La Sala Penal II del Superior Tribunal de Justicia provincial rechazó dos recursos de inconstitucionalidad presentados por la defensa de la dirigente social.
Las voces internacionales contra la detención de la líder social y diputada del Parlasur, Milagro Sala, se multiplicaron y sumaron intensidad en las últimas semanas. Sin embargo, la Sala Penal II del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy rechazó un pedido para liberar a Sala presentado por la defensa de la dirigente presa desde enero.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un durísimo comunicado ayer en el que urgió al Estado nacional argentino y, en particular, al gobierno de la provincia de Jujuy, a dar «pronta respuesta» al reclamo del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas, que había exigido la «liberación inmediata» de la dirigente piquetera y diputada del Parlasur por el Frente para la Victoria, detenida desde diciembre del año pasado.
Sin embargo, la Justicia jujeña emitió dos fallos contrarios a ese pedido. Uno de los fallos de la Justicia jujeña negó que Sala tenga inmunidad de arresto por ser diputada del Parlasur. El otro, rechazó un pedido de nulidad de la prisión preventiva, según los textos a los que accedió el diario La Nación.
En el primer pronunciamiento, los jueces Laura Lamas González, José Manuel del Campo y Federico Francisco Otaola consideraron que la orden de detención no se originó por la actividad parlamentaria de Sala sino por los supuesto delitos que habría cometido.
En el segundo pronunciamiento, los mismos jueces consideraron que la detención de Sala está justificada ante la «gravedad de los delitos atribuidos» a ella y a los«indicios concretos de peligrosidad procesal que surgen de las constancias del expediente». El tribunal ratificó así la resolución de fecha 2 de septiembre de 2016, dictada por la Cámara de Apelaciones y Control; la que, a su vez, confirmó el Auto de Prisión Preventiva emitido contra Sala el 28 de abril de 2016, por el Juez de Control Nº 3.
Los jueces agregaron que «se advierten otras circunstancias que llevan a concluir que la libertad de la imputada conllevaría no solo el riesgo para asegurar que el fin del proceso se cumpla, sino también peligro para los testigos por las actitudes intimidatorias que han debido, supuestamente, soportar, aún cuando la imputada se encontraba sometida a las medidas de coerción de la libertad».
En el comunicado de ayer, la CIDH recordó que «la prisión preventiva es excepcional, sólo puede extenderse por un período razonable y no puede ser usada como una medida punitiva». Tampoco dejó pasar que, si bien Sala está siendo investigada en múltiples causas de corrupción, su detención se produjo a partir de su participación en una protesta social. «La protesta es un ejercicio legítimo de la libertad de expresión que debe ser facilitado y no sujeto a criminalización», enfatizó la entidad.
Ese planteo de la CIDH refuerza las presentaciones que ya hizo la ONU y el presidente de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro.Además fue un revés para el Gobierno porque la decisión de la CIDH se tomó ayer en Panamá, justo en medio de la visita a ese país del secretario de Derechos Humanos de la Nación, Claudio Avruj, que concurrió a entrevistarse con la entidad, precisamente, para evitar un nuevo pronunciamiento contrario a los intereses del oficialismo.