
mayoría de egresados son mujeres. Por otro lado, su presencia se
registra fundamentalmente en fueros tradicionalmente asociados a
su género como el civil, el administrativo o el laboral. En cambio,
son excepción en el fuero federal y en el penal17. Pero es importante
resaltar nuevamente que lo central es la diferencia que la presencia
de mujeres pueden hacer en estos lugares, es decir, fallos con
perspectiva de género, que busquen soluciones creativas a un sistema
que persiste en una distribución de los poderes que sigue siendo
patriarcal, binaria y jerárquica, es decir, opresora de todo aquello
que no son sus propios valores y perspectivas. Esta situación en el
poder judicial se relaciona, por otro lado, con las autoridades de los
colegios profesionales y otros ámbitos: daremos algunas cifras. Las
mujeres jamás presidieron el Colegio Público de Abogados de la
Capital Federal y ocupan sólo cuatro de los 15 puestos titulares de
su comisión directiva, aunque ya en 1999 representaban el 42% de
su matrícula.

Por su parte, de los 183 magistrados ternados por el Consejo de la
Magistratura Nacional para la selección de jueces, los puntajes
alcanzados en las calificaciones por mujeres corresponden a 158,17
puntos, sobre 150,96 de los varones. Cabe recordar aquí que, de
esos 183 magistrados, sólo el 26% eran mujeres. En el premio que
otorga desde el año 2002 el Foro de Estudios para la Administración
de Justicia (Fores) a la excelencia en la administración de Justicia, la
mayoría de los juzgados ganadores de la distinción están presididos por juezas. Según el censo de 2004 en la Facultad de Derecho de
Buenos Aires, el 61,4% son mujeres. La matrícula total de la UBA
está compuesta por un 60% de mujeres en las carreras de grado;
mientras en las de posgrado hay un 45,4% de varones y un 54,6%
de mujeres. En el cuerpo de profesores de Derecho (UBA), los
varones representan el 52% y las mujeres el 48%: pero como es
habitual, este porcentaje tiende a descender a medida que se
asciende en la jerarquía laboral. Ellas son el 39,1% de los profesores,
pero el 55,7% de los auxiliares docentes18.

Ámbito sindical (en sindicatos con personería gremial ? a pesar
vigencia ley)

– 11% secretarías generales

– 15% secretarías adjuntas

– 25% en cargos inferiores

Indicadores de la participación femenina en el ámbito sindical y
otros, indican que la Ley de Cupos vigente (similar a la existente
para ámbitos parlamentarios) no se cumple en la práctica.

En suma, acordamos con que ?los números no dicen nada acerca del
verdadero grado de inclusión en la vida pública ni del nivel de influencia e
impacto que han logrado ejercer en sus respectivos puestos?.19 Nos
preguntamos en qué medida el avance de la ocupación de puestos de
decisión por parte de las mujeres, al menos en términos cuantitativos,
ha cosechado avances reales para las mujeres ?comunes?, ha mejorado
su vida cotidiana y las relaciones de poder entre varones y mujeres.

Sin embargo, podemos cuestionar en qué medida esta mayor presencia
femenina se refleja en una mayor capacidad y efectividad en la defensa de los derechos de las mujeres y, en definitiva, de una sociedad más
justa. Sin embargo, no podemos dejar de señalar que es posible
mencionar algunos hitos relevantes, por ejemplo a nivel de la normativa
legal, que posiblemente haya tenido que ver con esta mayor presencia
de mujeres, en conjunto con los cambios culturales ocurridos en las
últimas dos o tres décadas; aunque es sabido que la realidad siempre
ofrece resistencia a los cambios deseados.

