Por abuso sexual y corrupción de menores

15 años para Grassi pero en libertad hasta que la condena este firme

El Tribunal Oral Nº 1 de Morón, integrado por los jueces Luis Andueza, Jorge Carrera y Mario Gómez condenó al cura Julio César Grassi a 15 años de prisión por haber quedado probado dos hechos de abuso sexual y corrupción de menores de los diecisiete que había presentado la querella. La condena es agravada por su investidura como sacerdote y por haber tenido la guarda de Gabriel, uno de los tres jóvenes que lo acusaron de estos delitos.

La Sentencia reza: «CONDENASE a JULIO CÉSAR GRASSI, cuyas
demás circunstancias personales obran en el exordio del Veredicto que antecede, a la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN, CON ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, reiterado, dos hechos, en
concurso real entre sí, que a su vez concurren formalmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda, según hechos cometidos en fecha indeterminada, en la mañana de un día sábado o domingo de la última quincena del mes de noviembre de 1996 y el 7 de diciembre de 1996, en la localidad y Partido de Hurlingham de este Departamento Judicial, en
perjuicio de O.A.A. (artículos 2°, 12, 19, 29 inciso 3°, 40, 41, 54, 55, 125 segundo párrafo y 122 en función del 127 del Código Penal según Ley 23077 y 375 inciso 2° y 531 del Código Procesal Penal).-

El fallo no dejó conforme a ninguna de las partes, ya que si bien condenó al cura, para lamento de la parte querellante determinó que permanezca en libertad hasta que la sentencia quede firme, teniendo como restricciones una serie de obligaciones que el religioso tendrá que cumplir, como permanecer dentro del territorio nacional, «presentarse el
primer día hábil de cada mes ante este Tribunal, mantener el domicilio real constituido en el ámbito» de la provincia de Buenos Aires «y fuera de cualquier sede o dependencia de la Fundación Felices Los Niños, prohibición de ausentarse de su domicilio por un lapso mayor de 24 horas sin autorización judicial previa, compromiso de no presentarse solo en las sedes o dependencias de la Fundación Felices Los Niños, debiendo hacerlo de lunes a sábado en el horario de 07.30 a 18.30 horas y los domingos de 07:00 a 20:00 horas bajo la responsabilidad y
acompañamiento de la persona que él designe, pudiendo a su vez el cuidador delegar su función en un tercero, quien quedará sujeto a la previa aprobación del Tribunal y deberá concurrir al mismo a labrar la correspondiente acta de estilo, prohibición de tener contacto con alguna persona menor de edad, en lugares privados o a solas, prohibición de acercarse a O.A.A, H.O.J y L.A.G, referirse a ellos públicamente, ni comunicarse intencionalmente con los nombrados ni con ninguna otra persona vinculada íntimamente con ellos, promesa de continuar sometiéndose al proceso y prohibición de salir del país (artículo 371
último párrafo del Código Procesal Penal)».

En relación a la sentencia, Juan Pablo Gallego, quien es uno de los abogados querellantes consideró la posibilidad de que exista «un fallo definitivo antes de fin de año»señalando que mantiene «la convicción absoluta de que Casación va a corregir el fallo». Si bien resaltó que se lo haya condenado, el querellante se mostró molesto diciendo que el cura tiene «carta blanca» para seguir abusando, puesto que goza de libertad absoluta, tal como ocurrió durante el proceso antes de que se conozca la decisión del tribunal, ya que su domicilio nunca fue controlado.

Por su parte, el fiscal general de Morón, Federico Nievas Woodgate, precisó que aunque mínimo este es un avance. también explicó que debe analizarse el veredicto para saber que decisión se tomará. En cuanto a la libertad del cura, subrayó que es un error ya que esto significa «prolongar el peligro de fuga». También manifestó que hace siete años, cuando empezaron las actuaciones públicas en torno a esta causa, el común de la gente desestimaba que esta acusación pudiera prosperar.

Sin mea culpa: La Iglesia orgullosa de sus sacerdotes

Si bien conocida la sentencia de primera instancia la Iglesia Católica aclaró que no se pronunciará sobre el fallo contra el sacerdote Julio César Grassi, en tanto la decisión judicial no sea ratificada, la información del fallo fue publicada a través de la Agencia Informativa Católica Argentina (AICA), que en las últimas líneas retoma un documento de la Santa Sede en el que se subraya el orgullo de esta institución por sus sacerdotes.

La información incluida como destacada en esta página desarrolla un reconto de algunos puntos de la sentencia, resaltándose que el cura fue hallado culpable sólo en dos de los diecisiete hechos que se le imputaron.

De igual modo, el texto en cuestión pone de manifiesto que la Iglesia es respetuosa de la Justicia, en los casos en que se encuentran involucrados miembros del clero, citando el documento nombrado adonde se plantea la cuestión de «sacerdotes implicados en situaciones delictivas» y en el que se expresa: ?Obviamente, es necesario continuar la investigación, juzgarlos debidamente y aplicarles la pena merecida?.

La información finaliza con el siguiente intertítulo: «La Iglesia está orgullosa de sus sacerdotes», después del cual se dice que los curas que están judicializados son los menos. «Estos casos son un porcentaje muy pequeño en comparación con el número total del clero», destacando también: «la inmensa mayoría de sacerdotes son personas dignísimas, dedicadas al ministerio, hombres de oración y de caridad pastoral, que consuman su total existencia en actuar la propia vocación y misión y, en tantas ocasiones, con grandes sacrificios personales, pero siempre con un amor auténtico a Jesucristo, a la Iglesia y al pueblo; solidarios con los pobres y con quienes sufren».

FOTO: www.po.org.ar

Archivo adjunto: Sentencia_Grassi.pdf