Salta

Confirman la condena a un hombre acusado de golpear a su pareja

La Corte de Justicia ratificó la condena impuesta por el Juzgado Correccional y de Garantías y de Menores de Segunda Nominación de Tartagal a un hombre, acusado por lesiones leves en perjuicio de su concubina.golpeador

La defensa del imputado interpuso recurso de casación aduciendo que el delito endilgado “es de instancia privada” y que en el fallo objetado existe “inobservancia en las pautas de razonabilidad en la formación de convicción”. Esgrimió además que “la supuesta denunciante manifestó que los vecinos llamaron a la policía y que le hicieron firmar la denuncia sin que pudiera leerla, destacando además que en nada se condice el acto relatado en la denuncia con el prestado posteriormente por la víctima y menos aún con el certificado médico”. Con estos fundamentos, la defensa solicitó la nulidad de la sentencia impugnada y la absolución de su representado.

La Corte desestimó estos argumentos y consideró que para determinar la existencia del ilícito, el tribunal de primera instancia “acudió a elementos objetivos que se vincularon conforme a la sana crítica racional, realizando una correcta subsunción a la norma penal de fondo”. Bajo esta valoración, el Alto Tribunal decidió no hacer lugar al recurso de casación presentado.

El imputado y su pareja se encontraban el 12 de octubre de 2012 en su vivienda y, a raíz de una discusión, el hombre le propinó a la mujer varios golpes que le produjeron diversas lesiones. “Las testimoniales del hombre y su concubina coinciden en relación a la discusión que tuvieron el día del hecho, y si bien en el debate ambos trataron de relativizar lo sucedido, las lesiones se encuentran acreditadas por el informe médico que fuera ratificado en la etapa de juicio”, repasaron los magistrados.

Respecto al argumento presentado por la defensa en relación a que la víctima declaró que le hicieron firmar la denuncia sin que la leyera, la Corte consideró que resulta adecuada la valoración del Juzgado Correccional y de Garantías al entender que “dicha afirmación lo es en razón de desvincular a su concubino de la causa, ya sea por temor o por ser éste el sustento del hogar, sin dejar de lado la circunstancia que la denuncia se encuentra suscripta por la víctima y que hubo consentimiento de las partes para la incorporación como prueba en el debate -instrumental e informativa- de las producidas en la presente causa”.

El pronunciamiento del Alto Tribunal subraya además que la mujer víctima de violencia “se siente ‘entrampada’ en su relación sin poder tomar decisiones que pongan fin a su injusta situación de sometimiento. Por ello es, que movida por el temor al agresor, muchas veces se arrepiente de la denuncia y pretende que los hechos acontecieron de una manera diferente a la primitivamente relatada”.

Por otro lado, la Corte sostuvo que “la violencia ha sido utilizada a través de los tiempos como un instrumento de dominio del fuerte sobre el débil, por lo que la violencia doméstica, en particular, ha dejado de verse como un problema privado a resolver en el seno de la propia familia, para ser considerado un problema que afecta a la sociedad en su conjunto”.

 Imagen : ntrzacatecas.com