?Este cuerpo es mío?

?Este cuerpo es mío?. Esta afirmación denota y connota una serie tal vez indefinida de relaciones con las/os otras/os, y a su vez con una/o misma/o. Dentro de esas relaciones aparecen acuerdos y desacuerdos, contradicciones, encuentros y desencuentros.

La magnitud de la afirmación misma, confronta, arremete, golpea, desnuda, tanto cuerpos como ideas que se han construido dentro de esta sociedad.

También se puede decir que es sólo una idea, una afirmación tan sencilla y clara a la vista de todas/os; porque decirlo es visibilizar algo que está, simplemente, ¿de quién más puede ser el cuerpo sino de quién la/lo porta?

Este cuerpo es mío.

Es así que quiero iniciar una serie de ideas en relación con las prácticas que se construyen, deconstruyen y destruyen alrededor de esta afirmación tan cuestionada.

Ideas que giran en torno a nuestros derechos sexuales y reproductivos, a nuestra sexualidad; al abuso sexual, a la violación y también en relación a la violencia hacia las mujeres.

Hasta dónde puedo -a pesar de las declaraciones vigentes- , decidir si tener hijos o no, abortar o parir. Si deseo y/o decido parir cumplo con un mandato social y cultural, también ideológico, que es ser madre; si quiero ser madre me voy a realizar como mujer, voy a sentirme plena y completa. Si elijo ser madre soy bienvenida, en cambio si decido abortar o interrumpir mi embarazo soy cuestionada y rechazada.

Este cuerpo deja de ser mío en el momento en que altero el orden, y pasa a ser parte de la opinión pública. El público, que está conformado por mujeres y hombres, por diversas voces que pertenecen a su vez a clases sociales, acusa, juzga, atropella, encarcela. Y esto no sólo a sucedido con las miles de mujeres que han abortado en la clandestinidad, las que han sobrevivido, las miles que han muerto, las que han sido judicializadas aún cuando estaban amparadas por el art. 86 del Código Penal, las que fueron violadas, abusadas e invisibilizadas por este estado.

Un caso ejemplar es el de Ana María Acevedo que este año cumpliría 22 años junto a sus tres hijo/as y a su familia. No sólo fueron las/os efectores del sistema de salud a donde ella acudió los que violaron sus derechos humanos, sino el sistema de salud, la justicia y todas las instituciones del estado, que no respondieron a sus demandas.

En el cuerpo de Romina Tejerina también ?falló? la justicia con una sentencia a 14 años de cárcel mientras que el violador aún sigue libre; en este caso el estado tampoco ha protegido los derechos que tiene como ciudadana.

En Salta, en el mes de febrero, una adolescente de 16 años fue abusada por cinco jóvenes mayores de edad, el médico que la revisó afirmó que tenía evidentes marcas debido a la violación anal y vaginal que le produjeron, aún así el abogado defensor de los varones afirmó ?y se publicó en los diarios locales- que lo sucedido había sido consentido por la menor. Se conoce este caso, como ?la chica del chat? porque a través de ese medio conoció a uno de los agresores, y fue quien la invito a su casa para conocerla personalmente.

En estos tres cuerpos hubo violencia y violación. ?La violencia contra la mujer es cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico»(1), la definición comprende todas las manifestaciones de violencia que se ejercen contra las mujeres en el ámbito privado y público, se refiere a la violación, maltrato, abuso sexual, acoso sexual, etc. La violencia de género se convierte en una de las más graves violaciones a los derechos de las mujeres y debe ser reconocida como una violación a los derechos humanos.

En el primero se violaron los derechos humanos básicos, como lo es el derecho a la salud, a ser asistida como sujeta de derecho, respetar un derecho significa que el Estado no puede violarlo por acción u omisión, por ej., negar la asistencia médica y negar un aborto terapéutico amparado en el código penal. Y proteger un derecho significa que el Estado debe habilitar los mecanismos necesarios para prevenir su violación por parte de terceros. Nada de esto sucedió con Ana María Acevedo.

En los otros dos hubo además abuso y violencia sexual, ?la violación sexual es pues fundamentalmente un ejercicio de poder de sometimiento de una persona sobre otra sin su consentimiento, es un ejercicio sexista y sexuado?.(2) Ambas terminaron siendo las responsables de las agresiones recibidas, fueron señaladas, sospechadas, culpabilizadas y revictimizadas por el entorno social.

Es necesario la inmediata libertad de Romina y una condena que castigue a su violador, pero también debe existir una condena al orden social que naturaliza el abuso, las violencias hacia las mujeres y las relaciones de poder ejercidas sobre ellas, no sólo por parte de los varones, sino también por parte de las instituciones adonde ellas acudieron y no tuvieron ningún tipo de respuesta.

