Cassandre Bouvier y Houria Moumni ,

Comunicado del abogado francés y de las familias e las víctimas del doble crimen de Salta.

La justicia argentina estaría a punto de rechazar la incorporación de los informes de peritaje y la audiencia de los expertos judiciales franceses.Turistas_primer_día

Cassandre Bouvier, de 29 años, y Houria Moumni , de 21 años, de nacionalidad francesa fueron violadas y asesinadas en condiciones de violencia extrema durante su estancia académica y turística en Argentina en julio de 2011 .
El juicio de los acusados se inició el 25 de marzo en Salta, Argentina , por un período de 8 semanas.
Desde el primer día de la audiencia, los jueces han asegurado a los familiares de las dos víctimas, las partes querellantes, de que se esclarecerán las circunstancias de los crímenes mediante los procedimientos legales completos.
Del mismo modo, la Presidenta de Argentina, y el Presidente de Francia, se encontraron en 2011 y se aseguraron todas las garantías de cooperación judicial con respecto a este caso.

Dos años y medio después, ¿qué es lo que queda ?

Después de cuatro semanas de debate, el Tribunal de Justicia aún no se ha pronunciado sobre la incorporación de los peritajes y la audiencia de los expertos franceses mediante videoconferencia, lo que vuelve, a medida que van pasando los días, cada vez mas imposible su realización antes del final de los debates.

Peor aún, el tribunal de Salta estaría preparando para el próximo Lunes, 21 de abril 2014 el simple y puro rechazo de las investigaciones francesas.

Esto es tanto más incomprensible que el Convenio de asistencia judicial en materia penal entre el Gobierno de la República Francesa y el Gobierno de la República Argentina , firmado en París el 14 de octubre de 1998 y vigente desde el 1 de febrero de 2007, establece expresamente en el artículo 2 f ) la citación de testigos, peritos e imputados.

La justicia francesa , cuyos servicios están dispuestos a organizar una videoconferencia con la asistencia de los servicios consulares franceses , esta preocupada de semejantes dilaciones. Y las partes querellantes lo están aun más.
Existen elementos técnicos y científicos que por lo tanto no estarían incluidos en el debate , sean los mismos incriminatorios o exculpatorios.

Más allá de este caso , tal decisión asentaría una tremenda oportunidad de impunidad para los autores de los delitos y los crímenes multinacionales cometidos en un país y procesados o juzgada en otro.

Es importante movilizarse para evitar esta inminente situación de hecho y derecho.

Las familias de las víctimas, las partes querellantes, expresan con urgencia que quieren y exigen que se tengan en cuenta las investigaciones francesas y, y que el Tribunal de Salta proceda a la integración de las pericias así como a la organización de la audiencia de los expertos franceses.

