Ante las declaraciones del Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, quien expuso ante la Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados en fecha 27 de agosto de 2024 manifestando: “rechaza la diversidad de identidades sexuales, que no se alinean con la biología y que son inventos subjetivos”, desde este Instituto de DDHH repudiamos enérgicamente dichas manifestaciones e instamos a respetar y a continuar promoviendo políticas con perspectiva de género y derechos humanos. Entendemos que su degradación y profundo vaciamiento de las políticas públicas en Derechos humanos de las mujeres y diversidades constituyen violaciones graves en su detrimento.
Lejos de considerarse como un mero exabrupto discursivo, en la realidad de los hechos, se traduce como parte integrante de un proyecto político odio pensante que tiene como propósito el diseño de políticas públicas que vienen desfinanciando y desmantelando organismos e instituciones de derechos humanos.
La impostura y la ausencia de perspectiva de género en su exposición denotan vestigios patriarcales, biologicistas, estigmatizantes, anticuados, moralistas, discriminatorios y de marcada violencia institucional, agravado por parte de quienes tienen la importante tarea de promover políticas públicas en materia de Derechos Humanos.
Cabe recordar, que el Estado Argentino suscribió los Tratados Internacionales de promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres y diversidad que, en la actualidad, se encuentran vigentes y merecen su estricto respeto y cumplimiento a los fines de no incurrir en una responsabilidad internacional.
El pronunciamiento del Ministro de Justicia ha violado un sinnúmero de tratados internacionales de suma importancia en la construcción de una sociedad más justa, igualitaria y libre de violencia, como son la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer («Convención de Belem Do Para») incorporados a nuestra Constitución Nacional con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22) pero además, leyes nacionales como la Ley 26.618, conocida como Ley de Matrimonio Igualitario, la Ley 26.485, (sancionada en marzo de 2009), Ley integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales como así también la ley 26.743, ( 2012), que garantiza el trato digno y el derecho a la identidad sexual y de género autopercibida.
El presente pronunciamiento se fundamenta en el compromiso de velar por los Derechos Humanos enunciados en los Tratados Internacionales, firmados y ratificados por el Estado Argentino, con el fin de reflexionar en relación a la importancia de promover la igualdad de género, la perspectiva de género y los derechos humanos de todas las personas.