Estado nacional y aborto

El Estado Nacional reconoce ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU que negar el aborto no punible es una violación a los Derechos Humanos de las mujeres.

Las organizaciones peticionantes ante el Comité de Derechos Humanos (CDH) de la ONU en el caso de violación a los derechos humanos de L.M.R., CLADEM- INSGENAR y Católicas por el Derecho a Decidir, fueron notificadas recientemente por este Comité que el Gobierno Nacional reconoce la violación del derecho a la salud, a la vida y a la intimidad en el caso sucedido en el año 2006 en Guernica, Provincia de Buenos Aires.

Si bien todavía el CDH de la ONU no ha emitido su dictamen acerca del caso LMR, la respuesta del Estado Argentino significa un importante avance.
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El Estado argentino en su respuesta al CDH, acompaña un dictamen emitido por la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación , en el que reconoce que se le habría impedido a la víctima acceder a la atención médica necesaria para preservar su salud, a través de la realización de un aborto. Que esta práctica médica no esta prohibida, por lo que debería haberse resuelto entre el médico y la paciente sin necesidad de judicialización.

La Secretaría de DDHH señala también, que puede concluirse que existió una interferencia ilegítima de parte de las instancias inferiores del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, ya que por aplicación del artículo 86 Inc. 2 del Código Penal la interrupción del embarazo no requiere autorización judicial, por lo que fueron violados los derechos reconocidos en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos: el derecho a la vida, la salud, a la intimidad. Por esto, reconoce que haber obligado a L.M.R. a recurrir al circuito clandestino para realizarse un aborto que la ley argentina permite, conculco su derecho a la salud y puso en riesgo su vida.

En la demanda presentada por las peticionarias ante el Comité, se señala que la violación de los derechos de LMR no era un hecho aislado, sino que demostraba un patrón de violaciones. Hoy estamos frente a otro caso, el de una niña de 12 años en la provincia de Mendoza, lo que demuestra una vez más que no se ha cesado en ese sentido y que los avances que se han producido en algunas provincias, no alcanzan para garantizar a todas las mujeres no ser revictimizadas y sometidas a procesos que violan sus derechos humanos básicos cuando recurren a la práctica de aborto contemplada en la legislación vigente.

El reconocimiento del Estado Argentino en el caso ante el CDH, debe ser acompañado de medidas claras para garantizar la no repetición de estas situaciones. Por esta misma razón es que las organizaciones peticionantes recurrieron a esta estrategia jurídica internacional, por que además de reparar a la victima del caso, es necesario garantizar que NUNCA MÁS se repitan las violaciones de este tipo a los derechos de las mujeres.

Por eso, las organizaciones peticionarias plantearon que el Estado argentino debe llevar adelante medidas para garantizar los derechos de las mujeres. La implementación a nivel nacional de la guía técnica de aborto no punible del Ministerio de Salud de la Nación , elevar a resolución ministerial la citada guía, y la reglamentación por LEY NACIONAL de la aplicación de los casos de aborto previstos por la Ley penal vigente, entre otras, son medidas que deben tomarse ya para evitar la vulneración de los derechos de las mujeres de nuestro país.

Contacto: INSGENAR, CDD (Católicas por el Derecho al Decidir), CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer ).

Teléfonos de Contacto: Estela Díaz 0221- 156 005210 ; Marta Alanís: 0351- 155 6499 81; Silvia Juliá 155649984 ; Susana Chiarotti Boero 0341- 155 860766; Edurne Cárdenas 011- 155 8626812; Cristina Zurutuza 011- 155 99 10819