La Sala III del Tribunal de Impugnación no hizo lugar al recurso de casación de la defensa de R.A.Y. y confirmaron la condena que le fuera impuesta de ocho años y seis meses de prisión efectiva por resultar autor penal y materialmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración agravado por la convivencia y la guarda.
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La Otra Voz Digital Directora Marta César