E.O.C. fue condenado a la pena de ocho años de prisión efectiva, por ser considerado autor material y responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y la convivencia.
El juez Aldo Primucci, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán ordenó la inmediata detención, y traslado a la Unidad Carcelaria 3 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, donde quedará alojado a disposición de este Tribunal.
En el fallo, se dispuso la extracción del material genético del condenado, y su posterior incorporación en el Banco de Datos Genéticos; y la toma de muestra fotográfica al penado conforme lo dispone la Acordada 12641, según protocolo de actuación judicial.
La denuncia fue radicada en junio de 2018 en Isla de Cañas (departamento de Iruya), por la madre de la menor víctima de 14 años, en contra de su pareja. La joven luego de una discusión familiar le dijo a su progenitora que su padrastro abusaba de ella, y lo hacía cuando esta se ausentaba de la casa.