IV. Algunos logros normativos hasta el momento

Una rápida revisión sobre el marco normativo elaborado en las
últimas cuatro décadas muestra avances en el reconocimiento de
los derechos de las mujeres tanto a nivel internacional (Naciones
Unidas) como regional interamericano (OEA), lo que conjura un
sólido marco de documentos de derechos humanos que establece
la no discriminación por género y el derecho irrestricto de las
mujeres a gozar de los beneficios de la sociedad en pie de igualdad
con los varones, incluyendo el derecho a la autonomía reproductiva
y las elecciones en materia de sexualidad. Mencionaremos
brevemente las cuatro conferencias mundiales sobre la Mujer de
Naciones Unidas, (México 1975, cuya consecuencia fue la
declaración del Decenio de la Mujer; Copenhague 1980; Nairobi
1985: Beijing 1995) y sus seguimientos a 5, 10, 15 años; la
Conferencia de DDHH (Viena 1993), la de Población y Desarrollo
de Cairo (1994): la Convención contra toda forma de
Discriminación hacia la Mujer CEDAW20) y su protocolo opcional;
la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la violencia hacia la Mujer (1994), entre otras. La CEDAW, por
ejemplo, es una de los 6 grandes tratados que ONU monitorea constantemente. También podemos mencionar la Declaración de
México en el post Beijing, y la Declaración de Santiago (2002) sobre
derechos sexuales y reproductivos: o la Declaración de Quito, que
aborda la participación política de las mujeres y habla de paridad en
los ámbitos políticos; en ella se abandona el lenguaje de gradualidad
y se pasa a paridad, no solo numérica sino cualitativa, en una
democracia que se aborda desde una perspectiva de ciudadanía
plena de varones y mujeres.

En el ámbito nacional, hubo avances legislativos interesantes que
aportan a la mayor igualdad de las mujeres y al acceso a servicios
de salud o la mayor autonomía en el matrimonio. Generalmente
mencionamos en este rubro las siguientes leyes, aunque por supuesto
no es una enumeración exhaustiva: Ley 23.179 Convención sobre
la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer
(1985), Ley 23.264, de Equiparación de hijos ante la ley (1986), Ley
de Patria Potestad Compartida (1986), Ley 23.515 Divorcio Vincular
? Modificación Régimen de matrimonio (1987), Ley 24.012, conocida
como ?Ley de Cupos? o ?Ley de Cuotas? (1991-reglam 2000) Ley
24.632 Convención Interamericana para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres (1996), Reforma de la
Constitución Nacional (1994)21, Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. (1996), incluye un Capítulo de Igualdad Real entre Varones y Mujeres y Acciones afirmativas en
poder judicial y organismos colegiados, Ley 25674 ? Ley de Cupo
Sindical Femenino (30% de mujeres en organismos sindicales y
paritarios)(2002), Ley 25.673 – Programa Nacional de Salud Sexual
y Procreación Responsable. Crea un Programa en el Ministerio de
Salud de la Nación para el acceso, información y distribución de
MAC, capacitación del personal, consejerías, educación sexual,
campañas de difusión. (2002), Ley 26.130 – de Ligadura de Trompas
y Vasectomía, modificatoria del Programa Nacional de Salud Sexual
y Procreación Responsable (2006), Ley 26.150 – Programa Nacional
de Educación Sexual Integral (2006), Ley 26.171 – Protocolo
Facultativo de la CEDAW ? sin reservas (2007), Ley 26.364 –
Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus
víctimas (2008), Ley 26.485 – de protección integral para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos
en que desarrollen sus relaciones interpersonales (2008).

V.- Liderazgo femenino con perspectiva de género

Retomando la pregunta del principio, volvemos a insistir que no se
trata de la participación numérica de las mujeres solamente. Tal
como se ha insistido reiteradamente ? pero poco se ha logrado ?
se trata de construir ciudadanía en las mujeres, y lograr un liderazgo
femenino consistente y lo más extendido posible: no solamente en
ámbitos políticos ?clásicos? o formales, sino también en todas las
instituciones sociales y también en la familia. Un liderazgo tan fuerte
que no requiera imposiciones, sino que pueda desplegar la
problemática total y avanzar hacia los cambios deseados.

Aquí entramos en qué entendemos por ?los cambios deseados?. Creemos que no se trata solamente de los derechos de las mujeres, la paridad entre mujeres y varones, la igualdad de facto, la no
discriminación. La perspectiva de género como corpus teórico, y el
movimiento feminista que la impulsa, busca cambiar el mundo. Se trata
de un movimiento inscripto en el amplio campo de la transformación
social. Si el mundo actual, regido por las leyes patriarcales y capitalistas,
ha instalado la primacía del varón blanco heterosexual propietario
católico liberal? 22, esta primacía ha discriminado, y recortado los
derechos plenos, de los grupos sociales que no caben en ella. Es
decir: los grupos de otras etnias/razas, religiones, pobres,
discapacitados/as, grupos de la diversidad sexual, y por supuesto, a las
mujeres; que pasaron a ser vistas como minorías, no por su cantidad
sino por haber sido discriminadas de los ámbitos de poder definidos
desde este paradigma dominante. En otras palabras, el enorme mundo
de las personas vulnerabilizadas por el sistema capitalista liberal y
patriarcal.

