La nueva ley promulgada especifica que no será aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional. Fue publicado en el Boletín Oficial.
Imagen : El Destape
El Gobierno promulgó la ley sancionada por el Senado nacional que excluye de la aplicación de la ley del denominado 2×1, a condenados por delitos de lesa humanidad. Así lo señala el Boletín Oficial de este viernes con la publicación del decreto 329/2017 que reglamenta la misiva.
El Congreso convirtió en ley la normativa que limita la aplicación del cómputo de pena de dos años por uno para los autores de delitos de lesa humanidad, tras la controversia generada por el fallo de la Corte Suprema de Justicia que generó una masiva marcha a Plaza de Mayo convocada por los organismos de derechos humanos.Con esta nueva ley, el artículo 7º de la 24.390 —derogada— no será aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional.
Para los otros casos, se aclara que el cómputo de las penas establecido en su oportunidad será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley, es decir entre el 21 de noviembre de 1994y el 30 de mayo de 2001.Ocho días después del polémico fallo, el Presidente manifestó su satisfacción por la «celeridad del Congreso en resolver el vacío legal» que había dejado el kirchnerismo en torno a esta cuestión.
«Felicito al Congreso por la celeridad en resolver el vacío legal que había dejado esta desafortunada ley«, afirmó el mandatario y advirtió: «Siempre estoy en contra» de estos beneficios «y más para delitos de lesa humanidad».Represores como Alfredo Astiz y Miguel Etchecolatz pudieron haber quedado en libertad si se beneficiaban con el 2×1 que el pasado 3 de mayo la Corte Suprema de Justicia decidió que era aplicable en el caso de Luis Muiña, un ex represor.
Muiña es un civil que fue detenido en 2007 y condenado en 2011 a 13 años de prisión por haber participado de un grupo paramilitar que torturó a personas en 1976, durante la última dictadura cívico militar.