Salta. Alejandra Aldana Leyseca es ahijada del ex gobernador de Salta, Juan Carlos Romero

Crimen de Sabrina Berton: el Tribunal de Impugnación confirmó la sentencia

La Sala III del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia de la Sala V del Tribunal de Juicio condenando a Aldana Leyseca como responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual. Condenaron los jueces del Tribunal de Impugnación a Leyseca al pago de 800 mil pesos a la actora civil Roxana Belbruno, por todo concepto y en carácter de reparación integral, con los intereses desde el día del hecho y hasta su pago.berton aldana

Los jueces Pablo Mariño y Rubén Arias Nallar, vocales de la Sala III del Tribunal de Impugnacióndeclararon mal concedido el recurso interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal y no hicieron lugar a la casación planteada por la defensa técnica en la cuestión penal.

Tras el dictado de la sentencia en setiembre del año anterior la Fiscalía pidió en un escrito de una carilla la inmediata privación de la libertad ambulatoria para Leyseca, a lo que el Tribunal respondió que “es palpable que ésta, no logró demostrar concreta y acabadamente qué perjuicios de imposible reparación posterior le ocasionó la resolución cuestionada”.

Y citaron lo  contemplado en el artículo 18 de la Constitución Nacional al sostener que “la pretensión de la Fiscalía de ejecutar de modo inmediato una decisión no firme resulta incompatible con el estado de inocencia que tiene toda persona sometida a proceso mientras una sentencia firme no establezca legalmente su culpabilidad”.

Respecto de la ampliación de la acusación fiscal producida en la instancia de juicio oral, los jueces del Tribunal de Impugnación recordaron que luego de abierto el plenario y una vez leída la acusación, el Fiscal modificó la calificación legal sustentado en el informe pericial del CIF. “Efectuada la respectiva intimación al imputado, tanto la prueba, como la discusión y la sentencia, podrán versar sobre los elementos de convicción contenidos en la ampliación, sin que se vea afectarse la correlación entre la acusación y la sentencia”, apuntaron los jueces.

«Del acta que instrumenta el debate surge claramente que luego de la solicitud fiscal de ampliación del requerimiento de elevación a juicio, el tribunal mantuvo la garantía del contradictorio al punto que la defensa tuvo la oportunidad –como efectivamente sucedió- de actualizar su derecho de oponerse a la petición de la fiscalía”, señalaron.

En esta línea recordaron lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el sentido que “la casación no tiene por objeto corregir pronunciamientos que el impugnante considere equivocados, según su divergencia con la interpretación asignada por los jueces a los hechos y leyes comunes, sino que requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso o una decisiva ausencia de fundamentación” y dijeron que la conclusión incriminante del fallo «se encuentra debidamente sustentada en los diversos elementos probatorios analizados”.

Recordaron asimismo que el Tribunal de Juicio reconstruyó los hechos a partir del bagaje probatorio incorporado a lo largo de más de siete años de investigación. “El motivo que tuvo la condenada para efectuar la acción típica de homicidio no surgió del debate, sin embargo, el desconocimiento de ello no genera la posibilidad de desechar la autoría”, apuntaron.

Sobre la accidentalidad del disparo los jueces dijeron que “el disparo no deseado está originado en desperfectos mecánicos físicos, independientes del tirador” entonces afirmaron que “el (disparo) que provocó la muerte de Berton, no reviste la característica de accidental.”

Los jueces Mariño y Arias Nallar fueron respondiendo uno a uno los agravios intentados por la defensa técnica de la condenada y dijeron que “de la evidencia directa e indiciaria colectada emerge con certeza que Alejandra Aldana Leyseca empuñó el arma de fuego apuntando el cañón directamente a la cabeza de Sabrina Lucía Berton. De tal aseveración se desprende con transparencia que la representación (el conocimiento, la probabilidad) del poder de producir un efecto dañoso de un arma de fuego es obvia para una persona de dieciocho años de edad –capaz intelectualmente-, como así también lo es que la cabeza es zona vital del cuerpo humano” recordando que quien «produce un resultado delictivo siendo consciente del riesgo de producirlo, obra con dolo respecto de ese resultado”.

