Organizaciones de Mujeres solicitan derogación del avenimiento

En el marco del Día Internacional de la Mujer y dentro de las acciones de exigibilidad que durante todo el año llevan a cabo mujeres de distintas organizaciones, se denunció la figura del avenimiento del Código Penal y se solicitó su inmediata derogación.

Las Lic. Violeta Carrique y María Julia Palacios de la Comisión de la Mujer de la UNSa, Lic. Alicia Ramos representante Consavig Salta Comisión Nacional para la Elaboración de Sanciones Contra la Violencia de Género, Marta César y Prof. Marisa Vázquez, de la RED PAR (Periodistas de Argentina en Red por una Comunicación No Sexista); Prof. Myriam Pinto por la Multisectorial de Mujeres de Salta; Dra. Gabriela Gaspar, representante de CLADEM en Salta (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer) y Marcela Vinciguerra del Observatorio para la promoción de Derechos de la Diversidad Sexual, mantuvieron distintas reuniones con legisladores/as provinciales e integrantes del Concejo Deliberante de Salta a fin de solicitar el pronunciamiento de la Cámara de Diputados ,Cámara de Senadores y Concejo Deliberante de Salta, a favor de la derogación de la figura del avenimiento de nuestro Código Penal.

Las referentes de las organizaciones de mujeres explicaron ante los/as integrantes de los distintos organismos, conceptos vertidos previamente en la denuncia ante la Delegación INADI Salta? el art. 132 del Código penal introduce en nuestra legislación la figura del avenimiento, en virtud de la cual la mujer mayor de dieciséis años, víctima de un delito contra su integridad sexual, podrá proponer al juez de la causa un avenimiento con el imputado. Esto es, el juez o Tribunal podrá excepcionalmente aceptar una propuesta de tales características que haya sido ? libremente? formulada por la víctima y en condiciones de plena igualdad, cuando, en consideración a la especial y comprobada relación afectiva preexistente, considere que es un modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima?

Lo que determina claramente esta disposición es la extinción de la acción penal Por lo tanto ?garantiza la impunidad de los delitos contra la integridad sexual de mujeres mayores de 16 años, en contradicción con los estándares que, en materia de violencia de género rigen en nuestro país; que la figura del avenimiento por otra parte reproduce y legitima a través de la legalidad los mecanismos institucionales de revictimización de las mujeres y expone la integridad física y psíquica de aquellas.?

Diputados/as, senadores, se comprometieron a tratar el proyecto de declaración, solicitando a legisladores/as nacionales se derogue la figura del avenimiento de manera inmediata apenas se abra el período de sesiones ordinarias después de la Asamblea Legislativa del 1ª de Abril del corriente año. Manifestaron su voluntad de trabajar en proyectos que tiendan a resguardar los derechos de las mujeres y realizar desde la Legislatura todos los esfuerzos posibles en la construcción de una sociedad equitativa.

El Concejo Deliberante por la derogación del avenimiento

El Concejo Deliberante de la ciudad de Salta en su sesión habitual de los días miércoles, aprobó por unanimidad el proyecto de declaración donde se solicita la derogación de la figura del avenimiento del Código Penal.

Entre los considerandos se menciona que? es intención de este Concejo Deliberante marcar una posición ante esta situación en debate, la figura del avenimiento debe ser derogada de nuestro Código Penal y el Estado debe profundizar políticas públicas de protección de víctimas de violencia? Se subrayó la importancia de todos los tratados internacionales con rango constitucional y normas nacionales como la Ley 26485 y el Decreto 1011/10 que ? establecen la obligatoriedad del Estado de garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres, el respeto por su dignidad y su integridad física, y a las víctimas de violencia otorgarle un trato respetuoso, evitando toda conducta, acto u omisión que produzca revictimización

Verónica Spaventa: ? no es la única reivindicación, pero entendemos que es urgente?

En declaraciones a este medio, la titular del INADI Delegación Salta, doctora Verónica Spaventa afirmó que ?la figura del avenimiento es una extraña continuidad en materia de género de aquella reforma que tuvo el Código Penal en la década de los noventa cuando se sustituye los ?delitos contra el honor? que precisamente lo que preservaban era el honor de los varones por el título que tiene hoy ? delitos contra la integridad sexual ?básicamente de las mujeres porque son ellas las que son las víctimas de este tipo de delito?

Spaventa subrayó que no existen institutos equivalentes como el avenimiento respecto de delitos en sede penal,? porque no hay una figura que nos permita decir que perdonamos a quienes nos ha estafado o nos ha robado el auto porque nos vamos a casar con esa persona. Es como una extraña isla que ha quedado inmersa dentro de una reforma que tenía un espíritu distinto que era precisamente sacar el Código de un paradigma terriblemente patriarcal y machista y reubicarlo dentro de los estándares que rigen en nuestro país y a nivel internacional respecto a los derechos de las mujeres?

?No es la única reivindicación pero entendemos que es urgente ? expresó la titular del

INADI -Además de ser ilegal porque contraviene tratados internacionales que nuestro país ha suscripto, la ley 26485 prohíbe todo tipo de mediación o conciliación en caso de violencia contra la mujer, además de eso es injusto, es parte de una supuesta y perversa igualdad entre un victimario y una víctima?

FOTO: nohuboderecho.blogspot.com