Los derechos humanos de las mujeres violadas tampoco parece tener importancia en Salta «La linda» pero la injusta.
El Estado tiene la obligación de poner a disposición de quien solicita la práctica, las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera, rápida, accesible y segura: No debe ser judicializada.
El Código Penal NUNCA estableció NI establece que los casos de violación tienen que ser judicializados.
Es nuestra obligación recategorizar la defensa de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes fundamentalmente. Debemos incrementar la educación sexual a fin de prevenir embarazos y evitar la mortalidad; es elemental brindar educación en todos los niveles respetando las libertades individuales.
Defender los derechos de la mujeres, niñas y adolescentes es nuestro deber fundamental y es deber del Estado bregar por la salud publica!.
APSADES – FESPROSA, exigen el acatamiento incondicional a la jurisprudencia dictada por el máximo Tribunal de la Nación.