La Sala Cuarta del Tribunal de Juicio impuso a M.M.L. a una pena de veinticuatro años, diez meses y diecisiete días de prisión efectiva al unificar condenas por los delitos de acceso carnal agravado por el vínculo, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple en grado de tentativa, todo ello en concurso real.
El Tribunal resolvió unificar las penas de tres causas diferentes iniciadas contra el imputado, conforme al artículo 58 del Código Penal, que contempla la posibilidad de dictar una única sentencia en el caso de que una persona haya recibido dos o más sentencias firmes por un delito. En este caso, le corresponde al juez que haya aplicado la pena mayor dictar, a pedido de parte, su única sentencia, sin alterar las declaraciones de hechos contenidas en las otras.
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