1 . Investigaciones

Ingresaron al parque natural turístico privado de la Quebrada de San Lorenzo , Provincia de Salta, Argentina , el 15 de julio de 2011 al final de la tarde. Sus cuerpos maltrechos se encontraron el 29 de julio 2011 en la tarde cerca una parte más elevada del parque, el ” Mirador ” , la policía argentina estuvo investigando en el sitio este mismo día así como el que el juez instructor Martín Pérez del Tribunal de SALTA , quien dirigió la investigación judicial argentina .
Mientras tanto , los padres y hermanos de las víctimas que constituyen los demandantes , abrieron una investigación judicial en Francia el 05 de agosto 2011 por asesinato, violación y secuestro, la cual fue confiada al Sr. Patrick RAMAËL , juez del Tribunal de Grande Instance de PARIS (actualmente está a cargo el Sr. Cyril PAQUAUX ) .
Después de las autopsias y muestras forenses para la identificación de ADN realizadas en Argentina, los cuerpos de las víctimas fueron repatriados a Francia el 10 agosto de 2011 y el juez de instrucción francés ordenó varios peritajes – patológicos , toxicológicos , biológicos, balísticas , relevamiento de ADN en los cuerpos y relevamiento de ADN sobre las muestras argentinas, autopsias – entre los cuales :
• Peritaje anatomopatológico – 30/08/2011 – Dr. Walter Vorhauer
Muertes causadas por daños balísticos transfixantes; penetraciones sexuales marcadas
• Peritaje Toxicológico – 02/09/2011 – Dr. Marc DEVAUX
Ausencia de alcohol etílico y cualquier sustancia farmacológica o sustancia estupefaciente en el cuerpo
• Peritaje de huella Genética y ADN de los sellados argentinos – 07/09/2011 y 20/10/2011 – Dr. Olivier PASCAL & Alexandra Schlenck
Una huella genética masculina se identifica en Francia ( cuerpo Houria Moumni ), así como en las muestras argentinas ; la huella genética identificada tiene las mismas características que la de Gustavo Orlando LASI
• Peritaje de balística – 09/09/2011 – Dr. Pierre LAURENT
Trayectos balísticos ; El tiro mortal es compatible con el calibre 22
• Autopsia , 26/09/2011 – Dr. Bernard MARC
virtopsia o autopsia virtual post mortem tridimensional por escáner
La muerte no distante de más de una semana de observación de la muerte, los cuerpos no quedaron más de una semana al aire libre, a menos que las condiciones de temperatura y humedad lo permitan.
Descripción del tipo de heridas mortales , constate de violencia sexual muy marcada .
• autopsia adicional solicitada por las partes querellantes – 29/04/2013 – Dr. Bernard MARC
La falta de lluvias , la altitud de conservación de los cuerpos, la temperatura mediana de 11 ° C , con varios días a temperaturas por debajo de 5 °C o incluso negativas (datos desconocidos en la primera autopsia francesa) han frenado el proceso de degradación de los cuerpos.
Así que no hay contradicciones entre estos resultados y los obtenidos el 26/09/2011 (compatibilidad de las conclusiones argentinas y francesas en declarar la muerte a una quincena antes del descubrimiento de los cuerpos)

Del 13 al 23 septiembre de 2011, el juez de instrucción francés Patrick RAMAËL y el ayudante de gendarmería Maxime BALLET viajaron a Argentina en el marco del Convenio de Asistencia Judicial en Materia Penal, firmado entre los dos países, para el intercambio de información pertinente con sus pares argentinos ; tuvieron acceso a la totalidad del expediente de investigación y estuvieron en la Facultad de Farmacia y Biología de Buenos Aires.
En el mismo contexto, el juez de instrucción argentino Martín PÉREZ formulo el 11 de octubre de 2011 ante las autoridades francesas una comisión rogatoria (petición de asistencia internacional) para trasladarse a Francia del 19 al 21 octubre de 2011 y para participar en una reunión de trabajo con el juez francés, con el fin de intercambiar información y para participar en una comisión de expertos de ambos países.
El 20 de octubre 2011, los Drs. Daniel Corach (Argentina), Bernard MARC, Olivier PASCAL y Pierre LAURENT (Francia) se reunieron en la sala de instrucción francesa en presencia de los jueces de instrucción PÉREZ (Argentina) y RAMAËL (Francia) . Esta cooperación permitió informar a los magistrados de los detalles técnicos y científicos y demostró la compatibilidad de sus respectivas conclusiones. Los dos magistrados recibieron a las partes civiles el 21 de octubre 2011 .
La instrucción argentina (con 2 niveles de la instrucción, Juez y Corte) terminó con el auto de procesamiento (según la ley de la provincia de Salta, Argentina) a:
COMO COAUTORES PROVISORIOS DEL DELITO DE DOBLE HOMICIDIO CALIFICADO CRIMINIS CAUSA CON ABUSO SEXUAL AGRAVADO Y ROBO QUALIFICADO:
– Gustavo Orlando Lasi (nacido en Salta el día 13.12.1986 , de 24 años, en julio de 2011)
– Daniel Octavio Eduardo Vilte ( Laxi ) (nacido en Salta el día 19.03.1986, de 25 años, en julio de 2011)
– Santos Clemente Vera (nacido en Salta el día 26/12/1979, 31 años en julio de 2011 )
COMO AUTORES PROVISORIOS DEL DELITO DE ENCUBRIMIENTO (de una de las dos armas mortales, la carabina 22 LR )
– Antonio Eduardo Sandoval (nacido en Salta el día 13/05/1949, 62 años en julio de 2011 )
– Omar Darío Ramos (nacido en Salta el día 11/3/1964 , de 47 años , en julio de 2011)

