Un acusado de abuso sexual calificado deberá seguir detenido

La Corte de Justicia rechazó un recurso de casación planteado por la defensa técnica de José Fabián Ruiz, quien deberá seguir detenido, como imputado procesado por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado.

El Alto Tribunal intervino a partir del planteo realizado por la defensa contra una resolución de la Sala Tercera de la Cámara de Acusación que había rechazado el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de Instrucción Formal de Segunda Nominación del Distrito Judicial del Norte Circunscripción Tartagal que denegara el pedido de excarcelación.

Sostuvo la Corte de Justicia que el derecho constitucional a permanecer en libertad durante el proceso, no es una regla absoluta sino que reconoce limitaciones específicas, entre las que se cuenta ?la necesidad de impedir que el imputado pueda eludir la acción de la justicia, a través del cual se intenta proteger la posibilidad de que el proceso tenga el sentido concreto de culminar con una decisión que de otro modo no podría producirse?.

La Cámara en lo Criminal que deberá juzgar la conducta de Ruiz debió suspender la fecha de las audiencias de debate por los diversos incidentes planteados por la defensa. El juicio es, según destacó la Corte de Justicia, ?la etapa procesal por excelencia a fin de probar y alegar en resguardo de todos los derechos del imputado y donde hallan máxima garantía el respeto por la acusación, la defensa, la prueba y el derecho a una sentencia fundada.?

También recordó el Alto Tribunal que para juzgar la razonabilidad del plazo de encarcelamiento preventivo que adujeron vulnerado las abogadas de Ruiz, ?también cuentan aquellas demoras atribuibles a la acción del propio imputado o su defensa?.

La protección del fin del proceso mediante la denegación de la excarcelación no colisiona con superiores principios constitucionales, «sino que por el contrario encuentran basamento, por motivos fundados, en la garantía de asegurar al Estado la posibilidad de realización de su poder penal?, argumentó la Corte de Justicia en su sentencia.