Restricción del derecho a huelga

Crece el rechazo al fallo de la Corte que restringe el derecho a huelga

El máximo tribunal dictaminó que sólo son legítimas las huelgas promovidas por sindicatos. Trabajadores informales desprotegidos. Para Recalde se benefician Gobierno y empresarios.lorenzetti huelga

El polémico fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que dictaminó que únicamente las “asociaciones sindicales” tienen el derecho de impulsar huelgas, excluyendo a los trabajadores de base, ha comenzado a levantar voces de malestar en diversos sectores. Así, el titular de la bancada del FpV en Diputados,Héctor Recalde, consideró que esta sentencia «beneficia al Gobierno y a los empresarios» ya que «la mayoría de los integrantes» del Gabinete «son representantes de grandes» compañías y resaltó que el presidente Mauricio Macri«fue empresario toda la vida».

Asimismo, acerca de este fallo que desampara a cientos de miles de empleados informales y tercerizados sin representación sindical, el legislador recalcó: “No es una buena noticia para los trabajadores».

En tanto, la CTA Autónoma conducida por Pablo Micheli cuestionó mediante un comunicado: «El tribunal asimiló el concepto gremio de la Constitución Nacional al de sindicato, que parten de situaciones y construcciones históricas diferentes. Para la CTAA, un gremio es una simple reunión de trabajadores que, de forma colectiva, decide cómo organizarse y realizar medidas de acción directa, como una huelga. Un sindicato es una organización con simple inscripción en un registro especial».

De esta forma, se ejemplificó: “El 17 de octubre de 1945 la CGT convocó a un paro general para el 18 por la libertad del coronel Juan Perón. Los trabajadores sabían que la demora ponía en riesgo su vida. Desobedecieron a los sindicatos y a la central obrera y, de forma espontánea, un día antes abandonaron sus tareas y fueron hacia la Plaza de Mayo a reclamar por su líder».

Así, consideraron que, según el fallo de la Suprema Corte, aquella fecha fue «una huelga ilegal porque los trabajadores no tenían la titularidad del derecho de huelga» y lamentaron que se haya «abandonado» el reconocimiento de los derechos sindicales, subrayar que la decisión «le puso el guante al pedido de orden del gobierno y las patronales», por lo que «los trabajadores pasarán por arriba esos dictámenes».

EL CASO ORELLANO. Vale señalar que el máximo tribunal dictó este fallo en el marco de la causa “Orellano, Francisco Daniel c/Correo Oficial de la República Argentina S.A.». Francisco Orellano, quien en 2009 fue despedido (y luego reincorporado junto a 46 trabajadores del Correo) tras participar de medidas que no tenían una convocatoria formal sindical, sostuvo que había sido víctima de un trato discriminatorio prohibido por la ley y que su despido fue una injustificada represalia por su participación en medidas legítimas de “acción gremial”.

En su fallo, la Corte Suprema encabezada por Ricardo Lorenzetti rechazó ese argumento y advirtió que dichas medidas en las que participó el trabajador «en modo alguno podían considerarse legítimas».

 

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