El Supremo Tribunal de Brasil derogó una ley de la última dictadura militar que imponía la obligatoriedad del título universitario para el ejercicio del periodismo e incluía hasta penas de prisión para los informadores de oficio.
La decisión fue tomada por ocho votos a favor y uno en contra y respaldó la opinión del presidente de la corte, Gilmar Mendes, quien consideró «inconstitucional» la exigencia de un diploma o de una colegiación obligatoria para los periodistas.
En sus argumentos, Mendes indicó que esas obligaciones suponen
cercenar la libertad de expresión y afirmó que «la consecuencia lógica
de periodistas sin preparación será la ausencia de lectores», por lo que son los propios medios los que deben decidir a quienes contratan
para ejercer la labor.
La obligatoriedad del título había sido impuesta por la última
dictadura militar (1964-1985) en 1969 y la demanda juzgada hoy fue
interpuesta por el Sindicato de Empresas de Radio y Televisión, en
contra de la opinión de los sindicados de periodistas, que defendían
la exigencia del diploma.
Según Mendes, «cualquier tipo de control u obligación de títulos que
intervenga en la actividad periodística tiene injerencia directa en la
libertad de expresión» y «atenta contra ella».
Se refirió incluso los casos de reconocidos intelectuales brasileños,
como Joaquim Maria Machado de Assis, que ejercieron el periodismo sin diploma, y afirmó que esa obligatoriedad «habría privado a la sociedadde la brillantez de sus textos.
También citó al colombiano Gabriel García Márquez y al peruano Mario
Vargas Llosa, que pasaron por el periodismo sin diploma, y recordó que Carl Bernstein y Bob Woodward trabajaban en el diario The Washington
Post sin un título cuando descubrieron el escándalo de Watergate, que
llevó a la renuncia del presidente Richard Nixon.
El fallo se fundamentó además en el Artículo 13 de la Convención
Interamericana de Derechos Humanos, el cual consagra que «toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión» y que ese derecho «comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole».
Ese principio es defendido también por la Sociedad Interamericana de
Prensa (SIP) y fue incluido en la Declaración de Chapultepec, adoptada
por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada
en México en 1994.
Esta decisión del Supremo sitúa a Brasil junto a Argentina, Costa
Rica, Colombia, Ecuador, EE.UU., El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Perú, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, países americanos en los que no se exige ni un título universitario ni la colegiación para el ejercicio del periodismo.