Las juezas de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Verónica Gómez Naar y Hebe Samsón modificaron una sentencia y fijaron la cuota alimentaria mensual que debe pagar un padre, en el valor de un salario mínimo, vital y móvil, y conforme a la variación periódica que establezca el Consejo Nacional del Salario; más el pago de obra social para sus dos hijos.
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El nuevo salario mínimo será de 8.060 pesos
Lo acordaron en el consejo del salario. Se pagará en tres veces. Las CTA disienten.
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