El Tribunal Oral en lo Criminal 9 de la Capital Federal dará a conocer su veredicto en el juicio por el crimen de la chica de 16 años que hace dos años fue asesinada y arrojada a la basura en el barrio porteño de Palermo, y definirá si condena o absuelve al único imputado, el portero Jorge Néstor Mangeri.
La audiencia de hoy se iniciará a las 9.30 en la oficina 6108 del sexto piso del Palacio de Tribunales en la calle Talcahuano 550, pero estará dividida en tres instancias y contará con la transmisión en vivo del Centro de Información Judicial (CIJ), a través de su página web www.cij.gov.ar.
Primero, el abogado defensor, Adrián Tenca, hará las dúplicas de las réplicas que la semana pasada realizaron la querella y la fiscalía.
Luego, el propio Mangeri (47) tendrá la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras antes de que se dé a conocer su fallo.
Los jueces Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero, Jorge Gettas y Rafael Oliden -el cuarto magistrado designado como suplente pero que estuvo presente todo el debate-, harán un cuarto intermedio y pasarán a deliberar.
Por la tarde -podría ser a las 17-, el TOC 9 finalmente dará a conocer su veredicto y, en caso de ser condenatorio, la sentencia.
El tribunal sólo leerá la parte resolutiva del fallo y los fundamentos recién serán difundidos luego de la feria judicial de invierno.
El juicio empezó el 18 de febrero, tuvo 22 audiencias, desfilaron más de 120 testigos, hubo dos inspecciones oculares -una en el edificio de Ravignani 2360 donde vivían víctima e imputado y otra en la planta de la Ceamse de José León Suárez donde se halló el cadáver-, y tuvo cuatro jornadas de alegatos y réplicas.
Tanto los fiscales Fernando Fiszer y Sandro Abraldes, como el abogado querellante, Pablo Lanusse, solicitaron para Mangeri la misma pena: prisión perpetua, pero con diferentes calificaciones.
Para la fiscalía, Mangeri cometió un “abuso sexual seguido de muerte en concurso ideal con femicidio”, mientras que para la querella, debe ser condenado por “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa y del que resultara un grave daño para su salud en concurso real con homicidio agravado criminis causa para ocultar un delito precedente y para procurar su impunidad, todo en concurso ideal con femicidio».
La defensa, en cambio, pidió la absolución del portero al considerar que es “inocente” y que “se direccionó la prueba” para hacer “un traje a la medida de Mangeri”, y planteó tres nulidades.
En primer lugar, Tenca solicitó que se declare nula la revisión médica a la que el portero fue sometido en la fiscalía antes de quedar preso y los actos procesales posteriores; luego, pidió la nulidad de todos los estudios de ADN al considerar que hubo contaminación y, por último, los alegatos de la fiscalía y la querella por considerar que en las acusaciones no están detalladas las circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Si el TOC 9 le da la razón a los acusadores y aplica la figura del “femicidio” -contemplada en el artículo 80 inciso 11 del Código Penal para los homicidios cometidos contra mujeres cuando mediare «violencia de género”-, el crimen de Ángeles se convertirá en un típico caso en el que no influye la inexistencia de una relación previa.
Tanto para Lanusse como para los fiscales, Mangeri “cosificó” a Ángeles cuando inició su ataque sexual, la asesinó y la desechó a la basura y en todo su accionar hubo un claro designio de “violencia de género”.
Mangeri declaró en el juicio dos veces. En la primera, el 25 de febrero, dijo que era “inocente” que él no había asesinado a Ángeles, que nunca sintió atracción sexual por ella y denunció que sufrió tres “aprietes” policiales para que se hiciera cargo del crimen.
En la segunda, el 15 de abril, Mangeri pidió ampliar su declaración al ver ingresar en la sala de debate al subcomisario Martín De Cristóbal, de la División Homicidios de la Policía Federal, y denunciarlo como el policía que presuntamente lo presionó en la fiscalía para que se autoincrimine.
Tanto la fiscalía como la querella dieron por probado que a las 9.50 del 10 de junio de 2013, Ángeles regresaba de su clase de gimnasia a su casa en Ravignani 2360 y fue abordada en el hall del edificio.
Los acusadores sostuvieron que, con algún engaño, el portero llevó a Ángeles a algún sitio -para la fiscalía podría ser el sótano y para la querella la portería del octavo piso-, y allí inició un ataque sexual que, por la resistencia de la víctima, terminó en homicidio.
Una junta médica determinó que Ángeles fue estrangulada y sofocada en una maniobra que no duró más de cinco minutos y que, durante el ataque, su asesino le fracturó cinco costillas, la clavícula derecha y una vértebra.
Para los acusadores, Ángeles se defendió de ese ataque y le provocó a Mangeri más de 20 lesiones compatibles con arañazos.
La prueba clave de la causa es el cotejo de ADN que determinó que debajo de la uña del dedo índice de la mano derecha de Ángeles se halló el perfil genético de Mangeri, lo que confirmaría que la joven llegó a rasguñar al portero en un intento de defensa.
Siempre según lo reconstruido por los acusadores, Mangeri dejó el cadáver de Ángeles boca arriba durante algunas horas hasta que lo ató y acondicionó dentro de bolsas de residuos para luego desecharlo e introducirlo al circuito de la basura, razón por la que al día siguiente fue hallado en la planta de reciclaje de la Ceamse de José León Suárez.
Imagen : www.sitioandino.com