Como propuesta política, aquella que sustenta la perspectiva de género
busca un mundo diverso, plural, cuyos recursos se distribuyan no
sólo de manera pareja entre todos/as los/as miembros de la sociedad
a la que aportan con sus esfuerzos cotidianos, sino que compensen
su situación de vulneración. Una sociedad más justa con las mujeres
lo será también con todos los grupos hoy discriminados y que están
fuera del poder. Una ciudad más segura, una economía más distributiva,
una política más democrática, lo será también para niños/as, para
adultos/as mayores, para personas diferentes al imaginario sujeto
concebido desde el paradigma WASP.

Pero, como es obvio, para ello se requieren mujeres que participen
en política de manera asertiva y con proyectos propios que recojan esta visión. Mujeres empoderadas capaces de instalar y sostener
esta discusión política, de hacer creíble que ?otro mundo es posible?,
que puedan enfrentar la inercia de un poder político que continúa
circulando por canales elitistas y ? en ocasiones ? alejados de las
preocupaciones de la gente ?de a pie?. Esto ha costado a la dirigencia
política críticas de la ciudadanía; es sabida la poca confianza que
hoy tienen los/as políticos/as y funcionarios/as del estado (de los
tres poderes), en general, entre la sociedad civil.

Para pasar de la igualdad de jure a la de facto, para traspasar la
inercia de los paradigmas patriarcales que ?venden? la neutralidad
de género (por ejemplo, los sistemas meritocráticos) y que
finalmente resultan injustos para las mujeres, se ha propuesto
repetidamente la utilización de medidas de acción positiva o
discriminación positiva, cuyo ejemplo más conocido es la ley de
cupos para cargos electivos en el ámbito legislativo (de nivel nacional,
provincial y municipal) que mencionamos. Sin embargo, este tipo
de medidas tiene el inconveniente de que, por definición, debieran
ser temporarias. No es posible sostener por siempre una medida
de acción positiva; la pregunta es cuál sería el momento de
modificarla. Otro problema evidente es que no siempre resulta
aplicable a cualquier ámbito.

Hoy sabemos que la hegemonía patriarcal sobre el ámbito público
y privado, que reinó durante siglos, se ha roto; sin que ello signifique
que se ha logrado la equidad entre los géneros. De todos modos, la
hegemonía es siempre inestable y penetrada por una ambigüedad
que la constituye; esto resulta fundamental a la hora de repensar
las estrategias centrales.

Pero el principal obstáculo para una participación plena de las
mujeres en la vida social en general, en términos amplios, para una
más democrática distribución del poder, deriva de un problema más estructural: la división sexual del trabajo. Aquella distribución
social por la cual los varones han sido adscriptos al mundo público
y al poder, y las mujeres al mundo privado y a la maternidad y a la
reproducción de la fuerza de trabajo, es decir, el trabajo doméstico.
Esta división sexual del trabajo, que se mantiene en la actualidad ?
si bien atenuada en las generaciones más jóvenes ? implica la
inversión de tiempo, capacidad de resolución de conflictos y de
manejo emocional, así como esfuerzo concreto de fuerza de trabajo.
En las sociedades desarrolladas, se considera que el tiempo es el
principal capital humano (tanto en los ámbitos públicos como en la
vida privada). En este sentido, la desigual carga de la tarea (tanto
material como simbólica en el ámbito doméstico-privado, es el
principal obstáculo para una mayor participación de las mujeres en
los ámbitos políticos y de decisión.

Aquel imaginario cultural por el cual las mujeres somos el
representante tangible de ?lo madre?, una imago que encarna la
ilusión de lo protector.

VI. Política y democracia en el ámbito público y en el privado

En este punto de las reflexiones, se hace necesario revisar el
concepto de lo político. Se trata de un concepto que admite tantas
definiciones como posturas políticas se sustenten. Al parecer, la más
extendida o consensuada es la siguiente:

?La política, del ð ï ëéôéêï ò, ?ciudadano?, ?civil?, ?relativo al ordenamiento de la ciudad?), es la actividad humana que tiende a gobernar o dirigir la acción del estado en beneficio de la sociedad. Es
el proceso orientado ideológicamente hacia la tomade decisiones para la consecución de los objetivos de un grupo. Aristóteles definió al ser humano como un animal político por excelencia. También se define
como política a la comunicación dotada de un
poder, relación de fuerzas?.23

