Diputad@s no trató el proyecto de ley sobre el ?Registro de Defensa de la Integridad Sexual»

Pese a figurar en el acta de labor parlamentaria del martes 1 de junio en la Cámara de Diputad@s de Salta, l@s legisladores decidieron que el proyecto de ley sobre el ?Registro de Defensa de la Integridad Sexual» (REDIS), de autoría de Pedro Sández, vuelva a las comisiones de Justicia y de Legislación General.

La iniciativa apunta a la creación de un Registro Especial, en el ámbito de la Corte de Justicia de la provincia de Salta, a través del cual, mediando orden judicial, se integrará con los datos personales, físicos, fecha de condena, pena recibida y demás antecedentes procesales valorativos de su historial delictivo, de los condenados por delitos tipificados en el Libro II, Título III (Delitos contra la Integridad Sexual), Capítulos II, III y IV del Código Penal, complementándose allí, con las correspondientes fotografías y registros de ADN, conforme lo establece en su Artículo 4º.

El proyecto explica que la caducidad de las registraciones se producirá conforme al Artículo 51 del Código Penal.

Se menciona además en la redacción de la iniciativa que la información que se halle en la base de datos mantendrá el caracter de «secreta y solamente se encontrará disponible para los fiscales y los jueces, en relación con las causas que se encuentren investigando».

También se deja en claro que los datos que se mencionan en el artículo 1º se actualizarán de manera permanente y que corresponderá al Patronato de Liberados, o la dependencia que cumpla con sus funciones en las provincias, verificar e informar con fines de actualización cualquier modificación de los datos consignados.

Asimismo, se deja constancia que la autoridad de aplicación, por intermedio de quien se designe, «deberá verificar bimestralmente, sin previo aviso, el domicilio de residencia del condenado», siendo necesario que el condenado preste su colaboración «para actualizar los datos que tuvieran modificaciones».

La probable norma establece además que cada 30 días, la persona imputada por tales delitos debe «recurrir a la Policía para informar que está viviendo en la zona y para constatar el lugar de trabajo. Si el sujeto no lo cumple, se lo tomará como una falta a la Justicia por lo que la Policía deberá informar en un plazo razonable a la misma la que determinará su situación».

Debe señalarse además que como punto sobresaliente se menciona que es «obligación del Estado brindar asistencia a las víctimas de delitos sexuales, acceso a tratamientos psicológicos, y a promover en las escuelas públicas y privadas campañas de prevención de este tipo de conductas».

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