La representante del Ministerio Público en la audiencia de debate seguida contra Claudio Ramón Alejandro Torres por la muerte de Carmen Andrada, amplió la acusación del hecho calificándolo como homicidio agravado por la relación de pareja y femicidio, previsto en el artículo 80, inciso I y II del Código Penal. La calificación inicial era de homicidio simple.
Durante el tercer día de la audiencia que se sigue en la Sala III del Tribunal de Juicio, y luego de escuchar varios testimonios, la fiscal María Graciela Herrera de Gudiño decidió ampliar la acusación considerando que, a partir de las pruebas reunidas en el transcurso del debate, se presentaron dos agravantes en el hecho: la relación de pareja entre el imputado y la víctima, y la violencia física que el acusado ejercía sobre la mujer, a quien consideraba un objeto personal.
La defensa del imputado solicitó la suspensión de la audiencia hasta el miércoles 10 de junio, con el objetivo de ofrecer nuevas pruebas.
El agravante está previsto en el artículo 80 del Código Penal.
Claudio Ramón Alejandro Torres está acusado por un hecho ocurrido el 13 de marzo de 2013, en inmediaciones del canal Velarde, en barrio Manantial Sur. Según testigos, luego de discutir con la vícitima, con quien tenía una relación de pareja, el imputado extrajo una punta e hirió a Andrada, quien posteriormente falleció.
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