Docente y también abogado ya había sido condenado a tres años de prisión en suspenso por abusar sexualmente de un alumno en un colegio secundario. Por el delito, sólo deberá someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas, a partir de un acuerdo al que arribaron un fiscal y su defensa.
De acuerdo al expediente al que Télam tuvo acceso, la víctima, que al momento del abuso tenía 16 años, reclamó a la Justicia que al menos su abusador «se abstenga de ejercer la docencia ante niños y adolescentes» y rechazó los 100 pesos que ofreció como «reparación de daño».
Este acuerdo fue adoptado entre el fiscal de juicio del departamento judicial de Lomas de Zamora, Andrés Procopio, y la defensora oficial María Eugenia Smud, con la convalidación de la jueza Elisa López Moyano.
Se trata de un caso inhabitual, ya que si bien el fiscal Vaello había recomendado un juicio abreviado y el proceso siguió ese camino acordado por las partes, en 48 horas se cambió por una «suspensión de juicio a prueba», conocida como «probation».
Al término de tres años en los que las pautas impuestas hayan sido cumplidas, en este caso, queda concluida la «probation» y al abogado no le quedarán antecedentes por abuso sexual agravado.
Según consta en la causa penal, el hecho ocurrió el 29 de septiembre de 2010 en la sala de profesores del Instituto Spiritu Santo, de Lanús, donde Córdoba había citado a su alumno de segundo año de polimodal.
Durante un diálogo para que el joven no se llevara la materia a diciembre, el docente le insinuó que si accedía a tener sexo con él se eximiría, a lo que el chico se negó, no obstante sufrió el abuso.
El alumno comunicó inmediatamente lo ocurrido a las autoridades del colegio y, acompañado de su padre, luego formuló la denuncia correspondiente en la comisaría Lanús 10ma. de Villa Barceló.
La investigación quedó a cargo del fiscal Vaello, quien luego de tomar declaración a alumnos, docentes y autoridades del colegio e incorporar peritajes pisquiátricos y psicológicos de la víctima y de Córdoba reclamó que la causa se elevara a juicio.
Vaello citó en el requerimiento del debate oral que los peritajes determinaron que el chico padecía estrés postraumático por abuso sexual, que era coherente con lo que declaraba y que no presentaba indicadores de simulación.
Respecto del acusado, el fiscal informó que los estudios forenses oficiales determinaron que «presenta un trastorno de personalidad con rasgos psicopáticos, no integra ni expresa adecuadamante las emociones y posee una pobre capacidad empática».
Añadió que «posee lábil control de la agresión, detectándose agresividad encubierta» y que se trata de un «sujeto narcisista y egocéntrico con dificultades en las relaciones interpersonales».
El juez de Garantías Javier Mafucci Moores aceptó a fines del año pasado que el caso se eleve a juicio, la defensora Smud se opuso y finalmente la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías confirmó el debate oral.
Pero este año, la defensa y el fiscal Procopio, para evitar el enjuiciamiento público, acordaron que, en un juicio abreviado, Córdoba se declaraba culpable y recibía una pena de tres años de prisión, pero de ejecución condicional.
No obstante, y en forma imprevista, horas después dejaron sin efecto este acuerdo y firmaron que durante una «probation» Córdoba sólo debía someterse a terapias para trata de evitar volver a cometer abusos a menores.