Prostitución y trata deben abordarse indisolublemente

Para quienes adhieren al feminismo abolicionista e integran la campaña: «Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución» el objetivo fundamental es lograr que se aborde la temática de la trata de personas para la explotación sexual «unida indisolublemente con la institución de la prostitución». La fundamentación de la lucha de estas mujeres autoconvocadas y autofinanciadas es que si bien la trata, constituye una forma de proveer «mercadería» al «negocio» de la prostitución, ésta última también es parte del «acorralamiento que la cultura patriarcal y la economía nos tiende por el sólo hecho de ser mujeres». «Ser abolicionista es luchar contra la represión de las mujeres y demás personas en situación de prostitución y contra toda forma de promoción o facilitación de la misma, de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, ya sea por parte de los estados, de fiolos, proxenetas, organizaciones mafiosas, medios de prensa u otras formas de publicidad. Para el abolicionismo, la prostitución en sí misma no es un delito; sí lo es explotar la prostitución de otras personas», expresan.

Entre los fundamentos de hacer extensiva esta lucha, se encuentra también la existencia de numerosos grupos que toman el tema simplemente porque esta causa es «política y económicamente redituable», poniendo énfasis en las mujeres y niñ@s «desaparecid@s» producto de la prostitución «forzada» y dejando de lado la actuación del cliente que promueve ambos tipos de prostitución. «Nosotras creemos que esta posición constituye un error político y que es una exigencia de las financieras internacionales», subraya Marcela D’Angelo, una de sus integrantes.

D’Angelo considera que sin duda quienes se encuentran más vulnerables a ser víctimas de trata o caer en la prostitución son las mujeres y niñ@s que viven necesidades económicas, acompañad@s o no de «situaciones de abandono emocional o físico, de abuso y violencia». Destaca sobre esto que much@s de ell@s ingresan a este «mercado» para ayudar a sus familias, para mantener a sus hij@s frente al abandono paterno, o pagar sus estudios, generalmente «reclutadas por un hombre que dice quererlas, o por un ?dealer? o una amiga, o secuestrad@s por las redes de prostitución». «Muchas migran de un país a otro, de una provincia o de una ciudad a otra, en busca de mejorar una situación desesperante», señala.

Sobre el mismo punto agrega: «El nivel social de las mujeres y niñ@s en manos de las mafias es casi siempre de bajo recurso económico porque allí es donde la necesidad de buscar una salida laboral las hace víctimas de los engaños, allí es donde la educación no llega nunca y donde las posibilidades de darse cuenta están más alejadas. Pero también hay mujeres de clase media: Florencia Pennacchi – estudiante universitaria, hija de una médica neuróloga-; Marita Verón y Fernanda Aguirre».

La integrante de la Campaña «Ni una mujer más víctima de las redes de prostitución» resalta: «Nosotras pensamos que el hecho de que hayan empezado a desaparecer mujeres de clase media hizo que la temática salga a la opinión pública por el simple hecho de que sus familias cuentan con recursos económicos y tienen la posibilidad de articular un discurso».

Capitalismo, patriarcado, prostitución y trata

«Lo decisivo no son los motivos personales o sociales que hacen que las mujeres y niñas sean alrededor del 90% de las personas en situación de prostitución, sino la consideración del cuerpo de las mujeres como un objeto de intercambio, como una mercancía al servicio sexual de los varones, explica. Continúa diciendo que en esta etapa del patriarcado capitalista, «el mercado se extiende a todos los ámbitos de la vida, incluidos los más íntimos. La intimidad se exhibe como producto y la sexualidad se mercantiliza. Los cuerpos, especialmente los cuerpos de las mujeres, se convierten en productos», siendo la prostitución el punto de unión más violento entre patriarcado y capitalismo, «ya que reúne explotación económica y violencia de género».

