El Senado apoyó la ampliación de la licencia por paternidad

En la jornada de hoy, el Senado de la Nación dió media sanción a la ampliación de la licencia por paternidad, extendiendo de 3 a 5 días la misma. La puja por ahora, desde los sectores más progresistas, en este caso en Diputad@s es que la paternidad en cualquier caso goce de una licencia de 35 días.

La aprobación en la Cámara Alta se hizo a través del voto unánime de l@ legisladoras/es.

De correr con igual suerte en la Cámara Baja, la norma permitirá a los hombres gozar de 5 días de licencia laboral por nacimiento o adopción.

La iniciativa que tuvo el acompañamiento de todas las bancadas, transfiere la licencia al padre ante el fallecimiento de la progenitora, contemplando además los nacimientos múltiples y el nacimiento o adopción de hij@s con discapacidad.

Debe destacarse también, que el proyecto que surgiera a través de una iniciativa conjunta, basada en el estudio de 13 proyectos abordados en la Comisión de Población, incluye además la ampliación de la licencia por maternidad en los casos de adopción.

También debe señalarse, que esta iniciativa, implica un avance dentro de las licencias adicionales por nacimiento antes de término -o con riesgo- y por enfermedad o discapacidad crónica, e incluye nacimiento múltiple y adopción única o múltiple, como se mencionara anteriormente.

Asimismo, debe decirse que además de las modificaciones al régimen de licencias, regido por el artículo 158 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, abarca la cuestión de la lactancia, y otorga a la madre o al padre -en caso de adopción o muerte de la progenitora- la posibilidad de elegir libremente sus horarios.

En Salta la licencia por paternidad será «extraordinaria»

Con media sanción, en este caso de la Legislatura salteña y con un proyecto de autoría del diputado por el Partido Justicialista (PJ) José Luis Gambetta, la Cámara Baja Provincial aprobó hace algunas semanas un proyecto de Ley que instituye sólo una ?licencia extraordinaria? por paternidad, en un caso excepcional como el del fallecimiento de la madre del infante, durante los primeros meses de vida de éste.

La iniciativa, subrayó entre sus fundamentos el rol del padre sólo ante situaciones semejantes, remarcando en ese contexto la necesidad de que éste disponga «de tiempo completo, afecto, cuidados y asistencia directa al recién nacido», en dicho caso.

El todavía proyecto, que ya goza de media sanción, menciona además, que este derecho debería aplicarse «a todos los agentes de la administración pública provincial en sus tres poderes ?Ejecutivo, Legislativo y Judicial-, los entes centralizados, desconcentrados, descentralizados, autárquicos, empresas y sociedades del estado, sociedades de economía mixta, servicios de cuentas especiales y demás entidades y sociedades en las que el Estado Provincial o sus entes descentralizados tengan participación ?total o mayoritaria- de capital o el poder de decisión».

Debe remarcarse también, que no se prevé la situación de los padres que se desempeñen en empresas privadas.

Cabe señalar además, que en Córdoba. una iniciativa similar al del legislador salteño ya es ley.

FOTO: abogadoyabogados.cl