Por otro lado, en relación a los derechos sexuales y reproductivos, al acceso por parte de las mujeres a los MAC, y a los abortos clandestinos que se practican miles de mujeres en condiciones de riesgo para su salud y su vida se ha realizado un relevamiento de los egresos por aborto durante el año 2007 en toda la provincia de Salta, y se han registrado 2292 egresos por aborto en los hospitales públicos.

Teniendo en cuenta que los hospitales públicos concentran el 70 % de atención de la salud y el 30 % restante se atiende en el sector privado, estos datos se mantienen en reserva y/o no se conocen. ?En el departamento Capital se encuentra más de la mitad de la población, sin embargo el departamento San Martín (norte de la provincia), lo aventaja en cantidad de egresos por aborto. En números se expresa lo siguiente en cada departamento: Anta 202, Cachi 34, Cafayate 36, Capital 695, Cerrillos 48, Chicoana 22, General Guemes 161, Gral. San Martín 790, Guachipas 6, Iruya 10, La Caldera 16, La Candelaria 10, La Poma 0, La Viña 13, Los Andes 15, Metán 107, Molinos 10, Orán 657, Rivadavia 71, Rosario de Lerma 61, Rosario de la Frontera 36, San Carlos 16, Santa Victoria 15, desconocido 31?.(3) Estos datos visibilizan una problemática y a su vez demandan la necesidad de la reglamentación de la Ley sobre Sexualidad Responsable que tiene la provincia, para que se destine un presupuesto, ya que el Programa Nacional de Salud Sexual se ha caído en nuestra provincia. No hay disponibles métodos anticonceptivos inyectables y es difícil el acceso a los otros MAC, lo cual significa que cientos de mujeres ya no están bajo programa.

Estos ejemplos muestran que una mujer decide y acude a un aborto cuando no pudo evitar un embarazo que no quería, y los anticonceptivos son la única forma para prevenir un embarazo no deseado, pero existe problemas en el acceso a los insumos. Durante este gobierno la salud sexual de las mujeres, no fue ni es un tema prioritario, los derechos que como ciudadanas tenemos, han sido plenamente avasallados.

Nuestros cuerpos ya no nos pertenecen cuando las condiciones materiales de existencia permiten que sean vulnerados. Cuando la capacidad de decisión y elección, acerca de la cantidad de hijos/as que queremos tener, del método que podemos usar, de la propia sexualidad, del embarazo y el parto en condiciones dignas, de la prevención de ITS, está mediada por la falta de poder que tienen las mujeres y la falta de recursos para sostener esas decisiones en condiciones seguras, es el Estado el que debe garantizar la información, el presupuesto, y que se cumplan los derechos sexuales y reproductivos para todas y todos.

Son diversas las razones por las cuales una mujer asiste a un centro de salud u hospital a solicitar un método anticonceptivo y/o la ligadura de trompas, en las consejerías que realizamos se manifestaron algunas de ellas, por ej. No pueden tener un hijo más, lo cual significaría un riesgo para su vida, sufren violencia conyugal, además de los maltratos les pueden provocar un embarazo por la violencia sexual ejercida por sus parejas, solamente quieren cuidarse y cuidar a los hijos que ya tienen, ya pasaron por la experiencia de un aborto clandestino y no quieren repetirla.

Desde esas razones se plantean las dificultades a las que se enfrentan las mujeres cuando demandan el derecho a la salud sexual en los servicios de salud. ¿Desde qué lugar las mujeres pueden y/o deben ejercer su derecho a informarse y a decidir que método anticonceptivo elegir? Es necesario decir que las condiciones de elección y decisión no son las mismas en todas las mujeres, el derecho a decidir sobre el propio cuerpo es una opción y un derecho personal.

Y acceder a los métodos anticonceptivos, a la ligadura de trompas y a un aborto legal es una necesidad, porque son las mujeres pobres quienes sufren o mueren por abortos realizados en la clandestinidad, la ilegalidad da lugar a prácticas diferenciadas según la condición socioeconómica de la mujer y la falta de información, mientras que la mujer mejor posicionada social y económicamente acude a un profesional, las más pobres acceden a procedimientos caseros y de baja calidad, lo cual hace que ponga en riesgo su salud y su vida.

Otra forma de expresar con los hechos la idea de la no pertenencia del propio cuerpo, se relaciona con las mujeres, su propia salud y la salud de la familia, es un mandato social hacerse cargo de la salud de los otros, esto evidencia además ?ser para los/as otros/as y olvidarse de su propia salud. La mujer se encarga del cuidado y atención de los hijos/as, niños/as, ancianos/as, principalmente por ser mujer.

Las mujeres que asisten a los efectores de salud mencionados se encuentran por debajo de la línea de pobreza, y tienen sus necesidades básicas insatisfechas, no tienen los medios necesarios para criar a sus hijos y no gozan de los derechos a una vivienda digna, a educación, trabajo ni salud, son las que dependen totalmente de la cobertura de salud pública, ya sea en la salita del barrio o villa y/o del hospital.