Incluiremos otra definición, que nos resulta más afín:

?La política debiera introducir principios éticos e el funcionamiento económico y promover la existencia de una nación como una
comunidad con un sentido colectivo que refleje su pluralidad y diversidad… (?todos) viviendo pacíficamente, las identidades que impulsan lo nacional, y su autónoma inserción en el mundo globalizado ? esa es la esencia de la política hoy´.24

Comparando ambas definiciones, es claro que la primera tiene una
perspectiva restrictiva, que se centra en el estado y en la(s)
dirigencia(s) política(s), mientras la segunda enfatiza la comunidad,
la pluralidad, la diversidad, e incluye las diversidades.

Pero un punto fundamental que debemos incluir cuando hablamos
de mujer y política es el ámbito privado. Tal como ha teorizado el movimiento feminista en su momento, el sistema sexo-género25 ha
adscripto dos ámbitos de lógicas excluyentes a los dos sexos por
entonces visibles e identificados: el ámbito público a los varones, el
privado a las mujeres. El primero abarcando las esferas del poder, la
economía, la política, el trabajo – en suma la producción -, y el segundo
la reproducción (de seres humanos, de la fuerza de trabajo, de la
cultura: implica la maternidad, el trabajo doméstico y la educación
temprana respectivamente, cruzado por los servicios afectivos que
permanentemente se espera de las mujeres en lo doméstico, como
representantes de ?lo? madre, es decir, la ?función?madre).

En otros términos, es importante recordar que para las mujeres
resulta imposible ?vivir en democracia? o ?ser ciudadanas? si no se
analiza y se cambian las relaciones de poder en los ámbitos privados.
De otro modo, se corre el riesgo de convertir el campo de la
participación política, la democracia y la construcción de ciudadanía
en algo parecido a un ?significante vacío?. Es importante tener en
cuenta esto en todo momento, porque de otra manera podemos
quedar entrampadas en los análisis que muestran un aumento
numérico de mujeres en lugares de decisión, y confundir esto con
un aumento ?automático? de la calidad de la democracia para las
mujeres. Y en realidad, esto oculta la otra parte de la verdad, y
como afirma el conocido refrán, ?una verdad a medias es una mentira
entera?.

Las relaciones patriarcales y la división sexual del trabajo persisten
a pesar de modernizaciones relativas en los grupos poblacionales
más jóvenes. Esto a su vez difiere según ubicaciones geográficas (las
grandes ciudades tienden a ser más ?modernas? que los ámbitos
rurales y semirrurales, y el cuestionamiento de la división sexual del trabajo es un tema de la modernidad). La condición de
trabajadora en el ámbito extradoméstico de la mujer suele incidir,
pero es dable observar mujeres que trabajan jornada completa en
el mercado de trabajo y aún que mantienen el hogar, pero que
continúan sosteniendo los roles tradicionales.

También la oferta de servicios del mercado (delivery de comida hecha,
electrodomésticos, etc.) ha tendido a que la carga de trabajo fuera
menos pesada. Pero en resumen, bajo diferentes ropajes la asignación
diferencial de roles domésticos y privados según sexo persiste. Y se
trata de un trabajo invisible en varios sentidos: no recibe dinero a
cambio, no es reconocido por sus destinatarios/as (miembros de la
familia), es difícil de evaluar y contabilizar, no tiene standards claros, no
se contabiliza en las cuentas nacionales y el PBI ? aunque si una familia
tuviera que comprar los servicios que presta el ?ama de casa? en el
mercado, debería contar con un ingreso varias veces mayor -. Esto
configura, según algunas teóricas, una explotación de la familia hacia
quien realiza estas tareas. Lo mismo vale para los valores de uso, que
básicamente se crean en la esfera doméstica (Pahl 1998). ?la producción
de valores de uso implica relaciones sociales y, por lo tanto, no debería excluirse del campo de la economía política y del análisis de la actividad económica, aunque ello plantea problemas de contabilización ( y metodológicos)(Beneria1981a) . Esto significa que la esfera doméstica se ha de integrar en el análisis del modo de producción capitalista, lo que conlleva una profundización en el análisis del hogar, de las relaciones entre los sexos en el hogar y la naturaleza de la economía doméstica. Por ello, el debate sobre el trabajo doméstico (Delphy, 1983) y el debate sobre el patriarcado (Beneria, 1987) son parte esencial del concepto de trabajo y, evidentemente, del análisis de la familia?.26

