Condenan a un canal de cable por acoso sexual

El Juzgado de Trabajo N° 2 condenó a DECOTEVE S.A. (Cable Express), a pagar la suma de pesos $20.000 peticionada en la demanda, más costas, por haber encontrado responsable al supervisor de dicha empresa, Federico Altamirano, de haber acosado sexualmente a una vendedora perteneciente a la misma firma, e incumplir de este modo con el deber de ?garantizar un ambiente laboral digno?, permitiendo así que se lesionen ?derechos personalísimos?.

Según lo expresa el fallo de Primera Instancia de la jueza Gloria Martearena, quedó probado que Federico Altamirano, quién aún brinda servicios a DECOTEVE, ?sometió a algunas vendedoras a acoso sexual, así como también a la actora, quién comentó en grupo lo que le estaba sucediendo, pero no tuvo respuesta positiva?, considerando asimismo, ?que la humillación sufrida por la actora debe ser indemnizada, haciendo de esta manera lugar a la indemnización por daño moral?.

Para el abogado laboralista Daniel Tort, quién representó a la actora, el trabajo de la misma no pasó del período de prueba, ?lisa y llanamente? porque no accedió a las pretensiones sexuales de Altamirano, señalando que durante el proceso judicial otras mujeres relataron haber sufrido estos tipos de abuso.

El letrado manifestó también, que esta clase de situaciones se viven permanentemente en Salta, donde el problema se agudiza aún más que en otros lados, en tanto las mujeres ?no quieren denunciar? por el descrédito que pueden llegar a sufrir, incluso dentro de su propio entorno, resaltando que parte de este mecanismo queda reflejado también en el sostenimiento que lleva adelante DECOTEVE S.A. al permitir que este hombre permanezca en su puesto de trabajo.

Un buen antecedente

Sin embargo, y pese a la forma corporativa con la que actúan las empresas en situaciones como esta, el fallo contra DECOTEVE S.A. es un antecedente para aquellas empleadas que hoy pueden estar viviendo una situación de esta magnitud, ya que deja constancia en los considerandos, de lo expresado por la parte actora, que en el proceso judicial, manifestó que desde el inicio de la relación laboral vivió situaciones de acoso que se sucedieron incluso desde la primera jornada de trabajo.

La sentencia, que aún no está firme, también da cuenta de que como represalia a la negativa de la mujer, Altamirano disminuyó la asignación de tareas, lo que derivó en el despido de la misma en junio de 2010.

El juicio, también permitió conocer que ante la comunicación de la empresa de la extinción del vínculo laboral, la damnificada renunció al plazo del preaviso, para no tener que seguir soportando el acoso del supervisor en cuestión, poniendo en consideración entonces, la situación denigrante que venía padeciendo sin encontrar una respuesta favorable de sus superiores.
El expediente que lleva el N° 27192/11, pone en evidencia además, que la empresa siempre negó lo acontecido, sosteniendo y respaldando hasta la fecha a Altamirano, quién continúa en servicio con 12 años de antigüedad en su cargo.

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