Según cálculos de la Unión las diferencias en el precio pueden ser de hasta un 33%.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anunciado este martes que prohibirá que las aseguradoras tengan en cuenta el criterio del sexto para el cálculo de las primas de seguros. Considera que ello constituye una discriminación pese a que las estadísticas demuestran que las mujeres tienen menos riesgo de sufrir un accidente. Actualmente, según cálculos realizados por la Unión Europea en pólizas como las del coche, vida o salud la diferencia entre mujeres y hombres puede alcanzar hasta un 33%. Valga un ejemplo. A una mujer el seguro de un coche modelo Renault Megane le costaría unos 589 euros mientras que al hombre 875 euros.
El Tribunal basa su decisión en la normativa europea que prohíbe la discriminación por razón de sexo en el acceso a bienes y servicios y su suministro. Antes de esta prohibición, existía en la Unión Europea una excepción que permitía a los Estados miembros autorizar diferencias en función del sexo en las primas y prestaciones de los seguros cuando éste constituya un factor determinante de la evaluación del riesgo. Esta excepción es la que anula ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a petición del Tribunal Constitucional de Bélgica que recibió varias denuncias de la asociación de consumidores de su país y de dos particulares.
Para el Tribunal con esta excepción «existe un riesgo de que el derecho de la Unión permita indefinidamente la excepción a la igualdad de trato entre hombres y mujeres». Considera que este precepto es «contrario a la consecución del objetivo de igualdad de trato» y que por tanto «ha de considerarse inválido tras la expiración de un periodo transitorio adecuado», manifiesta en una nota de prensa remitida a los medios. Según recoge esta información la prohibición se aplicará a partir del 21 de diciembre del próximo año.
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