Esta problemática se refleja en el uso del tiempo propio, diferente
para varones y mujeres, y su inevitable consecuencia en la autonomía
de decisión sobre la propia vida y los proyectos vitales de cada persona.
Puede verse en los estudios llamados ?presupuesto tiempo?, una
metodología utilizada tempranamente por las teóricas feministas para
demostrarlo. Si bien es un tipo de estudio difícil de realizar por su
alto costo, es muy ilustrativo de lo que estamos exponiendo.
Además, el trabajo doméstico es diferencial por clase social, sufriendo
más carga las mujeres pobres. no solamente porque los medios y
altos pueden contratar servicio doméstico remunerado ?
estableciendo así una cadena de explotación de género, una carga de
trabajo de todo el grupo familiar que termina dirimièndose entre
mujeres ? sino porque las tareas domésticas en sí mismas están más
facilitadas por una vivienda más cómoda y funcional, mayor
disponibilidad de electrodomésticos, etc. Un estudio de la CEPAL27
afirma que el tiempo es la dimensión de género de la pobreza, ya que
los sectores pobres usan más tiempo en actividades domésticas, ya
que significa un ahorro de dinero significativo frente a comprar
servicios equivalentes en el mercado. Aunque las mujeres pobres
puedan tener tasas de participación en el mercado menores que las
de las no pobres, la carga global de trabajo es mayor y trabajan más
horas que los hombres pobres. Ello incide en sus posibilidades de
encontrar trabajo y las inclina a desarrollar trabajos de horarios
flexibles y más reducidos.

Hace ya tiempo que la CEPAL subraya que ellas tienen una jornada
laboral de más de 12 horas no remuneras, mientras que los hombres
trabajan únicamente un promedio de 10 horas, de las cuales 7 son remuneradas, situación que debe cambiar. Afirma que es necesaria la
promoción de políticas públicas que incentiven las obligaciones
compartidas entre ambos géneros, tanto en la esfera pública como
en la privada, con el fin de facilitar la vida laboral de ambos sexos,
mejorar las condiciones de inserción femenina en el mercado de
trabajo y favorecer la participación activa de los hombres en las tareas
domésticas no remuneradas. El consenso de Quito (6 al 9 de agosto
de 2000, Quito, Ecuador) se compromete promover acciones para el
reconocimiento del trabajo no remunerado de las mujeres, lograr la
paridad de género en la toma de decisiones y erradicar la violencia
contra las mujeres, entre otros. En síntesis, no es posible pensar la
participación política de las mujeres sin considerar el ámbito privado
y la doble jornada laboral de las mujeres, que todavía continúa.

VII.- Reflexiones finales

1. Desde el campo de los principios y de los derechos, hoy no es
posible discutir la legitimidad de la participación de las mujeres
en el mundo público en general, y en el campo de lo político en
particular. Se trata de un reconocimiento ya establecido a nivel de
los principios generales de la cultura mundial, y sostenido por
diversos instrumentos y normativa internacional, regional, nacional,
local. Pero ese es uno de los problemas: por el momento, se trata
más de principios teóricos que de mecanismos e instituciones concretas
y operativas, al menos en el ámbito de América Latina y también
de Argentina. En otras palabras, es imprescindible diseñar políticas
públicas de género integrales, sistemáticas y sistémicas, al mismo
tiempo locales y generales.

2. El diseño de estas políticas debiera ser participativo con
diferentes estamentos y niveles de la sociedad civil que se relaciona
con el tema. Además, la sociedad civil no debiera ser convocada solamente de manera puntual, en momentos en que a un área
específica del Estado necesita demostrar que es capaz o cree útil/
necesaria esta participación, Es fundamental crear canales
institucionales de recepción de demandas y propuestas por parte
de organizaciones y grupos de mujeres, universidades, académicas,
sindicatos y todo tipo de agrupamiento que tenga conocimientos
y/o experiencias acumuladas. Por supuesto, no siempre el estado
podrá o deberá dar respuesta a todo el arco de demandas, pero
es fundamental mantener un diálogo permanente entre el estado
y la sociedad civil.

3. El supuesto teórico-ideológico central debe ser la paridad, es
decir, la propuesta de que varones y mujeres son ?diferentes pero
iguales?, tal como reza uno de los slogans más utilizados por el
movimiento feminista. Esta idea ha sido plasmada con diferentes
conceptos: igualdad de oportunidades, igualdad de trato, igualdad
de resultados; y como hemos visto, reconoce la necesidad de aplicar
o ejecutar acciones positivas para lograr la paridad en ámbitos
públicos y privados.

