Preocupa que Corsi vuelva a ejercer como psicólogo

La Federación de Psicólogos de la República Argentina expresó a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos su preocupación por la liberación del psicólogo Jorge Corsi, quien reconociendo el delito de abuso de niños fue condenado en un juicio abreviado.

En este sentido, Pilar Vendrell manifestó que en estas personas «su temor es ir preso». «Ellos no sienten culpa», aseveró, con lo cual sostiene la alta reincidencia que existe en quienes cometen estos delitos.

Siguiendo la misma línea, la psicóloga citó las declaraciones que Corsi hiciera hace años a Perfil, manifestando en esa oportunidad que la pedofilia no era un delito y que en los años venideros seguramente sería reconocida como una orientación sexual más. Sobre esto último, Vendrell advirtió que nadie le inició una causa por apología al delito.

«Jorge es un eslabón más con un desprestigio para los psicólogos muy fuerte», consideró.
Vendrell explicó que dada esta situación, han solicitado que el Ministerio de Salud realice la gestión pertinente para cancelar la matrícula a Jorge Corsi, y que este pedido va a realizarse en cada uno de los colegios del país.

«No hay medida legal para esto y lo único que se puede hacer es apelar al Tribunal de Ética», agregó, ya que la condena no tenía accesorias y por ende es dificil hacerlo desde el punto de vista legal.

Cabe recordar que el psicólogo Jorge Corsi  se presentaba como especialista en prevención de la violencia de género.

El documento que emitió la Federación de Psicólogos refiere que para  el ejercicio de esta profesión se jura cumplir con un Código de ética «que exige una práctica respeto por los derechos y la dignidad de las personas, por lo cual los psicólogos se comprometen a hacer propios los principios establecidos por  la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Además, la  Ley 23277 de Ejercicio Profesional de la Psicología en su Título III , art.6 nos dice que no podrán ejercer la profesión:…los condenados por delitos contra las personas, el honor, la libertad, la salud pública o la fe pública, hasta el transcurso de un tiempo igual al de la condena, que en ningún caso podrá ser menor de dos años».