Mar del Plata

Confirman la elevación a juicio de la causa que investiga la muerte de Lucía Perez

Así lo dictaminó el Juez de Garantías Nº 5, Gabriel Bombini, en un escrito en el que dispuso la medida del debate oral con el objetivo de “ventilar la totalidad de las hipótesis posibles”.

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Cuatro días después de cumplirse el primer aniversario de la muerte de Lucía Pérez, el Juez de Garantías Nº 5 Gabriel Bombini decidió elevar a juicio la causa que investiga lo acontecido en octubre de 2016 en un caso que tiene como imputados a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel.

Lo dictaminado por Bombini va en línea con lo solicitado por la fiscal María Isabel Sánchez, que mantuvo la imputación por abuso sexual agravado y femicidio contra los acusados. Según lo especificado por el magistrado, la determinación se tomó en base a tres hechos con el objetivo de “ventilar la totalidad de las hipótesis posibles”.

En primer lugar, Bombini llevará a juicio a Farías y Offidani por estimarlos presuntos coautores del hecho calificado provisionalmente como constitutivo del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad.

“Se ha considerado que existen distintas pruebas que los comprometen entre ellas el secuestro de cocaína y marihuana en el interior de la camioneta en que circulaban en la vía pública el día 9 de octubre de 2017, pericias químicas, distintos testimonios y comunicaciones por mensajes por vía telefónica sobre actos de comercialización. Por tanto, se rechazó el sobreseimiento solicitado por la defensa y el pedido de libertad, manteniéndose su detención por el delito que tiene una expectativa de pena de 6 a 20 años de prisión”, detalla Bombini al respecto.

En segunda instancia, el juez de Garantías quiere que se logre dilucidar el hecho de la muerte de Lucía en el debate oral y público a fin de “procurar generar puntos de consenso”. En ese sentido, cita de manera textual que esa “cuestión ha quedado con mayor grado de duda, principalmente a partir de las divergencias expresadas por los distintos peritos intervinientes sin que se haya realizado una junta médica en la que hubiera participado la totalidad de ellos”.

Respecto a los considerandos de ese hecho en particular, Bombini detalla en su escrito resolutivo: “Los peritos han expresado un mayor grado de consenso en establecer en relación a la causal de muerte.Por tanto, aparece como punto central para el debate determinar la responsabilidad penal que le cabe a quien habría resultado el proveedor de las sustancias -Farías- y a quien habría colaborado en esa acción -Offidani-. Fuera de otras hipótesis acusatorias más arriesgadas, esta parece resultar más relevante para determinar el incremento del riesgo respecto de la situación de la víctima, y la previsión y asunción indiferente de ese resultado por los acusados”.

Por último, Bombini especificó que Alejandro Alberto Maciel debe ser considerado presunto autor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por la gravedad de los hechos precedentes. “Tratándose de un encubrimiento de aquel hecho principal, las dudas antes referidas condicionarán la suerte de su acusación de acuerdo con lo que ocurra en el debate”, especificó el magistrado, que mantuvo vigente además la medida de morigeración otorgada semanas atrás sobre el imputado.