2 . Las audiencias del Juicio

El juicio, de los tres presuntos agresores detenidos y de los dos presuntos autores del delito de encubrimiento, libres, se inicio el 25 de marzo y debería concluirse a mediados de mayo de 2014. El caso, que en Francia seria juzgado antes una “Cour d’assises” (Audiencia del primer grado) con jurado popular, se encuentra en el tribunal de la ciudad de Salta, un tribunal de primera instancia integrado por tres jueces profesionales.
Unos días antes, el secretario del tribunal informó a las partes del caso, que el Tribunal tenía la intención de convocar a los peritos franceses y escucharlos a través de una videoconferencia desde Francia.
El abogado francés de las familias de las dos víctimas se puso en contacto con el juez de instrucción francés Cyril PAQUAUX que lo aseguró de inmediato de la ejecución de la asistencia judicial internacional , y que convocaría a los expertos además de reservar una sala de videoconferencia en el Tribunal de París , tras la recepción de una solicitud del Tribunal de SALTA. Los servicios consulares franceses, en contacto tanto del lado argentino como del francés , también han indicado que se pondrían a disposición de las autoridades respectivas para asegurar y facilitar las comunicaciones oficiales y enlaces técnicos.
Pero desde el primer día de audiencia en Salta, los abogados de Gustavo LASI han producido un incidente procesal, negándose en nombre de su cliente a la incorporación de las conclusiones de los peritos franceses y también de su audiencia.
El tribunal remitió la resolución de este incidente sine die.
Presionado por los demandantes y su abogado francés para una respuesta de la corte, los abogados argentinos de las familias francesas les aseguraron que relanzaban regularmente a los jueces argentinos.
Cuatro semanas de audiencias han pasado y hasta la fecha no se ha tomado ninguna decisión. Esto hace peligrar seriamente la posibilidad de dicha audiencia por videoconferencia teniendo en cuenta el tiempo necesario para la organización técnica y la necesidad de convocar a los expertos de Francia con anticipación razonable, y esto antes del final de los procedimientos judiciales argentinos.
Peor aún, de los intercambios con los abogados y las partes se desprende que el Tribunal de SALTA está preparándose para rechazar la audiencia de los peritos franceses y de sus conclusiones, por no cumplir con la ley argentina ya que no permite el control de las partes sobre estas medidas.
Si el Tribunal llegara a tomar tal decisión, el abogado francés de la parte civil señala que:
– Sería una negación de la cooperación judicial internacional y en particular del Convenio de asistencia judicial en materia penal entre el Gobierno de la República Francesa y el Gobierno de la República Argentina, firmado en París el 14 de octubre de 1998, entrado en vigencia el 1 febrero de 2007, el que expresamente prevé, entre otras cosas , en el artículo 2 f ) la citación de testigos , peritos e imputados ;
– Esto también sería una negación de los intercambios y de los viajes entre los dos países realizados previamente por los profesionales, jueces e investigadores, y nos interroga sobre el significado que debe darse a posteriori a la solicitud de asistencia del magistrado judicial Argentina y su desplazamiento en Francia en octubre de 2011.
– Esto podría ser interpretado como una bofetada injustificada en el trabajo tedioso, riguroso, exhaustivo y costoso hecho por los peritos franceses , a petición de la justicia francesa , trabajo pagado por la República Francesa, y en consecuencia, por los impuestos de los contribuyentes de este país .
– Esto significaría que ahora el autor de un crimen o de un delito, por lo menos en parte cometido en Francia, y perseguido por la justicia en Argentina no estaría imputado por las investigaciones o los peritajes realizados en Francia por más que estos lo imputen y esto sería una fuente inaceptable de impunidad así como una no reparación a las víctimas
Tenga en cuenta que en Francia, un juez o un tribunal penal jamás se negarían a integrar al expediente o a sus debates las conclusiones de los expertos jurídicos extranjeroscuando provienen de un Estado de Derecho y en especial la República Argentina en virtud de las disposiciones de la Convención de Asistencia judicial en materia Penal, de 1998 antes citada.
Los derechos de las partes y en especial los de la defensa serían totalmente preservados ya que el juez y la ley francesa permite a los participantes de contestar por observaciones, aportes de elementos críticos y científicos, o incluso por pedido de peritaje de comprobación.
Estos mismos debates están abiertos a las partes argentinas ante el Tribunal de Salta y pertenece a ellos, si así lo desean, hacer preguntas pertinentes a los expertos franceses durante su audición o criticar por todos los medios legales sus conclusiones. De esta manera, se respetarán los derechos de la defensa argentina.
Cabe señalar que ninguna de las partes argentinas en el juicio se molestó (ya que los peritajes franceses están en anexo del expediente y traducidos al castellano) en hacer algún procedimiento de incidente crítico en este sentido , ya sea ante el juez instrucción argentino, o ante el Tribunal de Apelación de Salta encargado del doble nivel de instrucción y esto a pesar de las muchas peticiones e incidentes realizados por su parte sobre otros aspectos del caso y que han sido tenido en cuenta oportunamente.

