Los asesinos de mujeres cumplen una media de 18 años de cárcel

Los hombres que asesinan a sus parejas, o ex parejas, cumplen una media de 18 años de prisión y deben hacer frente a una responsabilidad civil que supone como media 217.150 euros, según se desprende del estudio sobre las 45 sentencias dictadas por los Tribunales del Jurado y las Audiencias Provinciales de toda España a lo largo de 2009 .

Este estudio, realizado por el Grupo de Expertos/as en Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y en el que ha colaborado Miguel Lorente, analiza las sentencias dictadas en casos de homicidios y/o asesinatos consumados en el ámbito de la pareja o ex pareja de los que son autores hombres o mujeres. En este sentido, según se ha podido constatar, 43 de las 45 sentencias fueron condenatorias ?el 95,5 por ciento-, informa el Consejo en un comunicado de prensa.

En las dos restantes ?el 4,5%- se estimó que concurría una circunstancia eximente completa de la responsabilidad criminal del acusado, que derivó en internamientos psiquiátricos.

Según se ha comprobado, en 41 de las 45 sentencias analizadas ?el 91%- los autores fueron varones, y en las 4 restantes ?el 9 por ciento-, mujeres. Por ello, se puede concluir, una vez más, que la gran mayoría de los homicidios y/o asesinatos ejecutados en el ámbito de la pareja o ex pareja son, en lo fundamental, violencia de género (hombre contra mujer), y el resto, una minoría, violencia doméstica (mujer contra hombre).

La de prisión es la pena principal impuesta en todos los casos, con una media de 18 años de pena privativa de libertad en los casos de asesinato, y de 12, en los casos de homicidio.

En cuanto a las penas accesorias, se observa un incremento generalizado de las mismas, salvo las de inhabilitación absoluta y la de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad. Esta última se ha impuesto en dos casos. La de suspensión del régimen de visitas con los menores se ha impuesto en un solo caso. Sólo se había acordado otra vez en 2006.

Nacionalidad de los autores

En 25 de las 44 sentencias que reflejan este extremo, el autor es de nacionalidad española ?el 57%-. En las 19 sentencias restantes ?el 43%- el autor es extranjero. Los datos relativos a la nacionalidad del autor reflejan un descenso de 15,5 puntos en el porcentaje de autores españoles.

En lo referente a la nacionalidad de las víctimas -40 de las 45 sentencias reflejan este detalle, la mayoría son españolas -27, un 67,5%- mientras que el resto -13, un 32,5%- son extranjeras. También en este apartado se puede apreciar un descenso de 4,5 puntos en el porcentaje de víctimas nacionales.

Las armas

En cuanto a los mecanismos de muerte empleados por los agresores, pueden distinguirse seis: el arma blanca (en el 46,3% de los casos -38,9 puntos menos que en 2008), la estrangulación (un 4,8%, 2,1% más que el año previo) en sus dos variantes, a mano y a lazo, el arma de fuego (7,3%, 0,8% menos que en el periodo anterior), los traumatismos dirigidos a la región craneal (9,7%), la precipitación (7,3%) y el fuego (4,9%).

En cuanto a los mecanismos mixtos utilizados para acabar con las vidas de las mujeres, el estudio muestra que se han utilizado un total de cinco combinaciones de diferentes mecanismos simples, siendo los utilizados con más frecuencia la agresión por traumatismos (en un 37,5%) y la estrangulación (otro 37,5%).

En los cuatro casos de violencia doméstica, los mecanismos empleados fueron de naturaleza simple (100 por ciento): arma blanca.

Atenuantes

En las sentencias estudiadas se han apreciado seis circunstancias modificativas que han atenuado la responsabilidad criminal del autor: la de confesión (en 14 sentencias, el 31%), la de actuar a causa de la adicción al alcohol o a las drogas (4 sentencias, un 9%), la de reparación del daño (2 resoluciones, un 4%), así como las de arrebato, dilaciones indebidas y la de haber actuado concurriendo problemas con el control de la ira, estas tres últimas apreciadas en una sola sentencia (el 2 % del total).

Nuevamente se constata la falsedad del mito de que los asesinos de mujeres actúan, en su gran mayoría, bajo el influjo del alcohol y de las drogas, confirmando que la violencia de género es un atentado sin justificación de los derechos humanos de las víctimas.

Agravantes. El estudio señala que se han apreciado tres circunstancias agravantes. Las de parentesco, en un 82% de los casos, la de abuso de superioridad, en un 7% de casos, y la de reincidencia, en un solo caso.

Vínculo matrimonial

En el 31% por ciento -14- del total de las 45 sentencias analizadas, el estudio ha podido constatar que existía un vínculo matrimonial. Un porcentaje inferior a los casos en los que la relación afectiva era de convivencia de hecho -20 casos; el 44%-.

En un 16 por ciento de las sentencias -7 casos- la relación era de noviazgo. En 3 de los casos ?un 7%- se había producido separación conyugal; en uno de ellos 10 años antes de la sentencia y en otro el día anterior a los hechos.

En un último caso, la relación era extramatrimonial, habiendo estado casados ambos con terceras personas.

El informe refleja, por ello, un descenso en 22 puntos de los supuestos en que existía matrimonio con respecto al anterior estudio.

Denuncias previas

En 14 de las 45 sentencias analizadas existían denuncias previas (un 31%, 6 puntos más que en 2008).

Sin embargo, en 19 sentencias refieren la existencia de agresiones o amenazas previas ?un 42% del total-, lo que supone un incremento de 7 puntos en relación al anterior trabajo de campo.

Esto evidencia, otra vez, que buena parte de la violencia contra las mujeres continúa sin ser denunciada, señala la nota.

FOTO: absolutholanda.com