Sobre datos estadísticos comenta: «Las cifras son contundentes: en el informe del año 2000 del Fondo de Población de Naciones Unidas, se estimaba que cada año 4 millones de mujeres y niñ@s ingresan en los prostíbulos del mundo para ser consumidos sexualmente. El 90% de los casos de trata y tráfico son de mujeres y niñ@s para prostituirlas. Según Naciones Unidas, durante 4 siglos 11 millones de personas fueron reclutadas en África para el sistema esclavista, mientras que solamente desde el año 1990 al año 2000, más de 30 millones de mujeres y niñ@s fueron traficadas en el Sudeste Asiático. La globalización del mercado del sexo, unida a la pobreza expone a millones de mujeres y niñ@s excluíd@s – la población más vulnerable – al riesgo cierto de ser víctimas de tráfico y trata».

D’Angelo destaca también que a nivel país no existen estadísticas «sobre las mujeres desaparecidas y menos aún sobre quienes se encuentran vinculad@s a la trata de personas porque allí deberían figurar varios nombres de politicos, jueces, policías, etc.».

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La posición del abolicionismo frente a la Ley de Trata de Personas

«Nosotras sabemos que sólo la ley, no sirve para terminar con estos delitos, pero una ley que verdaderamente combata la trata de personas nos parece importante, por ello luchamos para que no sea sancionada esta ley y ahora estamos reuniendo firmas para que se reforme», menciona, argumentando que a través de la legislación vigente no se alcanza una eficaz persecución del delito ni una adecuada protección de las víctimas, y explicando que la misma distingue o diferencia dos formas de trata: «una trata legal o legítima, que tiene lugar cuando se refiere a personas mayores de 18 años, respecto a las cuales no se probare que hubo un vicio del consentimiento, ya que las definiciones que se emplean sostienen que el delito se tipifica en estos casos sólo si estos vicios existen, o si el delincuente actuó mediante engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra. Si esto no se puede probar, por más que se demuestre que el tratante ha realizado las acciones que define el tipo penal y cumplido sus fines -la explotación de personas- resulta inocente». La otra forma de trata es ilegal al amparo de la legislación «dado que solamente se puede penalizar a l@s delincuentes en los casos de menores de 18 años o cuando siendo de mayores de esta edad el Estado o la víctima puedan probar que su consentimiento fue viciado por alguno de los medios establecidos», por lo cual muchos casos quedarán impunes, lo que además se ve agravado por lo limitado de las penas, ya que al tener un mínimo de 3 años como ocurre con las víctimas mayores de 18 años se permite la excarcelación del tratante, sin dejar de mencionar que se encuentra entre las penas más bajas de América Latina.

Se debe investigar al tratante y no a la víctima

La critica desde este lugar se centra en que una ley que persiga efectivamente la trata y respete los derechos humanos de las víctimas, «sólo debe exigir la prueba de que l@s tratantes realizaron las acciones que la ley define con los fines que la misma establece, y, en ningún caso, proceder a investigar a las víctimas para definir si consintieron o no su propia explotación, en lo que constituye una revictimización de las mismas, además de las serias dificultades que ofrece dicha prueba precisamente por las condiciones de esclavitud, clandestinidad y violencia en que se realiza la trata».

D’Angelo agrega que la interpretación que hacen de la precariedad y corto alcance de la legislación en el país se basa en las siguientes normas: «Artículos 80, 83 y cc. de la Constitución Nacional, la Convención sobre la Esclavitud de 1926, (artículo a.a.), la ?Convención Complementaria sobre abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas? de 1956, la Convención para la Represión de la Trata de Personas y Explotación de la Prostitución Ajena, de 1949, la «Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer», (Naciones Unidas, 1979), art. 6°, la «Convención Americana sobre Derechos Humanos», conocida como «Pacto de San José de Costa Rica», de 1969 (Art. 6º inc. 10), la «Convención sobre los Derechos del Niño» del 20 de noviembre e 1989 (art. 34, inc. B), el ?Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales? (19-12-1966), la Convención contra la Tortura (art. 1°)», los cuales han sido incorporados a la Constitución Nacional en la reforma de 1994.

