La Corte de Justicia de Salta confirmó la condena impuesta por la ex Cámara en lo Criminal de Tartagal contra Juan Carlos Alancay, condenado a doce años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, en concurso real.
La defensa del hombre invocaba en su recurso de casación una supuesta contradicción e incoherencia de las testimoniales y pedía, en consecuencia, la aplicación del principio de la duda.
Los jueces de la Corte recordaron que en materia de delitos contra la integridad sexual cometidos contra personas menores de edad, “normalmente existen serias dificultades para desentrañar lo verdaderamente ocurrido, pues es una característica del ofensor actuar con sigilo, bajo amenazas y a hurtadillas, precisamente para no ser descubierto”.
Y puntualizaron que “las conductas atribuidas al acusado respecto de ambas menores han sido objeto de oportuna acusación, prueba, defensa y sentencia, habiéndose observado durante el proceso el principio de congruencia”.
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