4. Nada se logrará con la participación de más mujeres en ámbitos
de decisión como partidos políticos y otras instancias formales de
poder, si no se busca y logra la construcción del liderazgo femenino
con perspectiva de género. En caso contrario, corremos el riesgo
de contribuir a la masa crítica de la acumulación de poder patriarcal,
y de servir a una forma de hacer política que en nada mejora no
solamente la situación de las mujeres sino de todos/as aquellos
vulnerabilizados por el sistema político patriarcal.

5. Toda política pública, además de ser transversal a todas las áreas
y niveles del Estado, debe contemplar las consecuencias de la división
sexual del trabajo y la adscripción más acentuada de las mujeres al
trabajo doméstico. Esto, a su vez, condiciona la posibilidad de las mujeres para participar en los ámbitos políticos tradicionales, que
siguen teniendo una impronta masculina ? por ejemplo los cargos
electivos en las listas partidarias se eligen en un bar a las 12 de la
noche, cuando las mujeres están en el trabajo de crianza y cuidado
de los/as dependientes (hijos, adultos/as mayores, etc).

Quisiéramos volver a citar a CEPAL en un párrafo que es
particularmente claro:

?La igualdad entre hombres y mujeres en Latinoamérica avanza a pasos lentos?, y los retos pendientes obligan a los gobiernos a asumir un compromiso mayor en todos los frentes. Si bien gracias al ingreso masivo al trabajo remunerado de las mujeres el índice de pobreza
en la región de América Latina y el Caribe disminuyó casi diez puntos porcentuales, en el mundo del trabajo y la vida política persiste la brecha entre el aporte de las mujeres a la sociedad y el escaso
reconocimiento de que son objeto. ?las mujeres siguen sobrerepresentadas entre los pobres y subrepresentadas en la política?. La clave de esta situación y, también del tratamiento de las mujeres como minoría vulnerable en las políticas públicas se explica, en gran medida, por la imposibilidad de que éstas rompan el mandato cultural que las reduce a realizar labores domésticas y por la ausencia de los hombres en las actividades de cuidado del hogar y los hijos. Esta escasez de tiempo las hace candidatas al empleo precario, mal
remunerado e inestable. Sin olvidar la violencia, que es la vulneración más extendida de los derechos humanos y un obstáculo para el desarrollo de la región.28

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NOTAS:

1 Ponencia presentada en el Seminario: ?Derechos y Participación Política de las Mujeres?. III Seminario de la serie: ?Las Mujeres y el Bicentenario?. Ciudad de Salta, 22 de mayo 2009. Organizan: Dirección de la Mujer Municipalidad Salta ? Delegación INADI Salta

2 Investigadora y activista en temas de género. Lic en Psicología, UBA. Posgrados en Psicología Clínica, en Psicología sistémica, en Derechos Humanos, en Integración Regional. Actualmente doctoranda en Ciencia Política por la UNSAM (Universidad Nacional de San Martín). Integrante del Comité consultivo de CLADEM. Coordinadora Programa por la Igualdad Real entre Mujeres y Varones, INADI.

3 Mascareño, Aldo: ?Acción y estructura en América Latina. De la matriz sociopolítica a la diferenciación funcional?. Revista Persona y Sociedad / Universidad Alberto Hurtado – Vol. XXIII / Nº 2 / 2009 / 65-89

4 Como producto de una demanda colectiva del movimiento de mujeres, se sancionó el 6 de noviembre de 1991 la ley 24.012 conocida como ?ley de cupos? o ?ley de cuotas?. En ese momento la Cámara de Diputados contaba sólo con 13 legisladoras.

5 Fue necesario cambiar la reglamentación 3 veces hasta lograr una que no dejaba fisuras según nuestro sistema electoral. En la actualidad existen leyes provinciales en el mismo sentido, en 23 de los 24 estados argentinos. Jujuy es la excepción, ya que siguen sin legislación y sin que las mujeres ocupen lugares de decisión en la cantidad y los niveles/ámbitos necesarios.

6 Este varón podía estar vinculado afectivamente a la mujer por parentesco o afinidad, o podía ser simplemente el líder del partido que imponía una decisión condicionada.