La necesidad de reformar la ley de trata de personas

«Estamos convencidas que la reforma que solicitamos contribuiría a una más eficaz persecución de este delito y a una más adecuada protección de los derechos de las víctimas, teniendo en cuenta un principio fundamental de derechos humanos: nadie puede consentir su propia explotación?, aduce. Por ello solicitamos la reforma de la ley de trata conforme a los siguientes puntos»:

1) Reforma de los artículos 2, 3, 10 y 11, suprimiendo las partes de los mismos que exigen el no consentimiento de la víctima para configurar el delito, expresamente el siguiente párrafo, que se repite en los arts. 2, 3 y 10 (art. 145 bis del Código Penal): ?cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad , concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra?.

2) Establecer estos medios comisitos como agravantes y no constitutivos del delito

3) Aumento de las penas, estableciendo penas no excarcelables en todos los casos.

4) Definir por ley un programa de protección y asistencia a las víctimas, cuyo financiamiento deba ser definido mediante partidas previstas en el presupuesto nacional.

«Consideramos que de no realizarse estas reformas, se verá seriamente comprometida la vigencia de los derechos humanos», añade.

Complicidades para el funcionamiento de las redes de prostitución

«Después de que la Ley de Trata de Personas entrara en vigencia las fuerzas de seguridad siguen siendo cómplices de las mafias», explica, sin dejar de lado que tampoco hay asistencia a las víctimas.

«Los prostíbulos pululan en todas partes, en cualquier confitería, pub o whiskería, en casitas modestas a lo largo de las rutas o en departamentos o locales de lujo. Ello a pesar de estar prohibidos por ley nacional y por la Convención contra la Trata de Personas y la Explotación de la Prostitución Ajena, suscripta y ratificada por nuestro país que castiga la explotación de la prostitución ajena y la instalación de prostíbulos», remarca.

«De vez en cuando la justicia condena a algún proxeneta, sobe todo cuando se trata de algún caso resonante de secuestro o desaparición de persona, como los de las mujeres en situación de prostitución de Mar del Plata, de Andrea López o de Fernanda Aguirre. En algunas ocasiones, la policía, por orden de un juez, allana un prostíbulo y se lleva detenidas a las mujeres y a algún regente de menor pres@», agrega.

Sobre el accionar de las fuerzas de seguridad ante la problemática fundamenta: «La respuesta estatal es reprimir a las víctimas, en los burdeles o en la calle, como sucede con la aplicación de los códigos contravencionales y de faltas, que en su redacción y aplicación cada vez más represivas, son herederos de los viejos edictos policiales. La policía utiliza el arresto, los malos tratos, la amenaza y la coima, convirtiéndose en socia del proxenetismo, cuando no directamente en proxeneta».

«Nunca se llega a los grandes responsables de la explotación sexual de las mujeres y niñ@s, a los jefes de las redes de prostitución, o a aquellos funcionarios, legisladores, empresarios, fiscales, comisarios y jueces que participan del negocio. Ni a los clientes prostituyentes. Cuando se formulan leyes, están dirigidas a la represión de las personas en situación de prostitución o bien a la protección velada del proxenetismo», enfatiza.

«El Estado, los gobiernos, los poderes legislativos y la Justicia, son responsables por lo que hacen, pero también por lo que no hacen. No persiguen a los explotadores, no respetan ni protegen los derechos humanos de las víctimas, no destinan leyes, programas y presupuesto a la creación de refugios, a la asistencia médica, jurídica y psicológica, a la capacitación laboral, a la creación de empleos. No realizan campañas destinadas a desnaturalizar la prostitución y mostrarla como lo que realmente es: explotación y violencia. L@s poc@s funcionari@s, legislador@s, fiscales y jueces que, desde su lugar, intentan hacer un trabajo conciente, se encuentran con una verdadera carrera de obstáculos y escasez de presupuesto», ratifica, destacando que el mensaje debe centrarse en que sin clientes y sin complicidad de funcionari@s de los poderes judicial, legislativo y ejecutivo y de las fuerzas de seguridad no hay prostitución ni trata.

FOTO: www.jornadasabolicionistas2009.blogspot.com