Los hechos

Sabrina Berton murió baleada en la cabeza hace siete 8 en la capital salteña, en la previa de un partido entre Central Norte y Gimnasia y Tiro

Sabrina había comenzado una relación con un chico que integraba la Banda del Camión, un grupo de chicos del barrio que seguía al equipo de Central Norte para todos lados.
El 14 de marzo de 2008 , su madre Roxana Belbruno llevó en auto a Sabrina hasta las inmediaciones del estadio, donde la chica se encontraría con sus amigos para hacer la previa del clásico entre Central Norte y Gimnasia y Tiro. Era la primera vez que iba a ver un partido de fútbol. En las últimas fotos donde aún se la ve con vida, está agitando una bandera de Central Norte al lado de quien sería su asesina.
El paso de la caravana de hinchas por las calles de Salta no fue silencioso, no sólo por los cánticos, sino por los disparos que iban tirando al aire. La policía, como suele suceder en estos casos, permaneció ausente. La algarabía cambió de un momento a otro cuando el grupo pasó  por Avenida Belgrano y 25 de Mayo donde  se escuchó el último estruendo de una pistola calibre 22 que llevaban los hinchas. Sabrina se desplomó: un balazo había impactado en su cabeza.
La víctima ingresó de urgencia en una clínica privada situada a pocos metros de donde ocurrió el hecho. Algunos amigos de Sabrina presionaron a los médicos para que priorizaran su atención, pero las chances de sobrevida eran nulas y murió. Mientras tanto, el grueso de la banda ya estaba apostada en el estadio, incluida Leyseca. «Esto demuestra que ella no era parte de la barra», sostuvo en más de una oportunidad ,Roxana Belbruno madre de Sabrina
Unas siete horas después del clásico, la principal sospechosa y otros cuatro integrantes de la Banda del Camión fueron detenidos: Ignacio «Nacho» Agüero, Juan Ignacio «Juanchi» Córdoba, Roberto «Tito» Fuentes y Daniel «Chueco» Burgos. Un mes y medio después, el juez Esteban Debois cambió la carátula de la causa de homicidio simple a culposo y todos los imputados fueron liberados.
A los pocos días del crimen, Belbruno abrió la página web <www.metrofolg/sabrina143> donde relataba las novedades del caso y canalizaba su angustia. Allí comenzó a recibir mensajes anónimos que la fueron acercando a la verdad, como uno que detallaba que la pistola 22, que no había sido hallada, ya estaba en poder de la justicia. Según el dato, al otro día del crimen, el 15 de marzo, el arma había sido utilizada en el robo a un remisero y había sido secuestrada.
La fiscal María Inés Loyola solicitó peritar la pistola a los pocos meses del homicidio, pero el juez Dubois lo impidió por todos los medios. Las pruebas fueron realizadas recién en 2012 por el entonces recién creado Cuerpo de Investigaciones Fiscales. Los resultados fueron positivos.
Dubois, que se apartó de la causa en 2013, intentó imponer que se trató de un accidente. Sin embargo, «se apoyó en su propia imaginación y no en pruebas concretas que indicaban todo lo contrario», afirmó Belbruno en una entrevista a Tiempo Argentino, quien por sus propios medios reconstruyó lo que la justicia hasta entonces no podía. «Mi hija y el noviecito se conocieron en un boliche, aunque eran todos chicos del barrio. Leyseca era muy amiga de este muchacho y nunca habría aceptado la relación. Creo que le tenía celos a mi hija», aseveró.
«Cuando la barra atravesó el centro de la ciudad, el novio de Leyseca, que llevaba el arma, se la da a ella para que la guarde por si la policía los revisaba. Ahí fue cuando ella se desquitó con mi hija. Le apuntó y la mató», indicó la mamá de Sabrina.

 

Imagen : Tiempo Argentino