El cuerpo, los cuerpos, se han convertido en un espacio de lucha y de debate, en el que todos/as opinan, escriben, deciden de acuerdo a las necesidades de la natalidad, de la reproducción, de la imagen, de la oferta y de la demanda. Pero ¿quién pregunta a las mujeres sobre sus cuerpos, sus deseos, fantasías, su sexualidad, y sus placeres?

Nuestros cuerpos han sido expropiados, a través de la expropiación del derecho a decidir sobre ellos, esto ha sido así desde nuestra socialización primaria, desde normas, reglas, modelos culturales y de control social que nos decían como vestir, hablar, jugar, etc.

Se podría decir que son varias las formas de expropiación del cuerpo de las mujeres en manos del patriarcado, una de ellas es la transformación del cuerpo en objeto, en cosa, intercambiable para uso sexual, comercial, laboral, etc., al ser un cuerpo para los/as otros/as, las mujeres pierden su protagonismo y quedan sujetas a los poderes de los hombres y de las instituciones. Otra es postulando al cuerpo de las mujeres sólo por su capacidad reproductiva, aquí también se presenta otro mandato social, la maternidad como un legado que la sociedad le ha depositado a la mujer.

Además de la expropiación del cuerpo, las mujeres sufren una doble opresión, de género por ser mujeres y de clase por ser parte del pueblo, son víctimas de acoso, abuso sexual, violaciones y violencia, cada vez más avanza la prostitución, la trata de mujeres y niñas/os, y la pornografía. Las trabajadoras no tienen igual salario por igual trabajo, ni las mismas oportunidades que los varones y cumplen una doble jornada, fuera y dentro del hogar; consiguieron a lo largo de la historia los derechos civiles, el voto, el divorcio, la igualdad de los hijos/as ante la ley, la patria potestad, las leyes de salud sexual y violencia, pero aún hoy la mujer no puede decidir libremente sobre su maternidad, la interrupción del embarazo está penado por la ley y las prácticas de anticoncepción quirúrgicas no se cumplen en todos los casos.

La violencia hacia las mujeres es una violación a los derechos humanos, se violan esos derechos por los actos de violencia y por la falta de acciones para impedirla. ?La defensa de los derechos de las mujeres nos posicione en los territorios de las políticas regulados por las éticas y las responsabilidades morales, es decir, ajenas a la neutralidad?(4). El estado debería tomar decisiones, políticas públicas de amparo, prevención, asistencia, de visibilización de la violencia, con diferentes recursos que hagan posible la puesta en práctica de acciones concretas, la obligación del estado está planteada por los acuerdos internacionales firmados por la Argentina, nacionales y regionales.

El lugar de la salud, que debiera estar garantizado en todas sus formas desde el estado, se convierte en otro de los ámbitos donde actúa la violencia de género, ya que las mujeres acceden desigualmente a los recursos básicos de salud y experimentan limitaciones para decidir sobre su vida sexual y reproductiva. Los recursos humanos que pertenecen al sector salud, así como los de la justicia y la educación, lugares concurridos por las mujeres que solicitan algún tipo de ayuda, están cargados de mitos, prejuicios, estereotipos, preconceptos acerca de las mujeres, es por ello que cuando una mujer acude desangrada al hospital es maltratada y denunciada antes de ser atendida. Lo mismo ocurre cuando una mujer denuncia una violación, antes de ser asistida se juzgan los pormenores y los detalles en que ocurrió el hecho: la edad, el vestido, el lugar, etc.

?Entre las consecuencias directas de la violencia hacia las mujeres, se encuentran la muerte, las lesiones físicas, los problemas de salud reproductiva, las enfermedades de transmisión sexual, incluido el SIDA, los embarazos no deseados, el aborto, la depresión y el suicidio.?(5)

Es así que la violencia afecta directamente los cuerpos y la vida de miles de mujeres, con cifras cada vez más alarmantes, y por la forma en que es ejercida sobre las mujeres, ya sea sexual, física y psicológicamente, tiene graves consecuencias en la salud de los/as hijos/as de las mujeres, en el ámbito familiar y social cercano a ellas.

Las mujeres tienen derecho a una vida libre de violencia, libre de prejuicios y estereotipos que se transforman en mandatos en relación a la apropiación de los cuerpos de ellas, mandatos que determinan tipos de comportamientos, prácticas sociales y culturales.

Los cuerpos de las mujeres deberían ser territorios soberanos, lugares que no van a soportar ningún tipo de apropiación y violación, amenazas ni abusos, discriminación, mucho menos la muerte.
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(1) Belém do Pará, 1994.

(2) Diccionario de estudios de género y feminismos. 2007.

(3) Informe Dra. Maria Antonia Casares, 2008. Programa Materno Infantil de Salta

(4) Eva Giverti, Prólogo en Tribunal por los DD de las Ms a la salud, pág. 3

(5) Informe de Amnistía Internacional: ?Muy tarde, muy poco.? Año 2008

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