7 Elaboración propia en base a datos del sitio web:www.diputados.gov.ar

8 ?Más mujeres a los Municipios?. Banco de datos del Encuentro de Mujeres Munícipes, elaborado por Manos Solidarias (ONG dedicada al tema).

9 Marx, J.: Caminotti, M. y Borner J. ?¿En pie de igualdad? Quince años de cupo femenino en Argentina?. Capítulo 3.En: Rios Tobar, M. (ed) ?Mujer y política?, FLACSO Chile, 2008. ?Escasa política de Género?. Nota diario La Nación, 8 noviembre 2009.

10 Por orden cronológico de designación (actualmente en el cargo): Alicia Kirchner (Desarrollo Social), Nilda Garré (Defensa) y Débora Giorgi (Producción).

11 Hace un par de años también el Ministerio de Economía estuvo ocupado por una mujer, hecho muy inhabitual en la historia del estado latinoamericano moderno.

12 Las Secretarias de Estado es el cargo que sigue al de Ministro.
IMAGEN: http://sinmujeresnoesdemocracia.files.wordpress.com

13 ?El Ministerio de Desarrollo Social, a cargo de Alicia Kirchner, es el que tiene más mujeres en altos puestos: dos de las cinco secretarías están manejadas por mujeres. De los 7 subsecretarios, dos son mujeres. Por su parte, el Ministerio de Producción lo maneja Débora Giorgi, pero su equipo de 3 secretarías y 5 subsecretarías están en manos masculinas?. (Marx et al, j., op cit).

14 Tierra del Fuego.

15 Todos los datos sobre ámbitos municipales fueron extraídos de ?Más mujeres a los Municipios?, op cit.

16 María Luisa Anastasi de Walger

17 Gherardi, N. Informe sobre Género y Derechos Humanos 2005-2008. ELA.

18 Bergallo, O. «¿Un techo de cristal en el Poder Judicial?».

19 Gherardi, N. Op. cit.

20 Incorporada a la Constitución Nacional por reforma 1994, art 75 inc 22.

21 Art. 37: nuevos derechos y garantías. hace referencia a igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios. Art. 75 inc. 22: otorga jerarquía constitucional a todos los Tratados Internacionales sobre DDHH. Entre ellos, la convención que elimina toda forma de discriminación contra la mujer. Art. 75 inc. 23 establece la necesidad de legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y por los Tratados Internacionales vigentes sobre derechos
humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.

22 Versión actualizada de la categoría ?WASP? (white, anglo-saxon, protestant), acrónimo inglés que definiría a la etnia blanca americana. En América Latina reemplazaríamos protestante por católico dado que es la creencia predominante.

23 Wikipedia. Afirmamos que es la más consensuada en la medida en que se trata de una enciclopedia elaborada por participantes de todo el mundo y que recibe millones de aportes por mes. Las definiciones que propone son el resultado de millones de aportes anónimos.

24 Carretón, Aldo (2009) citando a Garretón, Manuel: ?The socio-political matrix and economic development in Chile?. Discussion Paper Series Number Fifteen. An Manchester IPPG Programme Office,School of Environment and Development, Univwersity of Manchester. Traducción propia.

25 Rubin, Gayle, ?El tráfico de las mujeres? en Nueva antropología. Estudios sobre la mujer: problemas teóricos, p. 36.

26 García Ramón, M. d.: ?La división sexual del trabajo y el enfoque de género en el estudio de la agricultura de los países desarrollados?. Departament de Geogorafía, Universitat Autónoma de Barcelona. Agricultura y Sociedad Nª 55 (abril-Junio 1990).

27 Aguirre, Rosario. Pobreza con perspectiva de género: Desafíos conceptuales y metodológicos. Transformaciones familiares y empobrecimiento femenino. Conferencia Estadística de las Américas CEPAL DANE Bogotá, 21 y 22 de abril de 2008. Reunión de especialistas sobre la medición de la pobreza.

28 Informe Regional ?Objetivos de desarrollo del Milenio 2006: una mirada a la igualdad entre los sexos y la autonomía de la mujer?. Informe Coordinado por CEPAL, con la colaboración de UNESCO, OPS, UNFPA y UNIFEM. www.cepal.org
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*Las mujeres y el Bicentenario / coordinado por María Silvia Varg. 1a ed. – Salta : Mundo Gráfico Salta Editorial, 2010.

IMAGEN: sinmujeresnoesdemocracia.files.wordpress.com/…