La negativa que se opondría a los peritajes franceses y la audiencia de los expertos franceses y susceptibles de ser aprobado por el Tribunal de Salta, aparece por lo tanto, sin fundamento pertinente.
En este caso y en cuanto al fondo, estamos preocupados por las consecuencias que podría tener sobre el resultado del juicio la negativa de los peritajes franceses. Desde las primeras semanas de debate judicial apareció que la defensa de los sospechosos , ayudada por algunos testimonios inciertos, puede tener la tentación de argumentar que:
– Las muertes o asesinatos de las victimas podría no haber tenido lugar en el ‘Mirador ‘ y , por tanto, que sus clientes son ajenos a estos actos , mientras que el experto en balística francesa confirma la compatibilidad de los disparos mortales con el entorno físico .
– que los proyectiles ( balas 0,22 ) encontrados en el lugar , después de haber atravesado el cuerpo de una víctima , no contienen ninguna traza orgánicos , lo que significaría que fueron colocados intencionalmente en el sitio por otros o que no son los proyectiles mortales, mientras que la declaración de conclusiones, celebrada en París entre los expertos el 20 de octubre 2011 señaló que la materia orgánica no existe necesariamente sobre balas que pasaron por un cuerpo y que esta materia orgánica puede haber desaparecido por lixiviación por otro medio (tierra) o por degradación por microorganismos presentes en el suelo, sobre todo después de una permanencia de 14 días en este medio.
– que las víctimas habrían consumido alcohol o drogas, en otro lugar donde habrían sido llevadas por otros autores de los homicidios , mientras que la pericia toxicológica francesa demuestra que no lo es.
– que la muerte de las víctimas se habría producido menos de una semana antes de la aparición de los cadáveres el 29 de julio , absolviendo así los presuntos autores, desprovistos o en contradicción de coartadas a15 días antes, mientras que la autopsia francesa y su complemento solicitada por los querellantes refuerza el peritaje argentino, que establece la muerte cerca del 15 de julio 2011 y hace probable su último consumo de alimentos en el restaurante identificado como “El Duende”, el dia15 julio de 2011 a la entrada del parque.
– que el peritaje argentino de ADN no seria válido o se volvería irrelevante, mientras que el peritaje francés, del mismo nombre, confirma la existencia de una huella genética ( semen ) ligada a Gustavo LASI .
En consecuencia, las partes querellantes quieren denunciar el riesgo mayor que correría el buen desarrollo del juicio y la confianza en la justicia argentina, ante la negativa de la misma justicia de integrar tanto los peritajes como la audiencia de los expertos franceses y hacen un llamado a las autoridades judiciales y estatales de ambos países para que hagan todo lo posible para hacer respetar el espíritu y la letra del Convenio bilateral de asistencia judicial en materia penal suscritos el 14 de octubre de 1998.

París, el 19 de abril de 2014

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Dr. Ludovic Beaune
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Imagen : Oficina Prensa Poder Judicial de Salta